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Y vuelven a perder los que querían que primara el interés particular sobre el general…

Y vuelven a perder los que querían que primara el interés particular sobre el general…

Los autobuses interurbanos podrán entrar en el Hospital Central

El TSJA estima el recurso iniciado contra el fallo que anulaba las paradas colocadas por el consorcio de transportes en el recinto de La Cadellada

 

Idoya Rey, Oviedo, en El Comercio

 

Con dos sentencias enfrentadas y un recuso de por medio, la decisión sobre las paradas de los autobuses interurbanos en el recinto del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) estaba en manos del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que acaba de posicionarse: el alto tribunal asturiano avala la entrada de los autocares en el recinto del hospital.

 

Este fallo es contrario a los intereses del Ayuntamiento y del colectivo de taxistas que había iniciado su propio pleito. En abril del pasado año, con apenas unos días de diferencia, se conocían dos sentencias enfrentadas sobre el asunto. Por un lado, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 daba la razón al Ayuntamiento y anulaba las paradas de autobús de recorridos interurbanos en el HUCA, implantadas de forma unilateral por el Consorcio de Transportes de Asturias (CTA). La sentencia consideraba «necesario» y «determinante» que el Ayuntamiento hubiese informado antes sobre las paradas, como administración competente, en la ordenación del tráfico urbano.

 

El fallo se vio en entredicho al dictar una sentencia en sentido contrario el Contencioso-Administrativo número 1 en el proceso que habían planteado sobre la misma cuestión las federaciones del taxi. Los servicios jurídicos del CTA consideraban que esta segunda sentencia entraba más al fondo del asunto y decidieron recurrir el primero de los fallos. La instancia a la que debían acudir era el TSJA, que ahora se ha pronunciado.

 

De un lado estaba el recurso del CTA, junto a los ayuntamientos de Noreña y Gijón, la Corporación Asturiana de Transportes, Automóviles Luarca S. A. y Ebrobus S. L. U.; del otro los ayuntamientos de Oviedo, Morcín, Siero, Ribera de Arriba, Riosa, Avilés, Lena, la Unión de Consumidores de Asturias y ASPAYM. Tras analizar las versiones de las partes concluye el alto tribunal asturiano que hubo una «actitud despreocupada» del Ayuntamiento de Oviedo al no entregar en tiempo el informe. «El Ayuntamiento conocía la celeridad del procedimiento ante la inminente apertura de las nuevas instalaciones sanitarias y conocía las posibilidades legales de solicitar documentación complementaria para emitir el informe», señala el fallo. Dice la Sala que «no se puede modificar al antojo de una de las partes los principios generales del procedimiento administrativo común con suspensión en su tramitación». Por ello y al no considerar ese informe determinante pues había una «relación interadministrativa», el TSJA da por bueno el fallo del Contencioso-Administrativo número 1 y el interés general de la entrada de autobuses interurbanas al HUCA. Cabe ahora un recurso de casación.

 

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