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En el BOPA de hoy los criterios de cese del personal de la categoría de Médico de Familia…

En el BOPA de hoy los criterios de cese del personal de la categoría de Médico de Familia…

 

Publicados los criterios de cese del personal de la categoría de Médico de Familia con nombramiento estatutario que desempeñe plazas con carácter temporal en Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio de Salud del Principado de Asturias, como consecuencia de la incorporación de personal estatutario fijo de la OPE resuelta…

 

Con toda seguridad habrá recursos judiciales, como mínimo, en defensa de la identificación de las plazas por CIAS…

 

Resolución de 26 de febrero de 2013, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se establecen los criterios de cese del personal de la categoría de Médico de Familia con nombramiento estatutario que desempeñe plazas con carácter temporal en Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio de Salud del Principado de Asturias, como consecuencia de la incorporación de personal estatutario fijo proveniente de los procesos selectivos convocados por distintas Resoluciones de 17 de diciembre de 2008, de la Viceconsejería de Modernización y recursos humanos (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 31 de diciembre de 2008). (VER TEXTO INTEGRO EN EL BOPA DE HOY)

CRITERIOS DE CESE POR ZONA BASICA DE SALUD…

1.º El personal estatutario con nombramiento de interinidad con menor puntuación como demandante de empleo en la categoría de Médico de Familia, conforme a las puntuaciones obtenidas en último proceso de actualización de méritos resuelto por Resolución de 19 de diciembre de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Boletín Oficial del Principado de Asturias 26/12/2012), en la Zona Básica de Salud donde funcionalmente se incorpore el personal estatutario fijo.

2.º El personal estatutario en desempeño de funciones mediante promoción interna temporal en plaza vacante con menor puntuación como demandante de promoción interna en la categoría de Médico de Familia, en la Zona Básica de Salud donde funcionalmente se incorpore el personal estatutario fijo.

3.º El personal que venga desempeñando plaza básica mediante comisión de servicios, en la Zona Básica de Salud donde funcionalmente se incorpore el personal estatutario fijo.

4.º El personal con menor tiempo de servicios prestados en situación de reingreso provisional al servicio activo en la Zona Básica de Salud donde funcionalmente se incorpore el personal estatutario fijo.

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