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Colisión con derechos constitucionales fundamentales, entre otras cosas...

Colisión con derechos constitucionales fundamentales, entre otras cosas...

Reforma de la ley del aborto para exigir el consentimiento paterno

Foto: Ángel Aznárez, notario asturiano de Gijón.

La medida planteada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, esta semana está generando un recrudecimiento de una polémica que viene de lejos. Para el ministro la ley actual fue aprobada "sin consenso y con la opinión desfavorable de los órganos consultivos" y ha señalado que la reforma se inspirará en la defensa del derecho a la vida según la doctrina ya definida por el Tribunal Constitucional.

La ley vigente desde julio de 2010 no exige el consentimiento paterno, pero sí que los progenitores sean informados de que sus hijas de entre 16 y 17 años van a interrumpir su embarazo, siempre que éstas no aleguen peligro de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos o una situación de desarraigo o desamparo.

La actual regulación de la interrupción del embarazo establece el aborto libre hasta la semana 14, y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o la salud de la mujer o graves anomalías en el feto, y sitúa en 16 años la mayoría de edad para adoptar la decisión.

Esta ley supuso una reforma en profundidad de la legislación anterior, vigente desde el año 1985, cuando se despenalizó el aborto en las primeras doce semanas de gestación en los supuestos de violación; hasta 22 semanas en casos de riesgos de malformaciones en el feto; y sin límite en el supuesto de riesgo para la salud física o mental de la madre.

Los últimos datos oficiales sobre abortos en España se hicieron públicos en diciembre del pasado año, y revelaron que en el año 2010 113.032 mujeres interrumpieron voluntariamente el embarazo, lo que supuso un aumento del 1,3 por ciento respecto a las cifras del año anterior.

Según los datos del Ministerio de Sanidad, el número de intervenciones que se registraron desde la entrada en vigor de la ley -el 5 de julio de 2010- hasta el final del año (54.546 abortos) fue inferior al número de interrupciones que se llevaron a cabo desde el principio de año hasta esa fecha (58.486).

Aborto: la reforma huele a anticonstitucional

El notario asturiano Ángel Aznárez alerta sobre los peligros de legislar el consentimiento obligatorio de los padres en la interrupción del embarazo de menores.

En España los menores de edad no necesitan el permiso paterno para casarse ni para hacer testamento, entendidos como derechos íntimos.

Oviedo, Eduardo GARCÍA, en La Nueva España

La reforma de la ley del aborto, tal como fue planteada ante los medios de comunicación por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, huele a anticonstitucional. La pretensión del Gobierno de que las adolescentes de 16 y 17 años puedan abortar sólo si hay consentimiento paterno puede ir contra el artículo 10 de la Constitución española, que se refiere, entre otras cosas, a «la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes y el libre desarrollo de la personalidad».

El notario asturiano Ángel Aznárez está convencido de que si el Ejecutivo insiste en la regulación jurídica de ese consentimiento paterno «acabará encontrándose con que el Tribunal Constitucional declarará la ley nula porque atenta contra derechos fundamentales. Es un disparate exigir el consentimiento».

Aznárez cree que la propuesta de Gallardón es «aberrante», porque «existe un núcleo de actos que tienen que ver con lo más profundo de la persona y en los cuales no cabe el consentimiento».

No lo hay, por ejemplo, para casarse. Los adolescentes de 16 y 17 años lo pueden hacer libremente si están emancipados. Y a partir de los 14 años es el juez el que decide. «El padre es oído, pero no consiente». En el caso de un menor no emancipado, el juez le dispensa o no el impedimento de la edad, atendiendo a sus circunstancias. En el matrimonio canónico la dispensa la levanta el obispo, no los padres.

Lo mismo ocurre con el testamento, que todo menor puede llevar a cabo a partir de los 14 años. «El aborto es tanto o más personal que el matrimonio o el testamento. La Constitución habla de la dignidad de la persona y, por tanto, las limitaciones tienen que ser muy restrictivas, porque hablamos de derechos muy privados. En ese núcleo de derechos íntimos no puede haber veto», explica el notario gijonés.

El Ministerio de Justicia ha puesto el asunto sobre la mesa, lo que ha provocado esta semana el recrudecimiento de una polémica que viene de lejos. Desde Justicia se ha señalado que sólo ha sido una declaración de intenciones del Ministro y que falta un estudio más profundo. «Lo normal -señala el jurista asturiano- sería encontrar un procedimiento que no signifique el derecho de veto del padre» ante la pretensión de su hija menor de edad de interrumpir su embarazo.

Ángel Aznárez, que se declara, como cristiano, no partidario del aborto, añade que «el menor de 16 y 17 años no es ningún incapaz, sino alguien con un ámbito de autonomía personal muy grande».

El Gobierno del PP quiere introducir cambios en la ley de plazos socialista, de 2010, promovida un año antes por la entonces ministra de Igualdad, Bibiana Aído, por la cual una menor puede abortar libremente dentro del plazo legal, y alegar peligro de coacción o violencia familiar para evitar que sus padres sean informados de la interrupción del embarazo. La restauración del permiso paterno fue una propuesta electoral del actual partido en el Gobierno. Ahora le resta evitar un choque con la Carta Magna común.

Desde Asturias ya se frenó una «incongruencia» con la ley del Registro Civil

Oviedo, E. G.

Desde Asturias, por iniciativa del propio Ángel Aznárez, se frenó hace ahora un año un proyecto legislativo nacional que iba camino de un «jardín» jurídico de proporciones considerables. Era el proyecto de ley del Registro Civil en el que, remitiéndose a un artículo del Código Civil, se entendía como nacido a aquel bebé que tuviera figura humana y viviera 24 horas desde la ruptura del cordón umbilical.

Un artículo de Aznárez publicado en LA NUEVA ESPAÑA y titulado «Registro de vidas y de muertes» abrió la espita de la polémica. El proyecto, se decía, era «incongruente» y «contrario a los derechos de las mujeres». «Las dos exigencias anteriores podrían tener fundamento en la Edad Media. Lo de "figura humana" respondía a una misoginia del legislador, que creía que las mujeres podían parir monstruos», señala Aznárez. Según el texto inicial, la mujer que tuviera la desgracia de que el hijo, por enfermedad o accidente, se muriese en las primeras 24 horas, jamás tenía la posibilidad de tener un documento público de haber sido madre, siendo un aborto. El texto fue cambiado.

La FADSP se opone tajantemente a la reforma

El Gobierno del PP propone una modificación de la ley del aborto que supondria un verdadero desastre.

La actual Ley se aprobó, tras una gran presión social, porque la anterior desprotegía a las mujeres (obligadas a pasar por enfermas psíquicas para poder abortar) y a los profesionales al tener las indicaciones incluidas en la ley una gran indeterminación.

Sería un verdadero desastre que, llevado por los sectores de ideología ultramontana, este gobierno volviera a plantear a mujeres y profesionales una situación de indefensión frente al aborto.

Existe mucha evidencia científica de que las restricciones en el acceso al aborto a las mujeres favorece las prácticas ilegales e incontroladas y en suma aumentan los abortos, pero en peores condiciones sanitarias con lo que se incrementa la mortalidad.

La normalización del aborto, como la de la educación sexual y el libre acceso a las prácticas anticonceptivas son una garantía para la libertad de las mujeres y el libre ejercicio de sus derechos como personas.

Entendemos que deben de primar los derechos de las personas sobre la ideología religiosa y por eso, y para garantizar la salud de las mujeres, el gobierno debería de rectificar en este propósito

Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Publica

25 de enero de 2012

www.fadsp.org
Twitter: @fadspu
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