Blogia
La información es la base de tu opción ... y nosotros nunca te la ocultamos.

Desde aquí os lo habíamos contado hace 15 días…

Desde aquí os lo habíamos contado hace 15 días…

VER NUESTRA NOTICIA DE ENTONCES

El TSJA estima ilegal reducir el cobro de la carrera profesional durante una baja

28.09.10 - L. FONSECA | GIJÓN.

Reducir el cobro de la carrera profesional sanitaria cuando el personal se encuentra de baja laboral no es legal. Así lo ha entendido el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que asegura que la incapacidad transitoria (IT) «es una desgraciada circunstancia totalmente ajena a la voluntad del empleado» y, que, por tanto, no puede ni debe ser penalizada.

El tribunal se ha pronunciado de esta forma en respuesta a un recurso presentado por el Sindicato de Auxiliares de Enfermería (Sae) de Asturias contra la resolución del Servicio de Salud del Principado (Sespa) que regula los criterios de acceso y cobro a la carrera y desarrollo profesional de los trabajadores de la sanidad pública. Dicha normativa descuenta 0,75 puntos de la valoración general por cada mes en situación de baja laboral por enfermedad común.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, en una sentencia fechada el pasado 21 de julio, quita la razón al Sespa y concluye que «no puede ligarse la situación de incapacidad laboral transitoria a un elemento en la carrera profesional». En este sentido, razona que «los efectos de una organización jurídica deben estar al margen de los padecimientos físicos de sus empleados».

400 excluidos

El magistrado entiende que asignar un incentivo menor a quienes se encuentran de baja por enfermedad «es un criterio claramente discriminatorio con el resto de empleados que, por suerte, no han estado en esa situación». Por tanto, resume que la penalización de las IT «no parece que responda a criterios de estricta legalidad».

El pronunciamiento judicial servirá para desbloquear la petición de poco más de 400 auxiliares a los que el Sespa excluyó del cobro del desarrollo profesional por haber permanecido de baja y no llegar a la puntuación mínima exigida para poder cobrar dicho incentivo, que en el caso de dichos trabajadores es de poco más de 800 euros al año.

Responsables del Sindicato de Auxiliares de Enfermería señalaron que entre el personal excluido o cuya asignación por la carrera profesional se había visto mermada figuran trabajadores con largos periodos de baja por enfermedades tales como cáncer o infartos.

0 comentarios