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LEGISLACION

En el BOPA de hoy: … y siguen saliendo las convocatorias para la provisión de puestos de Jefaturas, en este caso de Sección, en el HUCA…

En el BOPA de hoy: … y siguen saliendo las convocatorias para la provisión de puestos de Jefaturas, en este caso de Sección, en el HUCA…

Consejería De Sanidad

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Convocatoria de nombramiento temporal para la provisión de un puesto de Jefe de Sección de Medicina Intensiva del Hospital Universitario Central de Asturias. 

PDF de la disposición

Convocatoria de nombramiento temporal para la provisión de un puesto de Jefe de Sección de Neumología, perteneciente al Área de Gestión Clínica de Pulmón, del Hospital Universitario Central de Asturias. 

PDF de la disposición

Más convocatorias, en el BOPA de hoy, para la provisión de puestos de Jefaturas de Servicio en el HUCA…

Más convocatorias, en el BOPA de hoy, para la provisión de puestos de Jefaturas de Servicio en el HUCA…

Consejería de Sanidad

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Convocatoria de nombramiento temporal para la provisión de un puesto de Jefe de Servicio de Cirugía Plástica y Reparadora del Hospital Universitario Central de Asturias. 

PDF de la disposición

Convocatoria de nombramiento temporal para la provisión de un puesto de Jefe de Servicio de Inmunología del Hospital Universitario Central de Asturias. 

PDF de la disposición

Convocatoria de nombramiento temporal para la provisión de un puesto de Jefe de Servicio de Cirugía Maxilofacial del Hospital Universitario Central de Asturias. 

PDF de la disposición

En el BOPA de hoy…

En el BOPA de hoy…

Convocatoria para su provisión por el sistema de “libre designación”, del puesto de Director del Instituto de Medicina Legal de Asturias…

Foto: Instituto de Medicina Legal de Asturias en La Corredoria (Oviedo).

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y SECTOR PÚBLICO

Resolución de 7 de febrero de 2012, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se convoca, para su provisión por el sistema de libre designación, el puesto de Director del Instituto de Medicina Legal de Asturias.

Hallándose vacante el puesto de trabajo de Director del Instituto de Medicina Legal de Asturias, y al objeto de su provisión, en virtud de lo dispuesto en la Orden JUS/2948/2002, de 31 de octubre, por la que se dispone la creación del Instituto de Medicina Legal de Asturias, Resolución de 30 de junio de 2003, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se dispone su entrada en funcionamiento y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal al Servicio de la Administración de Justicia, en su virtud,

RESUELVO

Convocar para su provisión, por el sistema de libre designación, un puesto de trabajo de Director del Instituto de Medicina Legal de Asturias configurado en los siguientes términos…

VER TEXTO DE LA RESOLUCION EN EL BOPA DE HOY

VER NOTICIA ANTERIOR RELACIONADA

En el BOPA de hoy...

En el BOPA de hoy...

 

 

Proceso de integración del Hospital de Arriondas

 

El proceso, que finalizará con la integración efectiva del personal del Hospital del Oriente dentro del Servicio de Salud, hace necesario que, previamente, se constituyan los órganos de dirección, gestión y participación correspondientes a dicha área sanitaria; por ello hoy en el BOPA se promulga el

 

Decreto 12/2012, de 23 de febrero, por el que se crea una Gerencia única para la gestión del Área Sanitaria VI del Principado de Asturias,

 

cuyo objeto y ámbito de aplicación es el siguiente:

 

“El presente decreto tiene por objeto crear una Gerencia única en el ámbito territorial del Área Sanitaria VI, con cabecera en la localidad de Arriondas, para la gestión y ordenación integrada de los medios humanos, físicos y financieros de los centros de atención primaria y especializada que están localizados en los municipios que integran el Área Sanitaria…”

VER TEXTO INTEGRO DEL DECRETO EN EL BOPA

VER NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA

Más convocatorias, en el BOPA de hoy, para la provisión del puesto de Director de Areas de Gestión Clinica del HUCA…

Más convocatorias, en el BOPA de hoy, para la provisión del puesto de Director de Areas de Gestión Clinica del HUCA…

Consejería de Sanidad

 

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Resolución de 7 de febrero de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca la provisión del puesto de Director del Área de Gestión Clínica de Cardiovascular del Hospital Universitario Central de Asturias —Atención Especializada del Área Sanitaria IV (Oviedo)— del Servicio de Salud del Principado de Asturias 

PDF de la disposición

Resolución de 7 de febrero de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca la provisión del puesto de Director de Área de Gestión Clínica de Rehabilitación del Hospital Universitario Central de Asturias —Atención Especializada del Área Sanitaria IV (Oviedo)— del Servicio de Salud del Principado de Asturias.   

