Informe no vinculante dentro de un proceso al que aún se le augura un largo recorrido
Fallo del abogado general…
La justicia europea cree que el 'céntimo sanitario' es ilegal
España podría tener que devolver 13.000 millones de euros, aunque el dictamen admite que se podrían limitar los efectos en el tiempo
24.10.13 - EUROPA PRESS | BRUSELAS.
El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Nils Whal, ha dictaminado este jueves que el 'céntimo sanitario' -el impuesto sobre los carburantes que aplican algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad- vulnera la legislación comunitaria. España podría tener que devolver 13.000 millones de euros, aunque el dictamen admite que se podrían limitar los efectos en el tiempo de la sentencia final.
El fallo del abogado general -que no es vinculante, pero resulta refrendando por el TUE en el 80% de los casos- responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha pedido a la justicia europea que se pronuncie.
En sus conclusiones de este jueves, el abogado general sostiene que el impuesto "es contario a la directiva sobre los impuestos especiales" porque no cumple los dos requisitos que exige la norma para este tipo de gravámenes. En primer lugar, Whal asegura que el 'céntimo sanitario' no cumple el requisito relativo a la existencia de una finalidad específica no presupuestaria. Ello se debe, en particular, a que persigue el mismo objetivo que el impuesto especial armonizado sobre hidrocarburos, que consiste en reducir los costes sociales (sanitarios y medioambientales) provocados por el consumo de hidrocarburos.
Además, no se ha demostrado que la estructura del impuesto esté concebida para desincentivar el consumo de hidrocarburos o para incentivar el consumo de otro producto menos perjudicial. Finalmente, el dictamen dice que la mera afectación de la recaudación del impuesto a medidas sanitarias y medioambientales no basta para demostrar que persigue una finalidad no presupuestaria.
En segundo lugar, el abogado general entiende que el 'céntimo sanitario' tampoco cumple el segundo requisito exigido, porque no respeta el sistema general de los impuestos especiales o del IVA para la determinación del devengo. A diferencia del impuesto especial, que se devenga cuando el producto sale del último depósito fiscal, y del IVA, que es exigible en cada fase del proceso de producción y distribución, el 'céntimo sanitario' se devenga cuando los hidrocarburos se venden al consumidor.
El riesgo de España
En este asunto, España ha solicitado al Tribunal de Justicia que limite los efectos en el tiempo de la sentencia de ilegalizar el impuesto. En la práctica, esto significaría que la sentencia únicamente produciría efectos en el futuro y no afectaría a los impuestos recaudados en el pasado. Sobre esta cuestión, el abogado general no es categórico. Por un lado, admite que no puede descartarse un riesgo de repercusiones económicas graves dadas las cantidades considerables reclamadas y la "situación económica precaria" que atraviesan actualmente España y sus comunidades autónomas.
Por otro lado, Whal destaca que cuando se creó el 'céntimo sanitario' el Tribunal de Justicia ya había dictado una sentencia sobre la no conformidad de un impuesto similar y por tanto no había "incertidumbre" sobre la aplicación del derecho comunitario. "No puede descartarse categóricamente que el Tribunal de Justicia pudiera considerar limitar los efectos en el tiempo de una sentencia aun cuando no concurra el requisito de la incertidumbre en cuanto a la interpretación de las disposiciones pertinentes del derecho de la Unión", apunta el dictamen. "Esto sería posible en determinadas circunstancias completamente excepcionales en las que la repercusión económica de la retroactividad sería especialmente grave", señala el abogado general.
No obstante, también indica que "España parece haber asumido deliberadamente el riesgo de seguir adelante con la legislación controvertida y, en consecuencia, esa legislación se ha aplicado durante muchos años en perjuicio del consumidor final y del mercado interior". Los jueces empiezan ahora a deliberar y la sentencia definitiva se dictará en los próximos meses.
Europa cuestiona el "céntimo sanitario", con el que Asturias recaudó 370 millones
Hacienda confirma que el Principado y doce regiones más seguirán aplicando el recargo al consumo de combustibles
25.10.2013, Oviedo, J. A. ARDURA, en La Nueva España.
La justicia europea siembra dudas sobre la legalidad del "céntimo sanitario", un impuesto que grava las ventas minoristas de los hidrocarburos y que en España aplican trece autonomías, entre ellas Asturias, para ayudar a la financiación de la sanidad pública. El Principado ha recaudado alrededor de 370 millones de euros desde la entrada en vigor de este tributo indirecto en la región en 2002 y seguirá aplicándolo, a la espera de que haya una sentencia firme. El Ministerio de Hacienda aclaró ayer que ese impuesto, que recaudan las autonomías, fue modificado e incluido en el general sobre hidrocarburos el pasado año para evitar los efectos de una posible sentencia de la Unión Europea.
El informe, de carácter no vinculante, de Nils Whal, el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, concluye que el denominado céntimo sanitario que se aplica en España "es contrario a la directiva sobre los impuestos especiales" por los siguientes motivos:
-No cumple el requisito de que debe tener una finalidad específica no presupuestaria.
-No ha quedado demostrado que la estructura del tributo desincentive el consumo de hidrocarburos o, por el contrario, estimule el uso de otro producto menos perjudicial para el medio ambiente.
