Blogia
La información es la base de tu opción ... y nosotros nunca te la ocultamos.

La libre designación debe acabar, incluyendo el SESPA, ya no valen más excusas…

La libre designación debe acabar, incluyendo el SESPA, ya no valen más excusas…

El Supremo deja sin efecto la designación de 280 altos funcionarios del Principado elegidos a dedo

Oviedo, F. VALLINA, en La Nueva España

El Tribunal Supremo dio ayer a conocer una sentencia en la que rechaza el recurso de casación presentado por el Principado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que anula el nombramiento de 280 cargos de altos funcionarios elegidos por el Principado siguiendo el sistema de libre designación. El Supremo asume así íntegramente los argumentos del TSJA en la sentencia dictada el 30 de abril de 2010, que estimaba el recurso de varios miembros del colectivo Conceyu por Otra Función Pública en Asturias con el fin de dejar sin efecto el sistema de libre designación utilizado por la Administración para la provisión de 280 puestos de trabajo de jefes de servicio, coordinadores, asesores, analistas, interventores y otros cargos similares.

La resolución estima que los puestos no se pueden otorgar a dedo y que es preceptivo un concurso de méritos. La decisión vuelve a dar la razón parcialmente a los demandantes, que habían recurrido los 317 puestos de la relación de puestos de trabajo (RPT) a los que podían optar funcionarios exclusivamente licenciados en Derecho y aquellos a los que podían presentarse todos los funcionarios con cualquier título superior universitario. Todos ellos han sido cubiertos a través de la libre designación. El Supremo sólo da por válido el sistema «a dedo» para la selección de unos 45 altos funcionarios. Ésta es la tercera sentencia en la que el Supremo rechaza la libre designación. Pero en este caso, en la documentación presentada por el Principado se justifican, puesto por puesto, los motivos que han llevado a la elección del funcionario para ocupar el correspondiente alto cargo. «Y todavía así, el tribunal rechaza la gran mayoría», señalaba ayer Javier Villa, uno de los responsables del recurso y portavoz de Conceyu por Otra Función Pública.

El Supremo anula la elección «a dedo» de más de 250 funcionarios asturianos

La sentencia deja sin efecto el método de libre designación usado por el Principado para nombrar jefes de sección o coordinadores

Ó. CUERVO / AGENCIAS | OVIEDO, en El Comercio.

El Tribunal Supremo ha puesto punto final al sistema de libre designación de funcionarios utilizado por el Principado en los últimos tiempos. Fechado el 21 de mayo y notificado a los medios durante la jornada de ayer, el dictamen ha supuesto la anulación de los nombramientos de más de 250 funcionarios regionales.

El TS asumió íntegramente los argumentos esgrimidos por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) en una sentencia dictada el pasado 29 de abril de 2010. En ella se estimaba el recurso de varios miembros del Conceyu por Otra Función Pública N'Asturies, quienes trataban de dejar sin efecto el sistema de libre designación utilizado por la Administración del Principado de Asturias. El sistema fue utilizado recientemente para la designación de más de 250 puestos públicos, como jefes de servicio, coordinadores, asesores, analistas e interventores, entre otros.

La noticia ha sido muy bien recibida en el seno del Conceyu, que ha indicado que «es un salto cualitativo de especial importancia para la supresión de la práctica ilegal de generalizar el sistema excepcional de nombramiento a dedo en determinadas categorías de puestos». Por otro lado, el colectivo de funcionarios ha indicado que esta sentencia «desactiva definitivamente la pretensión del Principado de utilizar de manera generalizada este sistema, que es de carácter excepcional, sin necesidad de acreditar adecuadamente su uso puesto por puesto». En base a ello, la sentencia mantiene que la libre designación prevista en la ley no es un sistema «de libre arbitrio». Solo puede ser utilizado para completar el método normal de concurso público de empleo.

Cambios en el Sespa

También ha habido cambios en el sistema de libre designación de jefes en el Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa). El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Oviedo ha estimado un recurso contra esta práctica, anulando de la misma forma la norma aplicada por la dirección gerencia del Sespa. Con ella regularon las diferentes convocatorias para los puestos de jefe de servicio, jefe de sección y coordinadores médicos.

La sentencia fue dictada por el juez el pasado día 11. Fue ayer cuando el Sindicato Médico Profesional de Asturias, el mismo que interpuso el recurso, remitía a los medios de comunicación una nota en la que informaba sobre la anulación judicial de este sistema. El juzgado se basó en la falta de competencia del director gerente del Sespa, quien habría modificado las normas establecidas para los nombramientos, de 1999; a cambio de introducir el sistema de libre designación actual.

En el fallo, además, el juzgado ovetense interpreta otra reciente sentencia, fechada el 13 de octubre de 2011 y emitida por la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA.

En ella se indica que el Principado optó por un sistema de libre designación de forma general o indiscriminada en vez de otro supeditado a la correspondiente justificación individualizada para cada puesto de trabajo.

 

Nueva sentencia del Tribunal Supremo confirmando la anulación del sistema de nombramiento a dedo en más de 250 puestos de trabajo del Principado de Asturias…

En la WEB del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturias

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo, fechada el 21 de mayo y notificada en el día de hoy, confirma la anulación del sistema de libre designación de funcionarios en más de 250 puestos de trabajo del Principado de Asturias


El Tribunal Supremo asume íntegramente los argumentos del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en la sentencia dictada el 29 de abril de 2010 (sentencia nº 511/10), que estimaba el recurso de varios miembros del Conceyu por Otra Función Pública N´Asturies con el fin de dejar sin efecto el sistema de libre designación utilizado por la Administración del Principado de Asturias para la provisión de más de 250 puestos de trabajo de Jefes de Servicio, Coordinadores, Asesores, Analistas, Interventores y similares.


La sentencia que hoy se conoce supone un salto cualitativo de especial importancia para la supresión de la práctica ilegal de generalizar el sistema excepcional de nombramiento a dedo en determinadas categorías de puestos.


De una lado, porque desactiva definitivamente el intento del Principado de Asturias de justificar, mediante una memoria de funciones específica para cada uno de los puestos afectados, la concurrencia de supuestos cometidos de especial responsabilidad y confianza ( que pretendieron acreditarse mediante cláusulas estereotipadas sin ningún valor, como señala el Tribunal Supremo en el fundamento de derecho tercero de su sentencia)


Y de otro, porque desmonta la pretensión del Principado de Asturias de que la nueva regulación sobre la libre designación, contenida en el Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007), avalaría el uso generalizado de este sistema, extremo que también rechaza el Tribunal Supremo recordando que dicho Estatuto no ha cambiado el carácter excepcional de la libre designación y la necesidad de acreditar adecuadamente su uso puesto por puesto.


La resolución judicial que hoy se conoce vuelve a colocar al actual Gobierno del Sr. Fernández y a UPyD ante la prueba de fuego de cumplir inmediatamente con uno de los compromisos adquiridos en el pacto de legislatura suscrito por ambos partidos, en el que se recoge como medida de regeneración administrativa la de reducir los puestos de libre designación al mínimo imprescindible.


Asimismo, deja en una situación embarazosa al nuevo Director General de la Función Pública, que en una reciente reunión con los miembros de la Junta de Personal no tuvo reparo en anunciar su intención de mantener la libre designación en todos los puestos de jefatura de servicio. ¿Tendrán más peso las intenciones del nuevo Director General que el pacto de legislatura y las resoluciones judiciales firmes?


Pronto saldremos de dudas.”


SENTENCIA ÍNTEGRA

VER NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA

0 comentarios