PDF de la disposición

Resolución de 7 de febrero de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca la provisión del puesto de Director del Área de Gestión Clínica de Salud Mental del Hospital Universitario Central de Asturias —Atención Especializada del Área Sanitaria IV (Oviedo)— del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

PDF de la disposición

Consecuencias de ciertas “chapuzas” de la época de Elena Arias en el SESPA y Quirós en la Consejería…

Consecuencias de ciertas “chapuzas” de la época de Elena Arias en el SESPA y Quirós en la Consejería…

 

Las Unidades de Gestión Clínica del Nalón también estaban afectadas por los defectos que los tribunales consideraron para proceder a declarar su nulidad…

 

El concurso para las jefaturas de dichas unidades “deberían haber sido aprobados por el Consejo de Gobierno, y publicadas en el BOPA” cosa que no se hizo…

 

La consecuencia es la nueva convocatoria de la Dirección de la UGC de Salud Mental, que se considera que estaba “vacante”, y la transformación de las otras dos (Hemodiálisis y UCI) en áreas de Gestión Clínica de mayor ámbito de actuación – Nefrología y Anestesia/UCI, respectivamente – que, oportunamente, se convocarán como corresponde…   

Resolución de 7 de febrero de 2012, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se convoca la provisión del puesto de Director del Área de Gestión Clínica de Salud Mental del Hospital Valle del Nalón - Atención Especializada del Área Sanitaria VIII (Riaño-Langreo) - del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

VER RESOLUCION INTEGRA EN EL BOPA DE HOY

VER INFORMACION DEL CONSEJO DE GOBIERNO Y DE LA ÚLTIMA REUNION DIRECCION/JUNTA DE PERSONAL, RELACIONADA

VER NOTICIA DE LAS ANULACIONES DE LAS CONVOCATORIAS DE LAS UGC

VER PRESENTACION EN MAYO DE 2010 DE LAS 3 UGC DEL NALON

El Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ya está en el BOE…

El Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ya está en el BOE…

VER EL TEXTO INTEGRO

El Gobierno impone como norma el despido de 20 días

El Ejecutivo rebaja también el coste del despido improcedente de 45 a 33 días.

No hará falta autorización administrativa para los ERE

Las empresas se podrán descolgar de los convenios

11/02/2012, A. REQUENA / D. MEDIAVILLA / MADRID, en La Voz de Asturias

Luis de Guindos susurraba el jueves al oído del comisario europeo de Asuntos Económicos, Olli Rehn, que la reforma laboral del Gobierno sería "extremadamente agresiva". "Ya verás, ya verás", decía. Estaba en lo cierto. La reforma del mercado de trabajo que aprobó este viernes el Ejecutivo refuerza el poder empresarial y atiende algunas de las peticiones históricas de la patronal. Desde su entrada en vigor despedir en España será mucho más barato y los empresarios podrán aplicar expedientes de regulación de empleo sin necesidad de autorización administrativa.

Varios miembros del Gobierno repitieron durante meses que la rebaja del coste del despido no era la solución al paro, pero la piedra de toque de la reforma aprobada es, precisamente, su abaratamiento. El contrato indefinido con una indemnización por despido de 45 días por año trabajado desaparece. A partir de ahora, todos los nuevos contratos indefinidos tendrán indemnizaciones de 33 días, con un tope de 24 mensualidades.

Los trabajadores tendrán que pelear ante el juez el pago de los 33 días

No obstante, despedir será aún más barato: las empresas podrán hacerlo directamente con 20 días de indemnización por año trabajado (con un tope de 12 mensualidades) y será el trabajador el que tendrá que recurrir a la Justicia si considera que su despido no estaba justificado por alguna causa económica o de la producción. En ese caso, el juez decidirá: si determina que la empresa despidió sin causa, el trabajador tendrá derecho a una indemnización de 33 días o a la readmisión en la empresa.

