Escrito urgente remitido por CC.OO. a la Mesa de Contrataciones del A. VIII por las VACANTES
A AL MESA DE CONTRATACIONES DEL AREA SANITARIA VIII
De: Representante de CC.OO. en dicha Mesa.
Asunto: Retraso en la convocatoria de la preceptiva reunión de la Mesa de contrataciones, máxime cuando se procede a la transformación en “interinos en vacantes” de los contratos de acumulos de tareas y de exceso de jornada, una vez aprobadas las plantillas orgánicas o presupuestarias de 2008.
Riaño-Langreo a 18 de diciembre de 2008
Estimado Sr. Presidente (Director-Gerente de la A.E. del area VIII):
Ya en la ultima reunión de la Mesa de contrataciones, celebrada el pasado día 25 de septiembre de 2008, le advertimos de la imperiosa necesidad de ir determinando con claridad y anticipación el sistema de transformación de contratos en vacante propiciados por la ampliación de plantillas de la Ley 3/2008. En ese momento había tiempo de sobra ya que la fecha en la que esa previsión nuestra se transformara en obligación y urgencia, no seria hasta la recepción por parte de los distintos centros de gasto de la plantilla presupuestaria debidamente aprobada por el SESPA. Dicha plantilla fue recepcionada en este centro la semana pasada y remitida a nuestro sindicato ayer.
En todo este periodo, casi tres meses, no hubo, por circunstancias de agenda de esa dirección, ninguna convocatoria de la Mesa de Contrataciones y, dicho sea de paso, este año, a diferencia de los anteriores y claramente alejados de las mínimas recomendaciones y obligaciones establecidas al respecto en el vigente Reglamento de Contrataciones, llevamos celebradas solo 4 reuniones.
Entre tanto, y sin que haya habido ninguna determinación clara por parte de la Mesa, el 16 de diciembre se ha procedido a iniciar la formalización de los contratos en vacante siguiendo el criterio de considerar todas esas vacantes como “mejoras de empleo”.
CC.OO. no esta de acuerdo con esta simplificación del criterio a aplicar y así se lo habíamos anunciado con anterioridad en reiteradas ocasiones.
El principio de causalidad en la contratación, al que se ajusta nuestro Reglamento de Contrataciones, previene la posibilidad de la identificación de plazas concretas que se transforman en vacantes con posterioridad: ” … porque están diligenciadas como peticiones de incremento de plantilla y constan en el Contrato Programa, porque son únicas y por lo tanto están identificadas, porque los contratos efectuados en ellas claramente expresan que preceden a vacante …”. Todas estas situaciones, que además permitirían no generar una alta rotación injustificada en los contratos vigentes (nada bueno para la organización y buen funcionamiento de la empresa); deberían ser despejadas con anterioridad a la utilización de la siguiente opción que es la que se utiliza en exclusiva: “la oferta generalizada de mejoras de empleo”. Y, porque, a nuestro juicio, blinda mas la decisión que se debería haber acordado en la Mesa de Contrataciones frente a la de que un interino desplace a otro – cuestión esta altamente sensible en vía de reclamación jurídica por los que se sientan perjudicados -.
No se si la actual decisión unilateralmente consumada en la actuación que se esta llevando a cabo desde personal con las llamadas para las vacantes es reversible o, siquiera, convalidable en una Mesa de Contrataciones pero, a nuestro juicio, seria mas que oportuno la convocatoria urgente de la Mesa.
Nuestra responsabilidad y obligación concluye aquí. De vd. depende que las consecuencias de esto sean mayores o menores, lo sean con la corresponsabilización de todos o de la mayoría de los componentes de la Mesa de Contrataciones o acaben siendo actuaciones, como lo son hoy, totalmente unilaterales.
Sin mas reciba un cordial saludo
Fdo: Arturo Méndez González
Srio. Gral. de la SSE de CC.OO. en este Hospital
y vocal de la Mesa de Contrataciones de este área
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