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No sólo os lo contábamos ayer… ya venía de tiempo atrás (sigue nuestros enlaces anteriores relacionados)

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Luz verde al decreto que lo regula

El acceso a los puestos intermedios del Sespa será por concurso específico de méritos

El servicio de salud busca con esta normativa afirmar la estabilidad en el empleo

 

Redacción Médica, Oviedo.

 

El Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) ha publicado en el boletín oficial de la comunidad, el decreto que regula los sistemas de provisión de puestos de trabajo singularizados y mandos intermedios. Con esta normativa el Sespa llena el vacío normativo que existía en el ámbito competencial del Principado de Asturias, respetando, en todo caso, las bases normativas dictadas en el ámbito estatal.

 

Con ello, señala la resolución, busca afirmar la estabilidad en el empleo, la planificación eficiente de los recursos humanos, la seguridad jurídica y la regulación de unos procedimientos de provisión asentados y transparentes con el fin de disponer de unos profesionales que ayuden a mejorar la atención sanitaria que se presta a los ciudadanos y usuarios de los servicios públicos.

 

La provisión de los puestos de trabajo se regirá por el sometimiento pleno a la ley y al derecho de las actuaciones en los procesos de provisión; por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad; la objetividad, imparcialidad, agilidad y eficacia en la actuación de la comisión de valoración; la planificación eficiente de las necesidades de recursos y la integración en el régimen organizativo y funcional del Sespa.

 

Los puestos de trabajo, tanto sanitarios como no sanitarios, se proveerán con personal estatutario fijo mediante convocatoria pública por el sistema de concurso específico de méritos. Cuando se encuentre vacante un puesto singularizado o de mando intermedio, y sea urgente su provisión, podrá ser cubierto temporalmente en comisión de servicios con personal estatutario fijo que preste servicios en el Sistema Nacional de Salud.

 

Dentro de los méritos se valorarán los siguientes: el currículum profesional, cuya puntuación máxima no podrá exceder del 30 por ciento de la total ni ser inferior del 10 por ciento de la misma; el currículum formativo, en el que la puntuación máxima no podrá exceder del 35 por ciento y no podrá ser inferior del 10 por ciento; la antigüedad computará por años de servicio y se valorará el proyecto de gestión y organización relacionado con el puesto.

 

El Principado evaluará a los jefes médicos nombrados en Asturias en los últimos 29 años

Sanidad aprueba un decreto que promueve los nombramientos por concurso de mérito en detrimento de los de oposición. Quien no apruebe será destituido

 

LAURA FONSECA | GIJÓN, en El Comercio.

 

Evaluar a todos y cada uno de los jefes médicos que trabajan en la sanidad pública. Tanto los designados recientemente como los que llevan casi tres décadas al frente de un servicio. Es uno de los objetivos que aparece recogido en el decreto que la Consejería de Sanidad ha elaborado para regular los sistemas de provisión de puestos de trabajo singularizados y mandos intermedios en el ámbito del Servicio de Salud (Sespa). La normativa fue publicada ayer en el Boletín Oficial del Principado (BOPA) y el Sindicato Médico (Simpa) ya ha anunciado que buscará su impugnación. El Colegio de Médicos estudiará su contenido y es posible que hoy anuncie una acción similar.

 

El decreto que amenaza con exasperar aún más los caldeados ánimos del colectivo médico promueve que las designaciones de los futuros jefes se realice a través de concurso de méritos, en detrimento de los concursos oposición. Pero lo más jugoso de este decreto no es tanto la regularización que se pretende hacer de las llamadas áreas y unidades clínicas de gestión, cuya figura fue tumbada una y otra vez por los facultativos en los tribunales. La principal novedad está en la disposición transitoria segunda, que abre la puerta a que los jefes de sección y de servicio nombrados en la sanidad asturiana en los últimos 29 años (mediante la vía del decreto del 5 de febrero de 1985 del Ministerio de Sanidad) sean sometidos a una evaluación. El examen, según recoge el texto de la normativa, «conllevará la posibilidad de acordar el cese en los términos estipulados en el presente decreto». Y los términos no son otros que «la remoción por falta de capacidad en el desempeño del puesto» o «rendimiento insuficiente». En esta situación se verán inmersos históricos jefes de servicio y de sección nombrados en la época del extinto Insalud, y cuya designación perdura desde entonces. Los mandos afectados son, según este decreto, las jefaturas de servicio y de sección, pero también los de unidad, coordinaciones o supervisiones. La regulación va dirigida principalmente a los médicos, pero afectará también al grupo B, es decir, al personal de enfermería.

 

En cuanto a los nuevos nombramientos, éstos ya se podrán hacer mediante concurso de méritos y vinculados la exclusividad médica obligatoria, prerrogativa que queda siempre en manos de Sanidad.

 

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