Además, el Gobierno amplía las causas por las que se puede despedir con 20 días de indemnización. A las razones que ya incluía la anterior reforma laboral del Ejecutivo de Zapatero (que introdujo la existencia de pérdidas como motivo de despido objetivo), se añaden otras, como la disminución de ventas o ingresos durante tres trimestres consecutivos. Fuentes del Ministerio de Empleo aseguraron que la pretensión del Gobierno es reforzar la causalidad de los despidos y que la elección de la persona a la que se cese no responda tanto a una cuestión económica (quién sale más caro o más barato despedir) sino a, por ejemplo, criterios de productividad. Eso sí, a costa de un abaratamiento general del despido.

La ministra de Empleo, Fátima Báñez, insistió en varias ocasiones en que la reforma no tocará los derechos consolidados de los trabajadores. Sin embargo, en la práctica no es exactamente así, ya que también afectará a las personas que actualmente tengan un contrato con indemnización de 45 días. A partir de la entrada en vigor de la norma, los contratos de estos trabajadores también tendrán indemnización por despido de 33 días.

La Administración tendrá la opción de despedir al personal laboral indefinido

Esto quiere decir que su indemnización por despido se calculará en función del tiempo que hayan trabajado con la modalidad de 45 días (hasta que entre en vigor la reforma y con la de 33 días (a partir de que rija la norma). En cualquier caso, unos y otros serán despedidos inicialmente con 20 días de indemnización.

Hacer expedientes de regulación de empleo (ERE) será, además, más fácil. Las empresas no necesitarán, como hasta ahora, la aprobación de la autoridad laboral competente, sólo tendrán que comunicarle su decisión. Deberán también consultar las condiciones con los representantes de los trabajadores, pero, en caso de que no haya acuerdo, el empresario tendrá poder unilateral para imponer sus condiciones, que los trabajadores podrán recurrir en los tribunales. Se trata de una reivindicación típica de la CEOE, y que los sindicatos siempre han rechazado por la inseguridad que genera para los trabajadores al eliminar la tutela judicial.

Báñez hablaba este viernes de una "reforma histórica", mientras que la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, se refería a una norma que marca "un antes y un después" en la regulación del mercado laboral. En cualquier caso, se trata de la segunda reforma laboral en menos de dos años, a la que hay que sumar la reforma de la negociación colectiva en junio del año pasado y varios paquetes de medidas. Ninguna de ellas ha conseguido, no ya crear empleo, sino evitar que continúe la destrucción de puestos de trabajo.

Los empresarios podrán imponer sus condiciones para aprobar un ERE

Una destrucción que también podrá producirse a partir de ahora en las administraciones públicas. La reforma abre la puerta a que los organismos y entidades del sector público despidan al personal laboral indefinido que ha accedido a su plaza mediante oposiciones aduciendo causas económicas, técnicas, organizativas y de la producción similares a las que invocan las empresas. Este colectivo está sujeto al Estatuto de los Trabajadores y a la negociación colectiva, a diferencia de los funcionarios, que gozan de una mayor protección.

Límites a los convenios

La reforma toca otra bandera sindical: la llamada ultraactividad de los convenios. Hasta ahora, un convenio se mantenía en vigor incluso una vez que hubiera caducado, hasta que patronal y sindicatos pactaran uno nuevo. Los sindicatos siempre han defendido esta fórmula para evitar que los trabajadores se quedaran sin sus derechos y, de hecho, consiguieron preservarla en el acuerdo que alcanzaron con la patronal hace unas semanas. A pesar de que la ministra señaló que "respetan" este pacto, también en este punto pasan por encima de lo acordado por los agentes sociales. Con la nueva norma, si las partes no llegan a un acuerdo sobre el convenio en dos años, este decaerá y los derechos que esos trabajadores hubieran adquirido desaparecen. En ese caso, y hasta la aprobación de un nuevo convenio, regirá el de ámbito superior y, en el caso de no haberlo, el Estatuto de los Trabajadores.

