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El tributo habría estado bien aplicado, explican los jueces, si la recaudación se hubiera destinado, por ejemplo, a reducir los costes sociales y medioambientales vinculados específicamente al consumo de esos hidrocarburos o a garantizar la protección de la salud…

El tributo habría estado bien aplicado, explican los jueces, si la recaudación se hubiera destinado, por ejemplo, a reducir los costes sociales y medioambientales vinculados específicamente al consumo de esos hidrocarburos o a garantizar la protección de la salud…

EL CENTIMO SANITARIO QUE JAMAS LLEGO A SANIDAD…

El Tribunal de Justicia de la UE tumba el céntimo sanitario

Falla que no respeta la directiva de impuestos especiales

Las comunidades tendrían que devolver 13.000 millones

 

EFE/EP/Bruselas.

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha dictaminado hoy (por ayer) que el "céntimo sanitario" recaudado en España "es contrario" al derecho comunitario.

 

La sentencia señala que el impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos (IVMDH) no respeta la directiva sobre los impuestos especiales.

 

Los jueces señalan que "no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español y la Generalitat de Catalunya no obraron de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante más de diez años". Ello significa que las comunidades tendrían que devolver 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011, aunque una parte habría prescrito.

 

El fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se pronunciara.

 

No garantiza la protección de la salud

En particular, el impuesto carece de la "finalidad específica" que prevé esa normativa, que obliga a que ese objetivo no sea exclusivamente presupuestario.

 

En ese contexto, el impuesto tampoco persigue, por sí mismo, garantizar la protección de la salud y el medioambiente, añade el fallo.

 

La decisión del Tribunal abre la vía a la devolución de los cerca de 13.000 millones de euros cobrados por ese concepto entre los años 2002 y 2011.

 

Los jueces declaran que "no procede limitar en el tiempo los efectos de la sentencia", como habían solicitado la Generalitat de Cataluña y el Gobierno español, porque el hecho de que hayan mantenido el impuesto en vigor durante un periodo de más de diez años hace que "no pueda admitirse" que hayan actuado de buena fe.

 

El Tribunal recuerda que en 2000 ya se pronunció sobre un impuesto con características similares a las del IVMDH y que en 2001, la Comisión Europea informó a las autoridades españolas de que la introducción de dicho impuesto sería contraria al Derecho de la Unión.

 

Además, añade la sentencia, en 2003 el Ejecutivo comunitario inició un procedimiento de incumplimiento contra España en relación con dicho impuesto.

 

El caso llegó a la Justicia europea después de que la empresa "Transportes Jordi Besora" (TJB), establecida en Cataluña, solicitara la devolución de los 45.600 euros que tuvo que pagar entre 2005 y 2008 en concepto de impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos.

 

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña pidió a los jueces de la UE que determinaran si ese impuesto respeta la normativa europea.

 

La UE tiene que analizar la sentencia

El portavoz comunitario de Asuntos Económicos y Monetarios, Simon O'Connor, señaló que la Comisión Europea "ha visto la sentencia", pero que "tendrá que analizarla, antes de comentar el impacto sobre las finanzas públicas en España".

 

Además, añadió que corresponderá a las autoridades españolas indicar "de qué manera planean compensar cualquier tipo de carencias".

 

La nulidad del céntimo sanitario deja en entredicho 13.000 millones ya recaudados

El Tribunal de Justicia de la UE declara ilegal el tributo aplicado entre 2002 y 2012, lo que puede dejar un agujero en las arcas autonómicas

28.02.14 - ADOLFO LORENTE | BRUSELAS, en El Comercio.

 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) asestó ayer el golpe de gracia al llamado céntimo sanitario aplicado en todas las comunidades autónomas, salvo el País Vasco, Aragón, La Rioja y Canarias. Una sentencia esperada desde octubre -el abogado general ya se pronunció en ese sentido-, que supone un serio revés para las administraciones regionales -y, en última instancia, el Ministerio de Hacienda- pues estaría obligado a devolver hasta 13.000 millones de euros a los conductores que entre 2002 y 2012 estuvieron pagando un recargo por echar gasolina, el ya suprimido Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), declarado ahora ilegal por la Corte de Luxemburgo.

 

Lo fue, razona la sentencia, por no ajustarse a la legislación comunitaria. Entre otros motivos, porque este recargo cedido desde el Gobierno central a los ejecutivos autonómicos para financiar -en teoría- partidas sanitarias y medioambientales, «carece de finalidad específica». Es decir, que el tributo habría estado bien aplicado, explican los jueces, si la recaudación se hubiera destinado, por ejemplo, a «reducir los costes sociales y medioambientales vinculados específicamente al consumo de esos hidrocarburos».

 

Los jueces hacen oídos sordos a las reclamaciones del Gobierno y de la Generalitat de Cataluña -partes demandadas- y mantienen el principio de retroactividad para su fallo, algo a lo que se oponían las administraciones por la frágil situación económica del país. El tribunal lo desestima por considerar que «actuaron de mala fe», al hacer caso omiso de las advertencias de la Justicia y de la propia Comisión Europea. Esta decisión abre la puerta a un sinfín de procedimientos administrativos o incluso judiciales para la devolución del dinero, que siempre se produciría previa justificación mediante facturas. Un hecho que hace que los particulares tengan muy difícil recuperar el dinero y que prácticamente cierra el círculo en torno a las empresas de transportes.

