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Frente al resurgimiento del fundamentalismo de la iglesia contra el aborto …

Frente al  resurgimiento del fundamentalismo de la iglesia contra el aborto …

CARMEN ORTIZ IBÁÑEZ, es médica y Presidenta de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública

De nuevo, como en 1985, tenemos que soportar campañas en las que la Iglesia y los sectores mas fundamentalistas de la sociedad pretenden mostrar lo que solo es la legalización para nuestro país de un derecho consolidado en los países de nuestro entorno con una situación monstruosa en la que se equipara el aborto con los crímenes mas horrendos.

NUEVATRIBUNA.ES

La aprobación de la normativa actual que regula el aborto en España vino a aliviar una situación insostenible en su momento, cuando poner fin a un embarazo no deseado, independientemente de cual fuera la causa que provocaba el rechazo al mismo, era un autentico calvario para la mujer. Es preciso recordar que hasta el año 1985 interrumpir un embarazo no deseado suponía tener que salir fuera de España a los países europeos de nuestro entorno en los que el aborto era legal, fundamentalmente Inglaterra, o bien entrar en una situación de clandestinidad en la que no siempre se podía garantizar la seguridad física para la mujer y desde luego en la que se incurría en graves delitos contra la ley tanto por parte de la mujer como por la de los profesionales que ayudaban o realizaban dichos abortos. En su momento esta legalización supuso acusaciones de corte similar a las que ya se han empezado a oír actualmente, acusaciones de asesinato en nombre de una supuesta defensa de la vida desde un sector de la sociedad que se caracteriza por su dogmatismo, olvidando que una sociedad democrática como la nuestra tiene que permitir la convivencia y la tolerancia de diferentes opiniones ya que en eso consiste la esencia de la misma.

En un Estado moderno como el nuestro toda persona tiene derecho a que se respete su autonomía personal y en este contexto la mujer puede y debe tener opción a decidir qué hacer ante un embarazo no deseado, sin que ningún poder autocrático como el que pretende mantener la iglesia pueda impedírselo. La normativa aprobada en 1985 presenta no obstante múltiples problemas, como se ha visto a lo largo de estos años, entre otros la falta de autonomía para la mujer, ya que no permite que esta decida por sí misma si quiere interrumpir su embarazo. Así mismo el hecho de que no se haya regulado adecuadamente la objeción de conciencia ha tenido como consecuencia la expulsión de la mayor parte de los abortos del servicio sanitario público, y por otra parte se ha estigmatizado a aquellos profesionales que sí están dispuestos a realizarlos por no hablar de algunas Comunidades como Navarra en las que se provocó una autentica persecución de alguno de ellos, o más recientemente el cierre de clínicas y las acusaciones graves de asesinatos contra los profesionales de las mismas tanto en Madrid como en Barcelona.

 

El informe que ha hecho la comisión de expertos para la tramitación de una nueva ley recomienda una ley de plazos que despenalice la realización de abortos hasta la 14 semana, y hasta la 22 cuando existan malformaciones graves del feto o peligro para la vida de la madre. Aunque esta ley quede muy lejos de las que actualmente están vigentes tanto en Inglaterra como en Holanda que despenaliza el aborto y lo permite hasta las 24 o las 22 semanas que es donde se fija la viabilidad del feto, esta nueva ley viene a poner solución al trato degradante de la mujer en la actual legislación que le obliga a ser tutelada por un psicólogo que ratifique un grave daño psicológico para la mujer lo que le permite acceder a la interrupción de un embarazo no deseado. En cualquier caso sigue dejando algún punto sin solución, ya que es necesario precisar qué va a suceder con aquellos embarazos en los que se diagnostiquen malformaciones incompatibles con la vida del feto o grave peligro para la vida de la madre mas allá de las 22 semanas, de lo contrario se pueden provocar en un futuro nuevas situaciones de dudosa legalidad.

Otro problema que se puso de manifiesto con la anterior ley y que lejos de solucionarse con el paso del tiempo fue creciendo cada vez más es dónde y cómo se practican dichos abortos. En un país como el nuestro con la existencia de un Sistema Nacional de Salud de carácter universal, una ley como esta debe cubrirla el sistema público y como primera medida tiene que formar parte de su cartera de servicios, como forma de garantizar a toda la población la igualdad de acceso a un derecho. La realización del aborto tiene que ser una prestación más que se realice con naturalidad en los hospitales públicos garantizando la calidad necesaria que solo se puede alcanzar cuando haya un número suficiente de ellos que permita desarrollar la habilidad que se precisa por parte de los profesionales.

En segundo lugar es preciso regular la objeción de conciencia que respetando a los objetores no castigue ni margine a aquellos profesionales que sí estén dispuestos a realizarlos, estos tienen que ver reconocida su disponibilidad para garantizar la realización de un derecho y de una prestación sanitaria a la que tienen derecho las mujeres que cumplan los requisitos que se aprueben por ley, y es función de las autoridades sanitarias garantizar el cumplimiento de la misma. La mejor forma de luchar contra los embarazos no deseados es llevar una política de formación sexual y reproductiva eficaz, así como facilitar el uso de todos los anticonceptivos, países como Holanda demuestran que una buena practica en este sentido disminuye de forma drástica la realización de abortos.

De nuevo, como en 1985, tenemos que soportar campañas en las que la Iglesia y los sectores mas fundamentalistas de la sociedad pretenden mostrar lo que solo es la legalización para nuestro país de un derecho consolidado en los países de nuestro entorno con una situación monstruosa en la que se equipara el aborto con los crímenes mas horrendos. Siempre es sorprendente cómo una Institución como la iglesia es capaz de denunciar con tal vehemencia lo que es una manifestación del derecho a ejercer la autonomía de la mujer a la hora de decidir si quiere interrumpir un embarazo no deseado y por el contrario aprueba y justifica hechos como la aplicación de la pena de muerte, la prohibición del uso del preservativo en países como África o los avances de la ciencia en la investigación con células madre que permiten salvar vidas humanas. Mezclando de nuevo los asuntos terrenales de los derechos sociales que competen a toda la sociedad con los asuntos teológicos relacionados solo con una parte de la misma, aquella que se confiesa creyente y a la que por supuesto nadie va a coaccionar para que realice un acto en contra de sus creencias.

Lo que hasta ahora se conoce supone un avance en cuanto a capacidad de decisión de las mujeres y seguridad jurídica para estas y los profesionales, pero deja de solucionar algunos casos (enfermedades muy graves fuera del plazo establecido) y sobre todo no entra a regular la objeción de conciencia de los profesionales que es una premisa básica para su prestación normalizada por la Sanidad Pública.

Carmen Ortiz Ibáñez es médica y Presidenta de la Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública

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