Si un convenio no se renueva en dos años, se pierden los derechos adquiridos

A esto se suma la primacía absoluta del convenio de empresa. Todas las condiciones laborales significativas se negociarán en el ámbito de la empresa, independientemente de los que sindicatos y patronal hayan establecido. Es decir, si antes los trabajadores estaban protegidos por convenios colectivos en los que se suma la fuerza de muchos y se cuenta con el apoyo de los sindicatos, ahora primará la negociación cuerpo a cuerpo con la empresa, con la dificultad que eso conlleva en el caso de las más pequeñas, sobre todo.

Fátima Báñez señaló también que la reforma "pretende acabar con la rigidez de nuestro mercado de trabajo", que en caso de crisis hace los ajustes mediante los despidos, en lugar de buscar fórmulas flexibles dentro de la empresa. Con esa justificación, las empresas con dificultades tendrán la posibilidad de descolgarse (no aplicar) de los convenios. En este caso, sí tendrá que haber pacto con los representantes de los trabajadores. En caso de no haberlo, se acudirá a la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de ámbito nacional o a sus equivalentes autonómicos.

A partir de enero de 2013 se restablecerá el límite de dos años para encadenar contratos temporales que el anterior Gobierno eliminó temporalmente el pasado agosto. Fuentes de Empleo especificaron que el límite no se restablece de forma inmediata porque son conscientes de que este año aún traerá destrucción de puestos de trabajo y mantendrán cualquier estímulo.

El 'reformazo' del PP: ¿golpe de Estado laboral?

La mayoría absoluta del PP dio carta blanca a Rajoy para propinar un hachazo a la legislación española en materia laboral. El Gobierno se escuda en el drama del paro para imponer una reforma que sacrifica los derechos de los trabajadores y da manga ancha a los empresarios. Se abarata el despido y se facilita el descuelgue de los convenios cuya prórroga no excederá de los dos años. Y todo al margen de los sindicatos, atados de manos y pies ante el rodillo de la derecha tras su victoria en las urnas. 

nuevatribuna.es

Una reforma “extremadamente agresiva”, aseguraba la víspera el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, en la reunión del Eurogrupo. Una reforma que le puede valer al Gobierno una huelga, tal y como manifestó temer el presidente del Gobierno en Bruselas. Y no es para menos. El Ejecutivo del PP aprobó este viernes una profunda revisión de la legislación laboral en España que supondrá, en palabras de la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría, “un antes y un después”.

Tras un intenso Consejo de Ministros, la número dos del Ejecutivo y la ministra de Empleo, Fátima Báñez, comparecieron ante los medios en el Palacio de La Moncloa para dar cuenta del contenido de la reforma aprobada de manera unilateral sin contar con los agentes sociales. Tanto Santamaría como Báñez se esforzaron en poner el énfasis en la necesidad de unos cambios que la patronal viene reivindicando desde hace tiempo escudándose en la dramática cifra del paro.

El Gobierno legisla así por encima de lo acordado por sindicatos y empresarios y rompiendo con el pacto constitucional del Estatuto de los Trabajadores de 1980. Una reforma de marcado carácter ideológico que, según ha reconocido el propio presidente del Gobierno no servirá para generar empleo este año, donde las previsiones apuntan a un aumento de las cifras de desempleo.

DA PRIORIDAD A LOS CONVENIOS DE EMPRESA

La reforma da un vuelco a la negociación colectiva dejando a los trabajadores al albur de lo que quiera el empresario. La reforma da prioridad a los convenios de empresa, de forma que, independientemente de lo que se pacte a nivel superior, se podrá consensuar un convenio de empresa que se adapte a sus necesidades y particularidades.

Además, se facilita a las empresas en dificultades la no aplicación del convenio de ámbito superior (descuelgue). En caso de que no exista acuerdo, las partes irán a la solución extrajudicial de conflictos y, en su caso, al arbitraje. De no ser así, se recurrirá a la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos nacional o a sus equivalentes autonómicos, que nombrará un árbitro que resolverá en un máximo de 25 días.

Por otro lado, se establece, en relación a la 'ultraactividad' de los convenios (prórroga automática de los mismos en ausencia de los nuevos) las partes deberán negociar un nuevo convenio en un plazo máximo de dos años. A partir de esa fecha, el convenio ya no estará vigente.

