PREGUNTAS Y RESPUESTAS SIMPLES SOBRE LO QUE AHORA OCURRE EN EL CONFLICTO DEL TRASLADO FORZOSO AL SANATORIO ADARO, Y QUE RECOMENDAMOS LEAIS CON ATENCION.
Como preámbulo hay que decir que “los traslados y adscripciones temporales de personal” son competencias de la Gerencia del SESPA delegadas en la Subdirección de recursos humanos y están enmarcadas en la obligada negociación con las organizaciones sindicales de un Plan de reordenación de recursos humanos inexistente hoy por hoy en Asturias.
¿Es, siquiera, ésta subdirección quien decide mandar a los trabajadores de Rehabilitación al Sanatorio Adaro (que no es un centro propio del SESPA)? NO.
¿Alguien ha delegado en el Gerente del Hospital esta capacidad de decisión? NO
Si hubiera sido así, ¿tendría el Gerente la obligación de hacerlo constar? SI
¿Lo hace en algún documento o foro con constancia escrita? NO
¿Su actuación – a través del intento de consumar hechos – se ajusta a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico? NO
¿Está motivado con fundamentos de derecho de algún tipo? NO
¿Su pretensión limita derechos subjetivos o intereses legítimos? SI
¿Se separa esta actuación de otras precedentes? SI … Más de mil veces hemos hecho constar que el criterio precedente existe en este mismo centro de trabajo en los años 1999 y 2000, y en la Atención especializada del área VII, en 2004…
¿Si consentimos esto pueden mañana mandarnos a trabajar a las dependencias del Pozo Mª Luisa, por poner un ejemplo? SI.
¿Es lo mismo el Pozo Mª Luisa que el Ambulatorio u otro centro propio del SESPA en nuestra área sanitaria? NO.
¿Ha habido notificación expresa a cada trabajador afectado? NO
¿Es todo esto un acto que pudiera pretender adquirir o justificar facultades, por parte del Gerente, careciendo de los requisitos esenciales para su adquisición? SI … Sobre esto último nos preguntamos si “contratar a los taxis” teniéndolos disponibles para llevar y traer a los trabajadores a lo largo de la mañana no es la adquisición de una facultad careciendo de los requisitos esenciales para ello. Perfectamente podrían no ser necesarios en absoluto, si se siguen los precedentes habidos y su coste, tal y como tenemos constatado para Atención Primaria es de 150 €/día por la disponibilidad, más el kilometraje. Aunque la disponibilidad sea más reducida, el coste supera con mucho los “precedentes” reclamados por los trabajadores que harían innecesaria dicha contratación y toda la conflictividad.¿Habrá otro tipo de intereses? NS/NC…
¿Puede generar todo esto lugar a indefensión? SI
Todo esto, y más que podíamos enumerar, hace que la Huelga del servicio de Rehabilitación en demanda de negociación, empiece a transformarse en algo bastante más grave.Por todo ello, os convocamos a la Asamblea del lunes día 8 a las 8 horas en el Salón de Actos de nuestro Hospital (ABIERTA A TODOS Y TODAS LOS QUE QUIERAN VENIR A ESCUCHAR U OPINAR).
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