Importantes Acuerdos en el Consejo de Gobierno de ayer
Con los porcentajes más altos posibles…
Asturias complementa las bajas de funcionarios (incluidos estatutarios)
01.11.2012 – El Comercio
Hasta la entrada en vigor del decreto ley de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria, los empleados públicos de baja por enfermedad cobraban desde el primer día las mismas retribuciones que estando en activo, gracias a los complementos de la Administración. Desde julio eso no puede ser así y cada Administración tiene un margen para aplicar sus complementos. Ayer el Consejo de Gobierno del Principado aprobó esos complementos en los límites máximos que permite el decreto ley.
En la WEB oficial del P. de Asturias…
El Gobierno del Principado ahorrará 20 millones de euros anuales al sumarse a la central de compras de medicamentos y productos sanitarios del Sistema Nacional de Salud
Consejo de Gobierno de ayer. Acuerdos:
“El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la participación de Asturias en la central de compras del Sistema Nacional de Salud destinada a la adquisición de productos sanitarios y medicamentos. La previsión de ahorro para las arcas de la administración del Principado es de 20 millones de euros anuales y, por tanto, se convierte en una decisión de gran relevancia, porque muestra el compromiso del Gobierno con las políticas de austeridad y ahorro sin dañar la calidad de los servicios públicos, en este caso la sanidad.
Esta es una de las medidas de eficiencia puestas en marcha por la Consejería de Sanidad desde el inicio de legislatura y que incluye, entre otras, la revisión y renegociación de diferentes contratos y suministros por parte del Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA), la unificación de las áreas sanitarias y disminución de la estructura descentralizada del SESPA, el incremento de jornada laboral de los trabajadores del Servicio de Salud o las políticas de uso racional del medicamento. Esta central de compras es fruto de una reunión del Consejo Interterritorial de 18 de marzo de 2010, que consideró necesario trabajar con medidas de refuerzo de la calidad, equidad y la cohesión junto con otras de contención y de ahorro a corto y medio plazo.
El Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, contempla la previsión de medidas de eficiencia en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, mediante el fomento de actuaciones conjuntas de los servicios de salud en las adquisiciones que sean susceptibles de un mecanismo de compra conjunta y centralizado.
El Gobierno del Principado ya ha participado en la compra centralizada de suministros en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, con motivo de la adquisición de la vacuna de la gripe estacional que, en el conjunto del presente año y el siguiente, supondrá un ahorro estimado de de un millón de euros. Además, la participación de la Consejería de Sanidad en las contrataciones centralizadas que se impulsen por el Ministerio de Sanidad es una de las medidas contempladas en el Plan Económico Financiero de Reequilibrio 2012-2014.
Aprobados los complementos de bajas por enfermedad de los empleados públicos
El Consejo de Gobierno ha aprobado el acuerdo de regulación del complemento de incapacidad temporal de los empleados públicos, que regula el complemento a la prestación económica en situación de incapacidad temporal de los empleados públicos de la Administración del Principado y de sus organismos y entes públicos.
Con este Acuerdo, aprobado en la mesa general de negociación de la Administración del Principado el pasado 23 de octubre por la mayoría de los sindicatos, se da cobertura a las situaciones de baja temporal que se den desde el pasado 15 de octubre hasta la próxima entrada en vigor de la Ley de medidas urgentes en materia de personal, tributaria y presupuestaria, que la próxima semana comenzará a debatirse en la Junta General del Principado.
El Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y el fomento de la competitividad regula con carácter básico la incapacidad temporal de los empleados públicos, modificando el Estatuto Básico del Empleado Público.
Hasta la entrada en vigor del decreto, los empleados públicos de baja por enfermedad cobraban desde el primer día las mismas retribuciones que percibían en situación de alta porque al subsidio de la Seguridad Social se añadía un complemento por parte de la Administración pública hasta cubrir el 100% de las retribuciones habituales del trabajador. La nueva normativa estatal suprime los complementos de las administraciones públicas, de modo que el empleado de baja solo cobraría la prestación de la Seguridad Social, pero permite que las administraciones complementen esa prestación básica dentro de unos límites que el Principado ha aprovechado al máximo.
El Principado de Asturias ha optado por establecer el complemento más alto que permite la legislación estatal, lo que ha favorecido el acuerdo con las organizaciones sindicales y permite ofrecer la máxima cobertura posible a los empleados públicos de baja por enfermedad.
En el caso de una incapacidad por contingencias comunes, las retribuciones quedan establecidas de la siguiente forma:
- Durante los tres primeros días, que con la nueva normativa estatal quedarían sin ningún tipo de cobertura, se reconoce un complemento del 50% de las retribuciones habituales.
- Desde el cuarto día y hasta el vigésimo se reconoce un complemento que, sumado a la prestación de la Seguridad Social, sea equivalente al 75% de las retribuciones habituales.
- A partir del día 21 se reconoce el 100% de las retribuciones habituales. Por otra parte, en caso de bajas que tienen que ver con el ejercicio de la profesión o que, siendo contingencias comunes, suponen hospitalización o intervención quirúrgica, están relacionadas con el embarazo o son casos de carácter excepcional, la prestación reconocida por la Seguridad Social será complementada durante todo el periodo hasta el 100% de las retribuciones habituales.
Tras la aprobación de la Ley de medidas urgentes, en normativa de desarrollo se regularán los casos de excepcionalidad y de enfermedades graves, garantizando que los empleados públicos de baja por esos motivos puedan percibir el 100% de sus retribuciones habituales…”
VER MAS INFORMACION EN LA WEB DEL P. DE ASTURIAS
VER EL ACUERDO ALCANZADO CON UGT, SAIF, CESIF y CEMSATSE
VER NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA EN EL BLOG DE NUESTROS COMPAÑEROS DEL H. MONTE NARANCO
0 comentarios