DESPIDO CON VEINTE DÍAS DE INDEMNIZACIÓN

La reforma, aprobada por Real Decreto-Ley, establece una indemnización por despido improcedente en el caso de los contratos indefinidos de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, mientras que la del despido procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo de un año de salario.

Esto supone condenar a la extinción al contrato indefinido ordinario de 45 días por año trabajado de indemnización por despido improcedente, pues desde la entrada en vigor de la reforma ya no se podrá contratar fijo con esta modalidad, sólo con la de 33 días. Para los trabajadores que ya tengan un contrato indefinido ordinario y sean despedidos de manera improcedente, la indemnización se calculará a 45 días por año hasta la entrada en vigor de la ley y desde esa fecha, a 33 días por año.

El Gobierno ha clarificado en esta reforma las características para que las empresas puedan acogerse a despidos objetivos por causas económicas (20 días por año trabajado), aunque Báñez ha dejado claro que "habrá control judicial" de las mismas.

Así, se entenderán por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, ha precisado Báñez, se entenderá que la disminución es persistente "si se produce durante tres trimestres consecutivos".

Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de 2013 el límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el anterior Gobierno, y suprime la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos. Báñez ha destacado que, dentro de la UE, esta autorización sólo estaba en vigor en España y Grecia, por lo que España es hoy "un poco más europea".

CONTRATO INDEFINIDO PARA EMPRESAS DE MENOS DE 50 TRABAJADORES

La reforma también contempla la creación de un nuevo contrato indefinido para empresas de menos de 50 trabajadores para potenciar la contratación, especialmente de los jóvenes, con un periodo de prueba de un año. Las empresas que se acojan a estos contratos tendrán derecho a una deducción fiscal de 3.000 euros cuando contraten a su primer trabajador, siempre que sea menor de 30 años.

Además, los emprendedores que contraten a un trabajador en paro bajo esta modalidad podrán deducirse fiscalmente el 50% de la prestación por desempleo que viniera cobrando el trabajador durante un año.

Por su parte, el trabajador podrá voluntariamente percibir, junto con su sueldo, el 25% de la prestación por desempleo durante el mismo periodo. Báñez ha dado mucho valor a esta medida pues, según ha destacado, "por primera vez", se permite compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con un sueldo.

Asimismo, la reforma fomentará la contratación indefinida de jóvenes de entre 16 y 30 años durante tres años con bonificaciones empresariales de hasta 3.600 euros y de hasta 4.500 en el caso de que los contratados sean parados de larga duración mayores de 45 años.

La norma crea una cuenta de formación para cada trabajador, potencia la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, regula por primera vez el teletrabajo, modifica el contrato estable a tiempo parcial y también el de formación y aprendizaje.

En este punto, Báñez ha explicado que el contrato de formación podrá realizarse con trabajadores de hasta 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15%. Cuando ésta caiga por debajo de esa barrera, la edad máxima del contratado será de 25 años. Además, ha dicho la ministra, los trabajadores podrán formarse en las propias empresas, al estilo del modelo dual de formación.

La reforma impulsará que los desempleados que estén cobrando la prestación puedan realizar servicios de interés general a la comunidad y desvinculará el absentismo individual del trabajador de la media de la plantilla.

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Cambios en las competencias sobre la Unidades de Gestión Clínica…

Cambios en las competencias sobre la Unidades de Gestión Clínica…

Los Directores de las Áreas y Unidades de Gestión Clínica ya no serán designados por las Gerencias de cada área

La Resolución de avocación de las competencias delegadas sale hoy en el BOPA


Solo poco más de 2 meses ha tardado el SESPA en retirarles a los Gerentes de Hospital y de A. Primaria las competencias delegadas para selección, nombramiento y cese respecto de los Directores de las Áreas y Unidades de Gestión Clínica.
El por qué lo explican en la propia Resolución de avocación por el “…interés en homogenizar los procesos de designación de dichos puestos, con intervención directa en la evaluación de los aspirantes presentados en cada caso…”, por parte de la Dirección Gerencia del SESPA, que es quién recupera dichas competencias.

VER TEXTO INTEGRO DE LA RESOLUCION