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La Jueza considera que no se ha acreditado por la entidad demandada que el consentimiento reuniera los requisitos exigibles en este tipo de casos…

La Jueza considera que no se ha acreditado por la entidad demandada que el consentimiento reuniera los requisitos exigibles en este tipo de casos…

Un fallo judicial contra la sanidad pública
Indemnizan con 73.000 euros a un paciente que sufrió una infección

La juez asegura que el hospital de Cabueñes no informó correctamente al herido de los riesgos de la operación

R. GARCÍA, en La Nueva España
El juzgado de primera instancia número 1 de Oviedo acaba de condenar al hospital de Cabueñes a pagar 73.318 euros a un paciente que sufrió una infección cuando se recuperaba en el centro médico gijonés de varias lesiones de rodilla. La juez encargada del caso, María Fidalgo, asegura que el paciente no fue suficientemente informado acerca de los riesgos que corría sometiéndose al tratamiento que luego se le aplicó y que, además, resulta clara «la relación entre la intervención quirúrgica a la que fue sometido en el hospital y la infección posteriormente contraída por el paciente».

El demandante ingresó en el hospital de Cabueñes el día 2 de diciembre de 2006 tras sufrir una importante lesión en un partido de fútbol. El servicio de traumatología le sometió dos meses después a una intervención quirúrgica tras la cuál la rodilla «evolucionó mal». Los facultativos tuvieron que realizar otros tratamientos que incapacitaron al acusado para trabajar durante más de un año según su propio abogado.

A lo largo de los ocho folios de extensión con los que cuenta la sentencia, la juez encargada del caso argumenta la responsabilidad que tiene el Hospital para con el paciente: «Era el centro sanitario el obligado a adoptar todas las medidas adecuadas para evitar la contaminación». Además, en palabras de la magistrada, en el juicio no quedó acreditado que el paciente supiera a los riesgos a los que se sometía: «No se ha acreditado por la entidad demandada que el consentimiento reuniera los requisitos exigibles en este tipo de casos».

El abogado Julio César Galán Cortés, especialista en los temas relacionados con el derecho médico, aseguró tras conocer la sentencia que el hospital «tiene la obligación de cuidar de la seguridad del paciente por lo que en principio debe responder de estas infecciones».

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