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Explicación del SESPA sobre la no existencia de plazas de Atención Primaria en la OPE de Enfermería…

Explicación del SESPA sobre la no existencia de plazas de Atención Primaria en la OPE de Enfermería…

De la WEB de USIPA

NOTA ACLARATORIA DE LA DIRECCION DE RR.HH. DEL SESPA EN RELACION A LAS PLAZAS DE ATS/DUE:

Buenas tardes,

Tras la publicación de las Resoluciones de 6 de marzo de 2015, de la Dirección de Recursos Humanos, por las que se hacen públicas la relación de plazas a adjudicar en el proceso selectivo para el acceso a plazas de enfermería y el procedimiento a seguir para su elección, y ante las consultas que sobre la adjudicación de las mismas se han planteado, para su conocimiento y máxima difusión entre los posibles interesados, se informa:

PRIMERO.- Que en los anexos del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2008, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración del Principado de Asturias y sus Organismos y Entes Públicos, para el año 2008, así como en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 20 de noviembre de 2008, por el que se aprueba la ampliación de la Oferta de Empleo Público para el año 2008, se ofertaron 787 plazas de enfermería, de las cuales, concretamente, 82 eran plazas en Atención Primaria.

SEGUNDO.- Igualmente en dicho Acuerdo, se recoge expresamente que en el ámbito del Servicio de Salud del Principado de Asturias, el total de plazas que figuran en la oferta, se proveerá tanto a través de procesos de movilidad voluntaria, como de selección, y de éste modo, en los procesos selectivos sólo serán convocadas aquellas plazas que no hubieran sido cubiertas por el correspondiente proceso de movilidad voluntaria.

Consecuentemente, en aplicación de la estipulación recogida en el párrafo anterior y teniendo en cuenta que ya en el proceso de movilidad voluntaria se cubrieron con personal fijo las 82 plazas ofertadas en Atención Primaria, no es posible la oferta de más plazas en este ámbito asistencial en el proceso selectivo que nos ocupa dado que éste se deriva de la misma oferta de empleo público.

TERCERO.- A mayor abundamiento, hemos de señalar que esta restricción está expresamente contemplada en las Resoluciones de 13 de marzo de 2012 y de 27 de febrero de 2013, del Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por las que se procedió a la convocatoria del correspondiente concurso oposición para el acceso a 472 plazas de enfermería, pues en sus preámbulos literalmente se establece que: “con carácter general, en los distintos procesos selectivos solamente serán convocadas aquellas plazas que, en su caso, no hubieran sido cubiertas a través del correspondiente proceso de movilidad voluntaria”.

Lo que se traslada a los efectos oportunos,

 

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