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¿POR FIN LLEGAN LOS CONSEJOS DE SALUD?

¿POR FIN LLEGAN LOS CONSEJOS DE SALUD?

A continuación, y pendiente de la oportuna valoración cuando veamos el texto publicado en el BOPA, os trascribimos la nota oficial de la Consejería de Sanidad del Princiapado de Asturias, sobre el acuerdo del Consejo de Gobierno para la constitución de los Consejos de Salud:

·      "  Aprobados los decretos que regulan la constitución y el funcionamiento de los Consejos de Salud de zona y de área, cuya puesta en marcha favorecerá la participación ciudadana en los temas relacionados con la salud.
 
La responsabilidad de participar en la gestión y mejora de los servicios sanitarios corresponde por igual a los profesionales y a los usuarios del sistema de salud, puesto que potenciar hábitos de vida sanos y entornos saludables es una tarea que beneficia a todos los ciudadanos por igual. Consciente de este hecho, la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios impulsa los Consejos de Salud como instrumentos para canalizar las opiniones, inquietudes y demandas de los ciudadanos.
 
La creación de los Consejos de Salud de Zona en el ámbito de la Atención Primaria pretende impulsar el protagonismo de la comunidad en la promoción y la educación en salud, para que sea una corresponsabilidad compartida por los ciudadanos y los profesionales sanitarios que conviven en cada una de las zonas básicas de salud.
 
El Consejo de Salud de zona es el órgano de participación comunitaria en el que se informará sobre los programas de salud y las actividades sanitarias que realizan los equipos de Atención Primaria. Entre sus funciones cabe destacar también la de contribuir a la elaboración del diagnóstico de la situación de salud de la zona, colaborar en la determinación de problemas prioritarios de salud y en la detección de necesidades específicas, servir de foro para elaborar programas de salud, contribuir al desarrollo y ejecución de iniciativas relacionadas con la información sanitaria y evaluar la situación de los recursos.
 
Los Consejos de Salud de Zona, que se reunirán al menos una vez cada tres meses, estarán compuestos por el coordinador y cuatro miembros del equipo de Atención Primaria, un representantes de los farmacéuticos y otro de cada uno de los ayuntamientos que constituyan la zona de salud, además de miembros de asociaciones de enfermos, de vecinos, de mujeres, de personas mayores, de jóvenes, consejos escolares y centrales sindicales.
 
Los Consejos de Salud de Área ejercerán funciones muy similares al Consejo de Salud de Zona, aunque su ámbito de actuación será mayor. Así, habrá uno por cada una de las ocho áreas sanitarias en las que está dividido el Principado. El órgano estará constituido por veinte miembros, diez de ellos en representación de la población del área (seis designados a propuesta de las corporaciones locales a través de la Federación Asturiana de Concejos y cuatro nombrados a propuesta de las asociaciones ciudadanas) y los otros diez en representación del Servicio de Salud del Principado de Asturias".     

 

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