Algunos avances de los detalles
Las claves de la reforma de las pensiones
28/01/2011/ PÚBLICO
1. Años de cotización: 38 y medio para jubilarse a los 65
Los trabajadores con carreras de cotización prolongadas podrán librarse de la jubilación a los 67 años y convertirse en pensionistas a los 65 años y con el 100% de la prestación, como ahora, siempre que acrediten haber cotizado un mínimo de 38 años y medio (frente a los 41 años defendidos inicialmente por el Gobierno).
Según fuentes sindicales, esta fórmula permitiría jubilarse a los 65 años sin penalización alguna a algo más de la mitad de los trabajadores actuales. Así, quienes hayan comenzado a cotizar poco antes de los 27 años y no hayan visto interrumpida su vida laboral podrán seguir retirándose a los 65.
Con el nuevo modelo, se crea una nueva jubilación que se denominará "voluntaria". Así, se fija que a los 63 años un trabajador se podrá jubilar sin más criterio que el de tener como mínimo 15 años cotizados y asumir una penalización por los años que le resten para los 67 años y que estará en función de su vida laboral. En general, se prioriza la vida laboral sobre la edad biológica en todos los parámetros del sistema.
Ganan: Primero, la sostenibilidad del sistema. Y los trabajadores que antes empezaron su carrera.
Pierden: Quienes tengan pocos años cotizados, o un historial laboral discontinuo.
2. Profesiones penosas: El catálogo de beneficiarios se amplía
El anteproyecto de ley que el Consejo de Ministros aprobará hoy incluirá el compromiso de elaborar (mediante un desarrollo reglamentario) un catálogo de profesiones penosas, tóxicas y peligrosas para las que será posible jubilarse antes de los 65 años. Actualmente, ya hay regímenes especiales en la Seguridad Social (para los mineros y marineros, los ferroviarios, los jugadores de fútbol, los toreros, los artistas, el personal de vuelo y los bomberos) que permiten retirarse antes. La elaboración de ese catálogo es un compromiso adquirido por el Gobierno en 2006.
Fruto de esa promesa, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) elaboró un estudio que determinó que los trabajadores de la metalurgia, la extracción de minerales y la industria de la madera tienen más probabilidad de sufrir accidentes a partir de los 55 años en el desempeño de su puesto de trabajo. Los sindicatos han rechazado este estudio, porque piden que se fijen primero los criterios que definen la penosidad de una profesión. Con otros parámetros, muchos más trabajadores se retirarán antes.
Ganan: Los colectivos que actualmente no tienen un régimen especial de jubilación anticipada.
Pierden: El sistema se verá obligado a realizar un esfuerzo extra para estos colectivos.
3. Entrada en vigor: Sistema nuevo en 2027 o 2030
Uno de los puntos de fricción entre sindicatos y Gobierno en la maratoniana negociación de los últimos días ha sido la fecha elegida para definir en qué momento entran en vigor los cambios pactados. Cuándo empezará a cambiarse el sistema actual y cuánto se cambiará cada año hasta que esté plenamente vigente el nuevo sistema. A finales del pasado ejercicio, cuando el Gobierno mantenía la intención de ampliar desde los 65 hasta los 67 años la edad de jubilación, el presidente del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, planteó un periodo de 15 años situado entre 2013 y 2027, durante el que se iría añadiendo algo más de mes y medio cada año a la edad legal de jubilación.
Todos los participantes en la negociación parecen de acuerdo en esta fórmula de asunción paulatina del nuevo sistema, que habrá que afinar ahora mucho más puesto que ya no sólo es la edad, sino el número de años cotizados lo que se tendrá en cuenta a la hora de la jubilación. A cierre de esta edición, los sindicatos mantenían la intención de lograr que la entrada total en vigor se retrasase hasta 2030.
Ganan: Ampliar el plazo de entrada en vigor permite que las pérdidas se diluyan en el tiempo.
Pierden: De no ser así, esa dilución es menor, pero permite antes recortar el gasto público.
4. Periodo de cómputo: Aumento en diez años y de forma gradual
Actualmente, la pensión de jubilación se calcula tomando la media de los últimos 15 años de cotización del trabajador. La reforma incrementará ese plazo hasta los 25 años, aunque el cambio (que entraría en vigor a partir de 2013) no se haría de golpe, sino gradualmente: primero, se elevaría el periodo de cómputo a 20 años y posteriormente, hasta los citados 25 años. El plazo en el que se realice esa transición es uno de los puntos que anoche todavía impedían el acuerdo entre Gobierno y sindicatos.
El Ejecutivo quiere que ese alargamiento gradual del cómputo sea lo más rápido posible (en dos tandas de tres años), pero los sindicatos exigen que sea más gradual (cada cinco años).
El objetivo del alargamiento del periodo de cómputo (una medida que los sindicatos no ven con malos ojos) es reforzar el principio de contributividad (se refleja mejor la aportación de cada cotizante al conjunto del sistema). Además, esta fórmula beneficia a los trabajadores que se ven expulsados del mercado de trabajo en los últimos años de su vida laboral.
Ganan: Los trabajadores que pierden su empleo cuando les quedan pocos años para jubilarse.
Pierden: Personas que alcancen su pico salarial en los últimos años de su vida laboral.
5. Personas con hijos: Las lagunas de cotización contarán
Los periodos dedicados al cuidado de hijos también contarán como años cotizados. Las personas que hayan dejado el trabajo para cuidar a sus descendientes podrán acumular como máximo dos años de cotización. En el caso de un hijo, cotizarán un año. En el caso de dos hijos o más, sólo acumularán dos años de cotización. Este cambio será retroactivo, pero aún no se conoce desde qué año.
Precisamente, el Pacto de Toledo recogió en sus conclusiones una recomendación que instaba a paliar las lagunas de cotización que muchas personas, especialmente mujeres, tenían debido a los periodos dedicados a los cuidados de familiares.
Los becarios también tendrán derecho a que su beca se considere un periodo cotizado, siempre y cuando se acredite debidamente. Su situación se considerará "alta asimilada a la Seguridad Social", así que, si quieren que en el momento de su jubilación les cuente este periodo, tendrán que pagar de su bolsillo la cotización correspondiente. También será retroactivo.
Ganan: Por primera vez, los periodos de cuidado y las becas contarán para la jubilación.
Pierden: Los que queden fuera del plazo hasta donde alcance la retroactividad de la medida.
6: Trabajadores autónomos: Derecho a la jubilación anticipada
La posibilidad de jubilarse anticipadamente llega por primera vez para los trabajadores por cuenta propia. Se trata de una reivindicación histórica de las asociaciones de autónomos. A partir de ahora podrán acceder a la jubilación anticipada a partir de los 61 años, siempre y cuando lleven al menos seis meses en el paro (el cese de actividad para los autónomos comenzó a funcionar en noviembre pasado) y con los correspondientes coeficientes reductores de su pensión, y a la llamada jubilación voluntaria a partir de los 63 años.
Las condiciones de flexibilidad en la jubilación que finalmente incluya la reforma de las pensiones se aplicarán en los mismos términos para los trabajadores por cuenta propia. Las asociaciones lo ven con buenos ojos, ya que se trata de una equiparación de condiciones con los trabajadores del Régimen General. Aunque en principio se iba a elaborar un catálogo de profesiones penosas específico para autónomos, Trabajo optó finalmente por aplicar los mismo criterios que en el resto de trabajadores.
Ganan: Acceder por primera vez a la jubilación anticipada y equiparar condiciones.
Pierden: Se trata de un nuevo derecho para los autónomos, por lo que no hay perdedores
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