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Aquí lo tenemos claro, pero como me gusta la explicación de COFPA de hace unos días, os la COPIO Y PEGO…

Aquí lo tenemos claro, pero como me gusta la explicación de COFPA de hace unos días, os la COPIO Y PEGO…

Es falso que el puesto de gerente del HUCA se convoque por concurso

 

Hoy miércoles 27 de julio vuelven a publicarse noticias sobre la nueva convocatoria para cubrir el puesto de Gerente del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) en las que se indica que se hace por “concurso”. Esta afirmación es falsa porque el sistema utilizado es el de “libre designación” y no el de “concurso de méritos” y genera confusión en la opinión pública, pues se quiere dar a entender que necesariamente se elegirá al candidato con mayores méritos cuando la “libre designación" (comúnmente conocida como nombramiento a dedo) ofrece un amplio margen de discrecionalidad a la hora de escoger entre los aspirantes al puesto.

 

Las diferencias entre el sistema de provisión por concurso de méritos y el de libre designación son sustanciales. Citaremos dos particularmente relevantes para entender el asunto que nos ocupa:

 

-         En el concurso la convocatoria va acompañada de un baremo de los méritos que se toman en consideración, de tal manera que la valoración de los mismos es objetiva y no deja margen a la discrecionalidad en la elección del candidato que resulte más idóneo. Por el contrario, en la convocatoria por libre designación no es necesario que figure baremo alguno – como se puede comprobar leyendo la referida al puesto de Gerente -, pues el Órgano competente para decidir puede apreciar discrecionalmente la idoneidad de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

 

-         Mientras que el concurso no puede dejarse desierto si existe algún candidato que alcance la puntuación mínima exigida en la convocatoria, esa posibilidad sí cabe en las convocatorias por libre designación, aunque existan candidatos perfectamente cualificados para el desempeño del puesto. Ello explica que las autoridades sanitarias asturianas hayan decidido no nombrar a ninguno de los trece aspirantes al puesto de Gerente del HUCA, dejando desierta la anterior convocatoria, a pesar de que, por lo que se conoce, algunos de ellos tenían currículos profesionales que les hacían perfectamente idóneos para ello.
   
      La sentencia del Tribunal Supremo de 25 de marzo de 2010, que adjuntamos (ver aquí), explica muy bien estas diferencias entre uno  y otro sistema de provisión de puestos.
   
     El Gobierno de D. Javier Fernández convocó el puesto de gerente del HUCA por libre designación y como ninguno de los trece candidatos presentados eran de su gusto, se acogió a la posibilidad legal de dejar desierta la convocatoria, lo que no hubiera sido posible si se hubiera convocado un concurso de méritos.

    
     Por tanto, el Gobierno del Principado ha actuado con total coherencia: quería y quiere nombrar al Gerente del HUCA con criterios de discrecionalidad y no mediante un baremo objetivo de méritos, por lo que realiza una nueva convocatoria, también por libre designación, por supuesto, en la que, ahora sí, pueda presentarse un candidato o candidata que le resulte cómodo.

 

La historia de la convocatoria del puesto de Gerente del HUCA es muy distinta a la que hasta ahora se nos ha contado. En el Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies confiamos en que aun se está a tiempo de contar la verdad. Los ciudadanos y ciudadanas de Asturias lo merecen.

 

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