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El letrado de la Junta censura la escasa claridad de la ley de Transparencia

El letrado de la Junta censura la escasa claridad de la ley de Transparencia

El informe de Alberto Arce alerta de que el texto redactado por el Gobierno regional reproduce "a trozos" la legislación nacional

Lne. 26.12.2014 | 02:07 M. J. IGLESIAS

La futura ley de Transparencia del Principado cojea de coherencia y claridad, según pone de manifiesto el informe de técnica legislativa, elaborado por el letrado mayor de la Junta General del Principado, Alberto Arce Janáriz, quien en un exhaustivo examen al articulado de la normativa invita al Gobierno asturiano a "establecer un criterio y seguirlo a lo largo de todo el proyecto", como indica explícitamente el texto.

La disección de la norma, que llegó a la Cámara regional el pasado mes de abril, hace hincapié en que el texto del proyecto asturiano reproduce solamente en parte el articulado de la ley nacional, una técnica que tanto el Tribunal Constitucional como el Consejo de Estado estiman poco recomendable, ya que puede dar lugar a omisiones arriesgadas, según las conclusiones del informe.

El documento del letrado abunda en que en algunos casos se reproducen "a trozos" preceptos de la ley nacional de Transparencia y Buen Gobierno, de diciembre de 2013, una práctica que para el Constitucional supone que "la regulación autonómica está estableciendo una regulación contraria a la legislación básica estatal, al tratarse de omisiones que al no poder considerarse inocuas, indiferentes o neutras alteran el régimen jurídico previsto en la ley".

Entre los preceptos del proyecto que más problemas de técnica normativa presentan, el documento también hace mención a la regulación de las multas coercitivas, apartado en el que los juristas echan de menos la especificación de los lapsos de tiempo en los que pueden imponerse, sucesivamente, como instrumento para propiciar el cumplimiento de la normativa.

Del informe se desprende, asimismo, que el ámbito de aplicación de la ley resultaría más claro si el artículo relativo a las entidades a las que es de aplicación la normativa se descompusiera en dos letras: una para los partidos políticos, sindicatos y organizaciones empresariales de ámbito autonómico, respecto a los que, según consideran los juristas, el texto asturiano no aporta nada a la norma nacional vigente, y otra relativa a las entidades privadas que perciban ayudas públicas, "sobre las que el proyecto sí supone un plus respecto a la norma estatal", como señala el informe.

La disección pormenorizada del texto aprecia que en uno de los párrafos la redacción no resalta adecuadamente lo que de plus tendrá la normativa autonómica respecto de la norma estatal básica, "no es que con carácter general supere el ámbito subjetivo de esta última, sino que, más concretamente, obliga a las entidades que perciben subvenciones y ayudas públicas, a partir de un importe inferior al mínimo, que a tal efecto establece la norma estatal", indica.

Entre las observaciones figuran otras relativas al empleo de consideraciones de género, con sintagmas como "asturianos y asturianas", lo que, en opinión del letrado, "menoscaba la legibilidad del texto legal".

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