 

Entre 2002 y 2011 (faltaría por contabilizar 2012), el dinero recaudado ascendió a 13.000 millones, pero esta cifra es del todo irreal ya que el artículo 66 de la Ley General Tributaria estipula que el derecho a obtener cantidades indebidamente abonadas a Hacienda prescribe a los cuatro años. Es decir, que en este caso se trataría de los ejercicios 2010, 2011 y 2012, dado que el año pasado el céntimo sanitario dejó de existir como tal tras ser incluido como un tramo específico más dentro del Impuesto sobre Hidrocarburos tradicional.

 

Montoro culpa a la Comisión

No obstante, también podrían verse beneficiadas las empresas o los particulares que tengan desde 2002 procedimientos judiciales 'ad hoc'. En este caso la prescripción quedaría sin efecto. Fuentes de Hacienda matizaron que la cifra será «sensiblemente inferior» y que los trámites de ejecución de sentencia podrían demorarse años por su «complejidad».

 

Sea como fuere, el agujero en las arcas públicas puede ser importante y amenaza el cumplimiento de los próximos objetivos de déficit, que obligaban a España a ajustarse en otros 37.000 millones de aquí a 2016. Por su parte, las comunidades afectadas se apresuraron ayer a lavarse las manos -pese a ser las que recaudaron el dinero y se aprovecharon de uso- y sostener que el que debe pagar es el ministerio.

 

De momento, la única declaración oficial fue la del ministro del ramo, Cristóbal Montoro, quien optó por criticar a las instancias comunitarias. «El Tribunal de la UE no está desautorizando al Gobierno español, sino a la Comisión Europea, que en su momento fue la que autorizó este sistema», recalcó.

 

Sin embargo, la sentencia recuerda que desde Bruselas habían advertido en varias ocasiones de la ilegalidad de la tasa. De hecho, desde la CE apuntaron ayer a la responsabilidad directa de España a la hora de «buscar una solución».

 

El caso llegó a Luxemburgo de la mano de la empresa catalana Transportes Jordi Besora, que solicitó la devolución de los 45.600 euros que tuvo que pagar entre 2005 y 2008 por el céntimo sanitario. Primero recurrió al Tribunal Superior de Cataluña y éste elevó el asunto al de la UE. Su abogada, Irene Mallol, se felicitó por el fallo y mostró su deseo de que «ayude a salvar muchas empresas». De momento, representa a 85 firmas y el montante de su devolución rondaría los seis millones.

 

El Principado, que se juega 363 millones, insta al Gobierno a «asumir las consecuencias»

Cree que el Ejecutivo central debe afrontar las posibles devoluciones y «en ningún caso» hacer responsables a las comunidades autónomas

28.02.14 - ANDRÉS SUÁREZ, EN El Comercio.

 

El Principado, que entre 2002 y 2012 recaudó 363 millones a través del 'céntimo sanitario', considera que es el Gobierno central, como titular del impuesto, el que debe «asumir las consecuencias» de su anulación, incluyendo la eventual devolución de una parte de ese dinero. Así se pronunció ayer la Consejería de Hacienda al hilo de la sentencia europea que declaraba la ilegalidad del tributo, un fallo recibido con enorme satisfacción por los transportistas.

 

El 'céntimo' comenzó a funcionar en 2002, aunque el Principado no aplicó la tarifa autonómica hasta 2004, entonces de 2 céntimos en el caso del gasóleo y 2,4 en la gasolina, cifras que el Ejecutivo de Javier Fernández elevaría posteriormente hasta los 4 y 4,8 céntimos. Que fuera un impuesto creado y regulado por el Gobierno central es el argumento al que se aferra el Gabinete regional a la hora de identificar a los culpables del desaguisado jurídico que, por tanto, deberían asumir la corrección del error.

 

«Corresponde al Estado asumir las consecuencias de la sentencia», razona el departamento que dirige Dolores Carcedo, «al ser un tributo creado por el Estado y gestionado a través de la Agencia Tributaria». Según la consejería, dado que las comunidades autónomas «carecen de competencias» en la materia, «más allá de la modificación de los tipos impositivos dentro de unos límites», corresponde al Estado dar cumplimiento al fallo «por ser el titular del tributo», sin que «en ningún caso» puedan descargarse las culpas en las regiones.

 

Ahora bien, ¿habrá que devolver esos 363 millones íntegros? Es muy difícil que así sea, teniendo en cuenta, por un lado, la prescripción de una parte de las cantidades, así como la necesidad de que los potenciales beneficiarios de ese reembolso justifiquen adecuadamente los gastos. Según Gestha, el colectivo representativo de los técnicos del Ministerio de Hacienda, en el caso de Asturias solo serían susceptibles de reintegro, atendiendo a la sentencia, las cantidades ingresadas por las arcas públicas entre marzo de 2010 y el final de 2012. Esto es, 106 millones.

 

Sea como sea, el sector del transporte, siempre beligerante contra el 'céntimo', acogió el fallo con indisimulada alegría. Ovidio de la Roza, cabeza visible de Asetra, habló de una sentencia «histórica» y señaló que, en el caso de Asturias, están registradas más de 500 denuncias contra el polémico tributo, si bien apostilló que el ajetreo ayer en los servicios jurídicos de la organización era continuo para interesarse por la forma de recuperar las cantidades pagadas al hilo de un impuesto ahora ilegal.

 

Hubo, además, un sinfín de reacciones políticas. El PSOE cerró filas con el Ejecutivo y calcó su argumento. El PP instó a buscar una salida entre todos, Gobierno y autonomías. IU emplazó al Ejecutivo central a ofrecer una solución y al regional, a presionar en ese sentido. Y desde UPyD se calificó el fallo como un «varapalo» a España.

 

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