Blogia
La información es la base de tu opción ... y nosotros nunca te la ocultamos.

Así cuenta USIPA, únicos que lo hacen, lo acontecido en la Mesa General de negociación del pasado día 12 de febrero…

Así cuenta USIPA, únicos que lo hacen, lo acontecido en la Mesa General de negociación del pasado día 12 de febrero…

Propuesta de Resoluciones para el SESPA y Función Pública que fijan las reglas de disfrute de los días adicionales de vacaciones y de asuntos particulares por antigüedad correspondientes al año 2015

 

“El pasado viernes 12 de febrero, como ya os habíamos informado, se reunió la Administración con las Organizaciones Sindicales de la Mesa General para tratar las instrucciones que regularán el disfrute de los días adicionales reconocidos a 31 de diciembre de 2015, y que no se pudieron disfrutar.

 

La Administración distribuye, para disfrutar estos días adicionales, en tres años de la siguiente forma:

1) Los empleados públicos que tengan derecho a disfrutar de 1 día en total lo disfrutarán en el año 2016.

2) Los empleados públicos que tengan derecho al disfrute de 2 días en total, disfrutarán de 1 día en el año 2016 y de otro día en el año 2017.

3) Los empleados públicos que tengan derecho a 3 ó más días dividirán los días totales entre los tres años, disfrutando en cada uno de ellos del mismo número de días siempre que sea posible.

4) Cuando no sea posible disfrutar en cada año del mismo número de días (por no ser el número total de días múltiplo de tres), el día que reste de la división se disfrutará en 2018 y, si restaran dos días, se disfrutarán en 2017 y 2018, a razón de uno por año.

 

El punto dos lo tendrán que modificar porque no puede darse el caso de acumular sólo dos días.

Desde USIPA argumentamos que este sistema acumula más días a disfrutar en el 18, por lo que propusimos, que se invirtiera pudiendo disfrutarse la mayor parte de ellos en el 2016.

La Administración argumenta que esto se hizo así porque este año se generan dos días más al caer 24 y 31 de diciembre en sábado. Podría tener su lógica, pero se da la circunstancia de que en el 2017 también tendremos dos días más por caer en domingo. Además, en el año 2018 se generarán más días adicionales por antigüedad, con lo que no tiene sentido el argumento de la Administración. No obstante, la Administración sigue con su postura y no lo va a cambiar.

También preguntamos por el apartado que dispone “Los empleados públicos que vayan a cesar su relación con esta Administración antes del 31 de diciembre de 2018, disfrutarán íntegramente de estos días antes de dicho cese, manteniendo en la medida de lo posible el régimen general de distribución de los días, anteriormente descrito”.

Quiere decir que aquellos que cesen (interinos o por jubilación) podrán disfrutar los días generados en el 2015 antes de la fecha de jubilación o cese, es decir, si se jubilan o cesan en el 2016 los podrán disfrutar todos, si es en el 2017 todos los que resten de los disfrutados en el 2016 según las reglas descritas.

El personal laboral acogido a la jubilación parcial a partir de 1 de enero de 2016, aunque el Convenio Colectivo dispone que no tienen derecho a días por asuntos propios, lógicamente si podrán disfrutar los generados en el año 2015, con las mismas reglas descritas.

Los días adicionales por antigüedad, tanto de vacaciones como de asuntos particulares, correspondientes al año 2015, se equiparán en su disfrute a los días por asuntos particulares.”

 

VER NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA

0 comentarios