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La tensión sigue subiendo…

La tensión sigue subiendo…

Luz verde a la reforma laboral, recibida por los sindicatos al grito de «¡Zapatero, dimisión!»

El Gobierno saca adelante la norma con los votos del PSOE y la abstención del PNV

El Presidente reconoce que no habrá efectos inmediatos en la creación de empleo

Las facilidades para despedir con menos coste se extienden a los casos de alto absentismo

Oviedo / Madrid, Agencias

El Congreso de los Diputados aprobó ayer con carácter definitivo la reforma laboral sin más votos afirmativos que los del PSOE y gracias a la abstención del PNV. El texto final incluye como novedad que también se facilita a las empresas el despido por absentismo. La norma nace también sin ningún apoyo entre los agentes sociales y ha agudizado las críticas de los sindicatos al Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero. UGT y CC OO calentaron motores para la huelga general del 29-S con un concurrido acto sindical en Madrid en el que los asistentes gritaron consignas contra el Gobierno y contra el Presidente. «¡Zapatero, dimisión!», se coreó.

La reforma que sale del Congreso modifica en algunos detalles el decreto aprobado ya en julio por el Gobierno, si bien los ejes principales se mantienen: generalización del contrato de fomento del empleo indefinido (con indemnización por despido de 33 días por año trabajado) para favorecer el empleo estable, redefinición de las causas del despido objetivo por razones económicas (20 días por año trabajado), limitaciones en la contratación temporal, mayor control sobre los parados para que realicen cursos de formación, más flexibilidad para que las empresas se descuelguen de los convenios colectivos, aplicación del llamado «modelo alemán» para ajustar los salarios y las jornadas de trabajo en momentos de crisis...

El PSOE maniobró ayer para tumbar la mayor parte de las enmiendas que se habían introducido en el Senado y que endurecían algunos aspectos de la reforma. Una de esas enmiendas rechazada extendía las posibilidades de despedir por absentismo. No obstante, la redacción final facilita ese tipo de despido más que la regulación vigente hasta el momento. La norma general se mantiene: un trabajador puede ser despedido si falta al trabajo el 20% de las jornadas laborales en dos meses consecutivos o el 25% en cuatro meses discontinuos, pero si hasta ahora era condición que el nivel general de absentismo en la empresa superase el 5%, con la reforma se queda en el 2,5 por ciento.

¿Qué efecto tendrá la reforma laboral en el empleo a partir de ahora? El ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, destacó que el nuevo marco coincide en un momento adecuado, cuando la economía enfila la recuperación; pero todas las fuerzas de la oposición reprocharon que la reforma «no es la que España necesita». El presidente Zapatero reconoció ante los periodistas que los efectos no serán inmediatos. «Tardarán varios meses», dijo. Y los sindicatos, que ayer reunieron a más de 15.000 dirigentes y delegados en un acto en la plaza de toros de Vista Alegre, auguraron que el Gobierno tendrá que dar marcha atrás a la reforma después de la huelga general del 29 de septiembre. En ese mismo acto al menos parte de los asistentes demandaron a gritos la dimisión del presidente del Gobierno.

El despido, más fácil y barato

La reforma abre varias vías para que el empresario pueda ajustar plantilla con indemnizaciones más bajas que ahora

Oviedo
La reforma laboral abarata el despido por cuatro vías, que se sintetizan a continuación.

Contrato de fomento.

Se generaliza el contrato de fomento del empleo para las nuevas contrataciones. En caso de despido improcedente, la indemnización es igual al salario de 33 días por año trabajado, con un límite de 24 mensualidades. Este cambio no afecta a los que ya tienen contratos fijos ordinarios, con derecho a 45 días por año y un límite de 42 mensualidades.

Razones económicas.

Se concretan más las causas del despido por razones económicas. Una empresa podrá despedir con 20 días de salario por año y con un límite de 12 mensualidades cuando tenga pérdidas, cuando prevean tenerlas o si sufre una persistente caída de ingresos. Este cambio afecta también a los trabajadores que ya son fijos.

Absentismo.

Una empresa con una tasa de absentismo superior al 2,5% -hasta ahora el límite era del 5%- podrá despedir a quien falte el 20% de las jornadas laborales en dos meses consecutivos. La indemnización será de 20 días por año trabajado. Del cómputo del 20% se excluyen las bajas por enfermedad de más de 20 días, aunque sí entran las de menos duración aunque estén justificadas. Se trata de penalizar a quienes tienen muchos y cortos períodos de incapacidad temporal.

El Fogasa.

Ocho de los días de indemnización correrán en todos los casos a cargo del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que se nutre de cotizaciones empresariales.

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