-No respeta el sistema general de los impuestos especiales o del IVA para la determinación del devengo, que en este caso repercute en el consumidor final y no en cada fase del proceso de producción.
Aunque el informe del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE no es vinculante, en el 80 por ciento de los pleitos las sentencias finales suelen dar por buenos sus análisis y conclusiones. España ha solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, en caso de una sentencia desfavorable al llamado "céntimo sanitario", limite los efectos en el tiempo de ese fallo. Es decir, el Gobierno central quiere evitar que se repita un caso similar al ocurrido con la devolución de las ayudas de los astilleros, que ha puesto en jaque a todo el sector, y ha llegado a plantear que un fallo contrario no afecte a los tributos recaudados en el pasado por las autonomías y tan sólo tenga efectos en el futuro.
Pese a esa precaución procesal, el Ministerio de Hacienda precisó ayer que ese tributo quedó integrado en el marco general del Impuesto sobre Hidrocarburos como un recargo, desde enero de este año, tras derogar el impuesto sobre ventas minoristas: el tributo de hidrocarburos tiene ahora un tipo estatal y un tipo especial autonómico, al que se han ido sumando paulatinamente, trece autonomías. Un portavoz del Ministerio de Hacienda confirmó ayer a LA NUEVA ESPAÑA, que las comunidades seguirán recibiendo la recaudación correspondiente al tipo autonómico.
El Gobierno asturiano hizo hincapié ayer en la necesidad de esperar a que haya "una sentencia firme". El informe del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE es un paso dentro de un proceso al que el eurodiputado popular Salvador Garriga augura "un largo recorrido". Desde el ejecutivo asturiano consideran que "se trata de un tributo estatal, aunque su recaudación corresponda a las comunidades autónomas" y que el impuesto sobre la venta minorista, al que hace mención el informe jurídico de la Unión Europea, "no está vigente desde 2012", cuando el Gobierno central modificó el Impuesto especial sobre hidrocarburos. El recargo aplicado por el Principado en el tramo autonómico del impuesto tiene asignada una partida de 30 millones de euros en el presupuesto de este año, aunque en ejercicios anteriores superaron los 40 millones. El "céntimo sanitario" grava cada litro de gasolina en 4,8 céntimos y de gasoil en 4 céntimos, aunque los transportistas tienen reconocida en Asturias la devolución del recargo.
Un conflicto judicial iniciado por una empresa de transportes de Cataluña
El Gobierno pide al Tribunal de Justicia de la UE que un fallo contrario no obligue a devolver las cantidades ya cobradas
25.10.2013, Oviedo, J. A. A., en La Nueva España
El pleito contra el "céntimo sanitario", que fue entablado por una empresa catalana, Transportes Jordi Besora, podría tener repercusión en el cumplimiento de los límites de déficit impuestos por Bruselas a España. La devolución de las cantidades cobradas por las autonomías plantea, además de un problema formal de casi imposible resolución, reintegrar el dinero a todos los particulares y empresas que abonaron los recargos, otro de tremenda repercusión: las autonomías, inmersas en una caída de ingresos brutal que les ha llevado a pedir la reforma del sistema de financiación, tendrían que afrontar devoluciones millonarias que supondrían un golpe mortal para sus tesorerías. "No creo que se plantee nunca la devolución con carácter retroactivo", afirmó el eurodiputado del PP, Salvador Garriga.
Transportes Besora ha reclamado la devolución de 45.632 euros, cantidad que abonó en concepto de impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos entre los años 2005 y 2008. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña decidió trasladar el pleito al Tribunal Europeo, que antes de dictar una sentencia firme ha recabado la opinión de su abogado general, cuyo informe provocó ayer numerosas reacciones en el mapa autonómico. El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, aseguró que ese dictamen no afectará a Galicia. El consejero de Presidencia de la Junta de Castilla y León, José Antonio de Santiago-Juárez, tampoco cree que la sentencia definitiva vaya a tener carácter retroactivo. Las organizaciones empresariales y del transporte, en cambio, han mostrado su satisfacción por el informe jurídico de Nils Whal.
Asturias, comunidad pionera en la aplicación de este tributo
-El Principado fue una de las primeras comunidades en aplicar el "céntimo sanitario" después de que el gobierno de José María Aznar autorizase a las autonomías a poner un recargo sobre el combustible para contribuir a la financiación de la sanidad.
-Las autonomías tenían "luz verde" para fijar un incremento sobre el litro de combustible que oscilaba entre un tramo mínimo de 1,2 céntimos y un tramo máximo de 4,8 céntimos.
-En las primeras anualidades, el gobierno socialista de Vicente Álvarez Areces optó por aplicar un tramo por debajo de la media: dos céntimos adicionales por cada litro de gasóleo 2,4 céntimos por cada litro de gasolina.
-Otras autonomías fueron aplicando este recargo para contrarrestar la caída de ingresos por la crisis económica.
-Castilla y León, Valencia, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cantabria, Cartaluña y Baleares aprobaron cobrar el tramo máximo el pasado año. Asturias aprobó elevar su tipo desde enero de este año.
-Galicia y Murcia son las autonomías con un tipo menor: 1,2 céntimos por litro, aunque la Xunta lo subirá en 2014.
-Canarias, Aragón, País Vasco y La Rioja no aplican este recargo fiscal.
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