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En el BOPA de hoy ...

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OPE MEDICO DE URGENCIA HOSPITALARIA DEL SESPA: Adaptación de la Resolución de la anterior convocatoria a los cambios introducidos en la Resolución del BOPA del 9 de noviembre pasado

 

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Resolución de 10 de noviembre de 2009, de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se rectifica la Resolución de 28 de octubre de 2009, de la citada Viceconsejería, por la que se modifica la Resolución de 17 de diciembre de 2008, de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso a cuarenta y cuatro plazas de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria, dependientes del Servicio de Salud del Principado de Asturias, así como la Resolución de 17 de diciembre de 2008, de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso a dos plazas de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria, dependientes del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), reservadas a personas con discapacidad.

 

DE LAS SOLICITUDES YA PRESENTADAS

Las personas que hubiesen presentado hasta este momento instancia normalizada para participar en este procedimiento selectivo, conforme a las previsiones establecidas en la Resolución 17 de diciembre de 2008, de la Viceconsejería de Modernización y Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso a cuarenta y cuatro plazas de la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria, dependientes del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) (BOPA de 31 de diciembre de 2008), y en la Resolución de 28 de octubre de 2009 que modifica la anterior (BOPA de 9/11/09), se entenderá que mantienen su voluntad sin necesidad de que realicen nuevos trámites, salvo que, ante la modificación de la convocatoria, manifiesten su deseo de no concurrir al proceso selectivo debiendo hacerlo debidamente identificadas y por escrito. En este caso se iniciará un expediente de devolución de la tasa satisfecha en su momento.

 

DE LOS NUEVOS PLAZOS DE SOLICITUD

Se amplía el plazo de presentación de solicitudes en un mes a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución para que, quienes reúnan los requisitos previstos en la base segunda de la Resolución de la convocatoria y no hubiesen solicitado participar en el proceso selectivo, puedan hacerlo ahora. En este supuesto deberán seguir cualquiera de los procedimientos de presentación de solicitudes descritos en la base tercera. Para la valoración de los méritos se tendrán en cuenta los que ostenten los interesados al último día de presentación de solicitudes de esta nueva ampliación de plazo.

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