Blogia
La información es la base de tu opción ... y nosotros nunca te la ocultamos.

Resolución por la que se procede a la integración del personal con relación de empleo de naturaleza interina en los servicios jerarquizados de Atención Hospitalaria y en Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Boletín Nº 247 del viernes 24 de octubre de 2014

AUTORIDADES Y PERSONAL

CONSEJERÍA DE SANIDAD
SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Resolución de 16 de octubre de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se procede a la integración del personal con relación de empleo de naturaleza interina en los servicios jerarquizados de Atención Hospitalaria y en Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

La Disposición transitoria tercera del Estatuto Marco, en redacción dada por Real Decreto-ley 16/2012, de 24 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, establece, respecto del personal de cupo y zona, que en la forma y condiciones que en cada servicio de salud, en su caso, se determinase, el personal que percibe haberes por el sistema de cupo y zona se integraría en el sistema de prestación de servicios, de dedicación y de retribuciones que se establece en esta ley, antes del 31 de diciembre de 2013, sin perjuicio de los derechos consolidados. Quedando suprimida desde esa fecha la modalidad de prestación de servicios de cupo y zona.

Añadiendo a continuación, que desde esa fecha queda derogada la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 8 de agosto de 1986, sobre retribuciones del personal dependiente del Instituto Nacional de la Salud, Instituto Catalán de la Salud y Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía.

En cumplimento de esta disposición legal, se aprobó la Resolución de 14 de marzo de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convocó el procedimiento de integración del personal de cupo y zona en los servicios jerarquizados de Atención Hospitalaria y en Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias. El ámbito de aplicación de esta Resolución era la integración voluntaria del personal estatutario fijo, estableciéndose en el apartado quinto del resuelvo, que las plazas de origen del personal integrado serían amortizadas en las correspondientes plantillas orgánicas y reconvertidas, en las equivalentes del régimen de prestación de servicios, dedicación y retribuciones establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, conforme al procedimiento legalmente establecido. La integración suponía la extinción del régimen de prestación de servicios, dedicación y retribuciones, en la modalidad de cupo y zona.

Por tanto, concluido el procedimiento de integración del personal de cupo y zona con vinculación fija, procede regular ahora la situación del citado personal con vinculación temporal. Así, una vez amortizadas las plazas que ocupaban como personal de cupo interino, y reconvertidas éstas en el sistema de prestación de servicios, dedicación y retribuciones establecido en el Estatuto Marco se establece la continuidad del citado personal, el cual, sin solución de continuidad ocupará las nuevas plazas a través de nombramiento de interinidad en el régimen establecido en la Ley 55/2003.

En consecuencia, siguiendo el mandato legal fijado en el Real Decreto-ley 16/2012, se aprobó por Acuerdo del Consejo de Gobierno la modificación de la plantilla orgánica del Servicio de Salud de Principado de Asturias, que entre otras modificaciones prevé la amortización de las plazas de cupo y zona.

Por todo ello, en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas en el artículo 15 de la Ley 1/1992, de 2 de julio, Asturias modificada por Ley 18/1999, de 31 de diciembre, Ley 14/2001, de 28 de diciembre y Ley 5/2005, de 16 de diciembre del Servicio de Salud del Principado de Asturias, y cumpliendo el mandato legal antes reseñado, por medio de la presente

RESUELVO

Primero.—La integración del personal con relación de empleo de naturaleza interina en los servicios jerarquizados de Atención Hospitalaria y en Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Segundo.—Las Gerencias de Área Sanitaria, cesarán al personal que tenga relación de empleo de naturaleza interina en plazas del sistema de cupo y zona que resulten amortizadas y les ofertarán, sin solución de continuidad, nuevo nombramiento interino en las plazas vacantes que hayan resultado reconvertidas en el régimen de prestación de servicios, dedicación y retribuciones establecido en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

Tercero.—El cese en la plaza en la que se cause baja se producirá el mismo día de publicación de la modificación de la Plantilla Orgánica en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y las altas correspondientes a los nuevos nombramientos al día siguiente de la citada publicación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejería de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 35.1 de la Ley 1/1992, de 2 de julio del servicio de Salud del Principado de Asturias, en relación con el artículo 27 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de las Administración del Principado de Asturias, y el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Oviedo, a 16 de octubre de 2014.—El Director Gerente.—Cód. 2014-17658.

 

0 comentarios