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Así nos lo cuentan desde la FSSA-CC.OO.

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COMUNICADO

Reunión de la Mesa General de la Administración del Principado de los días 24 y 25 de noviembre

Los días 24 y 25 de noviembre de 2010 ha tenido lugar una reunión de la Mesa General de la Administración del Principado de Asturias.

En lo que afecta a la sanidad pública se han tratado dos asuntos:

1. Capítulo III de créditos para gastos de personal del Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Principado. La administración nos informa de que la modificación de este capítulo es copia literal del art. 22 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Queda demostrado, por si USIPA/SICEPA, USAE y CEMSATSE no lo sabían, el sueldo base y trienios de las pagas extras, a partir de la del mes de diciembre del 2010, continúan reducidos en la cuantía siguiente:

SUELDO BASE PAGA EXTRA

A.-  424.69

B.-  259.60

C.- 97.72

D.- 5.46

E.- 0

TRIENIOS PAGA EXTRA

A.-  16.34

B.-  9.42

C.- 4.58

D.- 0.27

E.- 0

Se confirma la supresión de las ayudas de estudios y de hijos minusválidos también para el 2011. CCOO ha recurrido el recorte del 2010 y hará lo propio con el del 2011.

Durante el 2011 no se firmará ningún nombramiento temporal estatutario que no sea excepcional y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.

CCOO ha ratificado su oposición a estas medidas, que ya llevó a la convocatoria de las pasadas huelgas en las Administraciones Públicas y General, con un NO rotundo. El Gobierno sigue con su voluntad de hacer pagar la crisis exclusivamente a los trabajadores y en este caso a los públicos, como si tuvieran que avergonzarse de aprobar una oposición.

Serán aquellos sindicatos que actuaron como contrapiquetes al servicio de la patronal los que tendrán que explicar a sus afiliados y a todos los trabajadores porqué no encontraron motivos para apoyar las movilizaciones. El SIMPA solo se mostró preocupado por el hecho de que, en adelante, los médicos percibirán un salario base inferior a los DUES en la paga extra.

1. Borrador de Anteproyecto de modificación de la Ley 3/1985, de 26 de Diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias.

Este punto solo afecta a los funcionarios. El personal laboral tiene convenio específico y el  estatutario, Estatuto Marco y Plan de Ordenación de Recursos Humanos en el SESPA. CCOO se abstiene al no incluir en el texto nuestras alegaciones, y entendiendo que no se modifica la discrecionalidad de la libre designación “MODO DACTIL”, sin justificar debidamente qué puestos de trabajo son ofertados usando este método y así regatear la doctrina de la Sala del Superior de Justicia.

Nos informan de que el concurso para la provisión de puestos de trabajo no singularizados en la Administración del Principado de Asturias que afecta a las plazas de personal funcionario APD y a dos plazas de personal estatutario ha sido anulado. La resolución se publicará en el BOPA de mañana sábado. El motivo es la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias promovida por USIPA y CSIF en la que se anula la provisión de puestos de jefe de negociado, lo que implica que, para ejecutar la sentencia, la administración debe sacar del concurso las plazas básicas de origen de los nombrados como jefes de negociado. En aras de la seguridad jurídica la administración procedió a anular la totalidad del proceso y elaborar una nueva convocatoria.

CCOO ha reiterado su oposición a que se convoquen traslados en esas plazas hasta que no tomen posesión los Médicos APD pendientes de la última OPE. La administración contestó que se ve obligada por Ley a que, siempre que existan dos adscripciones provisionales, en este caso la de los dirigentes del SIMPA, Martín y Gonzálvez, se ha de convocar traslados antes de la toma de posesión de funcionarios de carrera. Queda claro, pues, quienes son los causantes de este embrollo y cuáles son las razones: una jubilación forzosa para el personal estatutario pero no para el funcionario y unas plazas que son las mejor remuneradas de las disponibles.

Aclara la Administración que APD es puesto de trabajo y lo ofertado en la convocatoria son plazas en la escala de médicos y que podía dar toma de posesión, una vez se acabe la suspensión judicial, en cualquier plaza en la escala de médicos en cualquier consejería. Le hemos recordado que la convocatoria es escala médicos (familiar y comunitaria) (SESPA) y que no tragamos. Las plazas deben de ser del SESPA.

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