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Consejo de ministros de hoy…

Consejo de ministros de hoy…

El ahorro farmacéutico debería ser finalista, es decir, que sólo pueda ser gastado en sanidad (pago de deuda a proveedores, por ejemplo)…

El Gobierno aprueba hoy un nuevo decreto antidéficit

Las medidas, que atañen al gasto farmacéutico y el Impuesto de Sociedades, quieren ahorrar 5.000 millones

EP / MADRID

El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este viernes un decreto-ley para acelerar la reducción del déficit público con el que pretende ahorrar unos 5.000 millones de euros sustentado en dos medidas principales: la racionalización del gasto farmacéutico y una reforma parcial del Impuesto sobre Sociedades que afectará a las empresas de mayor dimensión.

El Ejecutivo quiere convalidar este decreto en el Parlamento cuanto antes, a ser posible la próxima semana, por lo que pedirá la convocatoria urgente de un pleno extraordinario del Congreso. Será el propio presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, quien defienda estas medidas en la Cámara Baja, donde también hará un repaso de la actual situación económica.

Zapatero anunció estas medidas el pasado 29 de julio, aunque no entró en mucho detalle y sólo se limitó a señalar que la norma mejorará la recaudación del Impuesto sobre Sociedades y recortará el gasto en farmacia.

Pero la vicepresidenta para Asuntos Económicos, Elena Salgado, ha ofrecido, al menos, alguna pista de lo que pretende hacer el Gobierno con Sociedades. La idea es que las empresas de mayor dimensión incrementen los pagos a cuenta de este impuesto, lo que permitiría al Estado ingresar unos 2.500 millones de euros. No se trata, pues, de que las empresas paguen más (el tipo de tributación no se va a tocar), sino de que lo hagan antes.

Actualmente, las empresas tienen la obligación de realizar tres pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades durante el ejercicio fiscal y lo hacen en los meses de abril, octubre y diciembre de cada año. Se trata de pagos a cuenta, que se compensan una vez que se liquida el impuesto (esto se hace entre el 1 y el 25 de julio de cada año para las empresas cuyo ejercicio fiscal es el año natural).

Las empresas tienen dos formas de realizar estos pagos fraccionados: aplicando un porcentaje del 18% sobre la cuota íntegra del último Impuesto de Sociedades declarado o en base a los resultados que están teniendo durante el ejercicio. En este último caso, el porcentaje a pagar es de cinco séptimos del tipo impositivo correspondiente, por lo que con un tipo de tributación del 30%, el porcentaje a aplicar sería del 21%. Las pequeñas empresas pueden optar por cualquiera de los dos métodos, pero las grandes empresas sólo pueden recurrir a la segunda opción.

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