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El Principado recurre al Tribunal Supremo aunque sabe que la línea jurisprudencial de este le es adversa…

El Principado recurre al Tribunal Supremo aunque sabe que la línea jurisprudencial de este le es adversa…

El TSJA anula por cuarta vez en año y medio la designación de funcionarios a dedo

La sentencia declara ilegal el método utilizado por el Principado para cubrir 299 puestos, de los que 291 ya habían sido anulados antes por el tribunal

La Nueva España. Oviedo, Marcos PALICIO

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha anulado por cuarta vez en año y medio una convocatoria de puestos de altos funcionarios del Principado por haber sido designados a dedo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo cuestiona la licitud de la predilección de la Administración regional por el sistema de libre designación frente al concurso de méritos y declara ilegales los métodos utilizados para cubrir 299 puestos de jefes de servicio, coordinadores, asesores y similares. En este catálogo de plazas, aprobado el 18 de marzo de 2009, se incluyeron 291 nombramientos que el tribunal ya había anulado este año y que el Principado volvió a incorporar a una relación que se completaba con ocho puestos más, que ahora han sido igualmente invalidados.

El Principado ha recurrido en casación ante el Tribunal Supremo las tres resoluciones anteriores, aunque los demandantes, funcionarios componentes del Conceyu por Otra Función Pública en Asturies, tienen previsto solicitar la ejecución provisional de la sentencia. El fallo, con fecha del pasado 29 de octubre, reafirma los argumentos expuestos en los anteriores de la misma Sala y sostiene que el sistema de libre designación previsto por la ley «difiere sustancialmente de libre arbitrio» y que está previsto en la ley «con carácter excepcional», frente al método «normal», que es el concurso de méritos. El uso de este sistema extraordinario, sigue afirmando la sentencia, sólo se admite en cargos «directivos y de confianza» y en todo caso exige que las relaciones de puestos de trabajo incluyan expresamente «una justificación específica» de la «especial responsabilidad» que implica la plaza en cuestión, algo que el tribunal no aprecia en los nombramientos del Principado impugnados.

La reiteración de los reveses judiciales para la política de personal de la Administración asturiana lleva a los demandantes a situar al Gobierno regional «en una carrera alocada de rebeldía frente al Derecho». Según el Conceyu por Otra Función Pública en Asturies, en la relación de puestos de trabajo que acaba de ser anulada «no sólo se mantiene el método del dedo para los puestos en los que ya se había declarado ilícito, sino que se extiende a varios más, que de nuevo se declaran ilegales».

Las sentencias anteriores, según el colectivo, no han sido ejecutadas porque el Principado, «actuando irresponsablemente con el dinero de los asturianos, decidió recurrirlas a sabiendas de la imposibilidad jurídica de que tales recursos puedan prosperar, en una política de tierra quemada que sólo pretende trasladar a los futuros gobernantes una función pública caótica y absolutamente degradada».

Los nombramientos cuestionados

Abril de 2009

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA anula el procedimiento utilizado por el Consejo de Gobierno del Principado para nombrar a 161 jefes de servicio y de área.

Junio de 2009

La misma Sala declara nulo el método para cubrir a dedo 43 puestos de altos funcionarios, coordinadores, analistas y asesores del Principado.

Abril de 2010

El tribunal estima parcialmente el recurso de tres funcionarios y anula 291 puestos adjudicados por el método de la libre designación. En junio, un auto de la Sala amplía en diez más los nombramientos invalidados.

Octubre de 2010

La sentencia más reciente declara ilegales los 291 nombramientos anteriores, que el Principado ha vuelto a convocar, y 8 más añadidos a la relación.

VER RECIENTE JURISPRUDENCIA DEL T. SUPREMO AL RESPECTO

El Supremo invalida el nombramiento de siete altos cargos del Estado

El alto tribunal cuestiona la designación de seis directores y un secretario general fuera de la carrera funcionarial

Oviedo, en La Nueva España
El Tribunal Supremo ha declarado nulo el nombramiento de seis directores generales y un secretario general pertenecientes a los organigramas de cuatro ministerios, por el procedimiento escogido para su designación. La sentencia cuestiona el método de elección de estos altos cargos, «a dedo», y acota la libertad del Gobierno para ocupar esos puestos que, por definición, deberían ser adjudicados a funcionarios de carrera de grupo A, titulados superiores. Según el fallo, la Administración está obligada, como norma general, a ofrecer en primer lugar los cargos a integrantes de la reserva funcionarial y, en caso contrario, justificar expresamente los motivos de la excepción. A diferencia de las plazas de rango inferior, los directores o secretarios generales son «cargos políticos», explica Javier Villa, del Conceyu por Otra Función Pública en Asturies, «y pueden ser nombrados de manera libre, pero entre funcionarios de grupo A».

La novedad del fallo que anula las siete designaciones del Gobierno central es el endurecimiento de las condiciones en las que se ha de motivar un nombramiento ajeno a la reserva de funcionarios. No basta la simple justificación de la designación, sino que el puesto en cuestión deberá ser fijado de manera específica. A pesar de ello, y al igual que ocurre con el Principado en los casos sentenciados de mal uso de la libre designación para adjudicar plazas de altos funcionarios, el Gobierno mantiene en sus cargos a los directores y secretarios generales cuyos nombramientos cuestiona la sentencia del Supremo, según informaba ayer un diario económico, y además ha añadido otros nuevos designados en las mismas o similares circunstancias.

Los puestos nulos

Direcciones generales

La resolución del Tribunal Supremo declara la ilegalidad de cuatro reales decretos que contienen los nombramientos de siete altos cargos del Estado. Seis de ellos son titulares de direcciones generales: la de Terapias Avanzadas y Trasplantes, dependiente del Ministerio de Sanidad; la de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, de Interior, y cuatro del Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino: las de Medio Natural y Política Forestal, de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, del Agua y de la Sostenibilidad de la Costa y del Mar.

Secretaría general

La sentencia anula asimismo el procedimiento para nombrar al titular de la secretaría general del Consejo de Coordinación Universitaria.

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