Blogia
La información es la base de tu opción ... y nosotros nunca te la ocultamos.

La Dirección de Recursos Humanos empieza a actuar…

La Dirección de Recursos Humanos empieza a actuar…

Delegados de Prevención en el SESPA

La disponibilidad queda garantizada

Foto: José Mª Solís, Director de RR.HH. del SESPA.
He sido conocedor de una reciente Instrucción de la Dirección General de Recursos Humanos del SESPA, primera que he visualizado firmada por José María Solís – a la sazón titular de dicha dirección -, en la que se expresa la filosofía del organismo con relación a los Delegados de Prevención, aunque puede que nos prevenga también sobre otras cosas, y ciertamente he de confesar que me ha sorprendido gratamente…
Para que esto se entienda he de decir, sin tapujos ni ambages, que la Salud Laboral en el SESPA ha sido y es, a mi juicio y por parte de todos – aunque más especialmente por parte de las organizaciones sindicales -, la hermana pobre de nuestro sistema. Y lo ha sido porque, con excesiva frecuencia – aunque, como en todo, también hay honrosas excepciones-, esta imprescindible figura que suponen los Delegados de Prevención ha dedicado sus actividades más que a su cometido de vigilancia, control, fomento y promoción de esto tan importante, como son los riesgos y la salud laboral, a actividades puramente sindicales. Dicho en plata: se utilizan las horas de dispensa laboral que la Ley otorga, en muchas ocasiones la dispensa total, a “otros” cometidos. Son, en definitiva, delegados sindicales bajo el paraguas de las horas de salud laboral…
Hasta ahora, y muy especialmente en tiempos recientes, la desidia de nuestra empresa al respecto del control de esto era más que evidente. A prácticamente ningún delegado de prevención se le exigió nunca que justificara su actividad en ese campo y aunque algunos, los menos como ya he dicho, si tuvieron participación activa en mapas de riesgos, estudios concretos de prevención y otras actividades, los más ni siquiera llegaron a formarse mínimamente para ello ya que su utilidad y finalidad, en definitiva, era muy otra.
Cuando esto ocurre y se generaliza y extiende con tanta facilidad el mal uso, lo que nace como un derecho acaba convirtiéndose en un privilegio no exento, como todos los privilegios, de la correspondiente pequeña o gran corruptela asociada. Un Delegado de Prevención que no cumple con su cometido si no con otras muchas cosas no deja de ser un fraude para todos… Y, como todos sabemos, los malos usos, los fraudes y privilegios tarde o temprano suelen tender a cortarse de raíz llevándose de paso, y más en los tiempos que corren, el derecho del que nacieron consigo.
Por ello, volviendo a la expresión de sorpresa que manifesté al leer la referida instrucción de la Dirección de RR.HH. del SESPA, he de decir que la intención clara e inequívoca manifestada en la misma es la de colocar las cosas en su sitio: que el Delegado de Prevención se dedique a eso y lo justifique, en cuyo caso tendrá para ello todas las horas que necesite. Se protege y tutela así, a mi juicio, el Derecho con mayúsculas. Y aunque la instrucción no dice que ocurrirá con lo que suavemente denominan en la misma “disfuncionalidades en la utilización” de los permisos para esta actividad, es fácil de imaginar…
Nadie que yo haya oído hasta la fecha, ha comentado nada de esta cuestión, a pesar de que la instrucción ya tiene más de 20 días de vida, por lo que deduzco que las cosas han sido debidamente asumidas por todos y todas, especialmente por los aparatos sindicales. Pero ¡¡quién nos lo iba a decir!! que se defiende más un derecho por parte de la empresa que por parte de nuestros representantes…
Los que tengáis curiosidad por leer el texto íntegro de la Instucción podéis hacerlo con este enlace que os ponemos al final y que, desde ahora mientras esté vigente, lo mantendremos en nuestra sección de Salud Laboral de nuestra WEB.

VER INSTRUCCION DEL SESPA DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2011

0 comentarios