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Ahora los estatutarios del SESPA, no afectados por esta medida, tendrán que recurrir el archivo de sus expedientes de revisión de oficio ante … ¿La Procuradora General y el Consejo Consultivo? … ¡¡veremos que dicen nuestros representantes!!

Ahora los estatutarios del SESPA, no afectados por esta medida, tendrán que recurrir el  archivo de sus expedientes de revisión de oficio ante … ¿La Procuradora General y el Consejo Consultivo? … ¡¡veremos que dicen nuestros representantes!!

Posturas en torno a una polémica

Una controvertida medida y el nacimiento de un agravio comparativo
El Consejo Consultivo tumba la retirada de un plus salarial a 300 trabajadores sanitarios

El Sespa, vapuleado también por la juez y la Inspección, se ve obligado a reponer complementos que en algunos casos rebasan los 1.100 euros

Oviedo, Pablo ÁLVAREZ, para La Nueva España

El primer vapuleo al Gobierno regional vino de la mano de la Inspección de Trabajo. El segundo, del Juzgado de lo Social número 3 de Oviedo. Y, ahora, el tercero lo ha propinado el Consejo Consultivo del Principado. Los tres pronunciamientos coinciden en dar una excelente noticia a casi 300 trabajadores de la sanidad asturiana: les devuelven un complemento salarial que el Servicio de Salud del Principado (Sespa) les había retirado por orden de la Intervención General. El plus rebasaba, en algunos casos, los 1.100 euros mensuales.

En consecuencia, el Sespa se ha visto obligado a rectificar su postura y lo ha hecho mediante una resolución fechada el pasado día 12, mediante la cual archiva el expediente de revisión de oficio que dio lugar a la supresión de los citados pluses retributivos.

El dictamen del Consejo Consultivo, de carácter vinculante, es taxativo. Concluye que la revisión de oficio en vía administrativa que retiró los complementos a finales de 2008 «no es conforme a derecho, en tanto que se trata de un acto de naturaleza laboral y no sujeto al derecho administrativo». Asimismo, recomienda al Gobierno regional que elabore un análisis previo «de alcance general de la estructura organizativa y de gestión de los establecimientos hospitalarios del Sespa, con la consiguiente toma de decisión».

Esta resolución viene a corroborar lo que ya había determinado el mes pasado una sentencia del Juzgado de lo social número 3 de Oviedo, según la cual «la Administración sanitaria vulneró la legalidad administrativa».

La retirada de pluses salariales estuvo marcada por la polémica desde el primer momento. Afecta a trabajadores de muy diversas categorías. A muchos de ellos se les encomendaron tareas de mayor responsabilidad para impulsar el proceso de fusión de los tres hospitales que hoy configuran el Hospital Central de Asturias, y a ese incremento de responsabilidad se le asoció un aumento de salario. Algunos de los pluses suprimidos y ahora reinstaurados acumulaban unos veinte años de vigencia.

La Administración sanitaria apoyó la retirada de los complementos retributivos en las indicaciones emanadas de la Intervención General del Principado, que considera que los pagos suprimidos carecen del suficiente respaldo legal. Entre los afectados por la controversia figura Avelino Viejo, Síndico Mayor del Principado, quien se halla en situación de excedencia forzosa de su cargo de jefe de contabilidad del Hospital Central, al que previsiblemente retornará en el futuro. Viejo es uno de los trabajadores que pleitean por una cuantía elevada.

Con anterioridad a la sentencia judicial y a la resolución del Consejo Consultivo, los trabajadores afectados habían llevado sus reclamaciones ante la Inspección de Trabajo, que también les dio la razón y promovió de oficio la demanda ante la jurisdicción social. La Inspección de Trabajo calificó de «infracción grave» la retirada de pluses salariales, conclusión que llevó a la autoridad laboral a sancionar al Sespa con una multa de 1.251 euros.

Consejo Consultivo

«La revisión de oficio en vía administrativa para declarar la nulidad del acto de abono de retribuciones a quien se encuentra vinculado a la Administración por un contrato laboral no es conforme a derecho, en tanto que se trata de un acto de naturaleza laboral y no sujeto al derecho administrativo».

El Consejo Consultivo propone a la Administración sanitaria «que valore si la mejor y más eficaz restauración de la legalidad se logra, antes que mediante la revisión de una pluralidad de actos de alcance individual, con un previo análisis de alcance general de la estructura organizativa y de gestión de los establecimientos hospitalarios del Sespa, con la consiguiente toma de decisión».

La juez

«La Administración sanitaria vulneró la legalidad administrativa porque el acto declarativo del derecho a la percepción del complemento retributivo (...) no era nulo de pleno derecho o radicalmente».

El plus goza del amparo de un acuerdo del Consejo de Coordinación de la Asistencia Sanitaria de 1991, de posteriores resoluciones de la gerencia del Hospital Central, y también está respaldado por «distintos pronunciamientos judiciales».

Intervención del Principado

Se trata de complementos retributivos que han de ser suprimidos por «la falta de competencia de los órganos que en su momento los establecieron».

Inspección de Trabajo

La retirada de los pluses salariales constituye «una infracción grave» en «grado medio» que merece una sanción por importe de 1.251 euros.

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