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Dilación incompatible con la enfermedad, considera el juez.

Dilación incompatible con la enfermedad, considera el juez.

ENLACE CON LA SENTENCIA INTEGRA

El Sespa debe pagar más de 23.000 euros por la demora en una operación

El juez considera que «se superaron los plazos razonables» para atender a un enfermo cardíaco que optó por acudir a una clínica privada tras cinco meses de espera

09.11.13 - REDACCIÓN | GIJÓN, El Comercio.

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo ha condenado al Servicio de Salud del Principado (Sespa) a pagar a un paciente 23.188 euros, una indemnización equivalente al coste económico que tuvo que afrontar por la intervención quirúrgica realizada en una clínica privada. El juez entiende que la sanidad pública no le trató con la urgencia requerida y que hubo una dilación incompatible con el tipo de enfermedad. Afirma que «se superaron los plazos razonables».

Según recoge la sentencia el demandante, que padecía estenosis aórtica por calcificación de la arteria, acudió el 21 de diciembre de 2009 a una consulta privada de cardiología, donde le recomendaron una evaluación para operarse. Por ello acudió a su médico de familia, quien el 29 de diciembre le envió al Servicio de Cardiología de Cabueñes.

Desde allí, en febrero de 2010 le derivaron al Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), donde fue atendido el 1 de marzo de 2010. Se le dijo que la operación no sería antes de cinco o seis meses. En vista de los plazos y ante la gravedad, el hombre decidió acudir a la asistencia sanitaria privada. Fue operado con éxito en el Centro Médico el 3 de marzo. Posteriormente, desde el HUCA se le comunicó que se había decidido que se le iba a operar y se le dio cita para el 5 de mayo.

A la vista de los acontecimientos, el paciente decidió acudir a los tribunales, amparada por el abogado Manuel José Rodríguez, al entender que debían indemnizarle desde el sistema público, al existir urgencia vital en su enfermedad, que no fue atendida. El juez considera que «hasta mayo de 2010 pasó meses de riesgo de muerte súbita sin que la sanidad pública hubiese tomado una decisión sobre la operación». Cree el magistrado que sufrió una «dilación incompatible con su enfermedad».

El Principado deberá indemnizar a un paciente por la espera de una operación

El SESPA deberá pagar al hombre, que tenía una afección cardiaca, el equivalente al coste que tuvo que afrontar por la intervención en una clínica privada

EUROPA PRESS

Una sentencia del Juzgado de lo Concencioso-Administrativo número 5 de Oviedo ha condenado al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) a pagar a un paciente una indemnización equivalente al coste económico que tuvo que afrontar por la intervención quirúrgica realizada en una clínica privada. El juez entiende que la sanidad pública no le trató con la urgencia requerida y que hubo una dilación incompatible con el tipo de enfermedad.

El Juzgado ha estimado su demanda al entender que el Sespa no proporcionó al hombre la asistencia sanitaria que requería en atención a la urgencia que demandaba su enfermedad. Le obliga así a pagarle 23.188 euros más los intereses legales desde la primera reclamación que hizo en vía administrativa.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el hombre, que padecía una enfermedad cardiaca consistente en estenosis aórtica por calcificación de la arteria acudió el 21 de diciembre de 2009 a una consulta privada de cardiología, donde le recomendaron una evaluación para operarse . Tras esa consulta, acudió a su médico de familia, quien el 29 de diciembre emitió volante de consulta al Servicio de Cardiología de Cabueñes.

Allí llegó en febrero de 2010 y le derivaron al Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), diciéndole que el caso sería evaluado de forma conjunta por Cardiología y Cirugía Cardiaca y que le comunicarían la decisión adoptada.

El paciente acudió nuevamente al HUCA el 1 de marzo de 2010, sin que le concretasen fecha de intervención. Se le dijo que, en cualquier caso, no sería antes de cinco o seis meses. En vista de los plazos y ante la gravedad, el hombre decidió acudir a la asistencia sanitaria privada, Fue operado con éxito en el Centro Médico el 3 de marzo. Posteriormente, desde el HUCA se le comunicó que se había decidido que se le iba a operar y se le dio cita para el 5 de mayo.

A la vista de los acontecimientos, el paciente decidió acudir a los tribunales al entender que debían indemnizarle desde el sistema público, al existir urgencia vital en su enfermedad, que no fue atendida. Comenzó así un proceso de reclamaciones que al final ha conseguido darle la razón en un procedimiento en el que sus intereses han sido defendidos por el abogado Manuel Rodríguez Alonso, del bufete Norabogados.

En los argumentos jurídicos, el juez entiende que en este caso la sanidad pública debía haber atendido al hombre "a la mayor brevedad", una vez que tenía el diagnóstico en diciembre de 2009. "Podemos concluir que se superaron los plazos razonables para realizar una intervención quirúrgica", afirma el juez en la sentencia.

"Hasta mayo de 2010 pasaron casi siete meses de riesgo de muerte súbita sin que la sanidad pública hubiese tomado una decisión sobre la operación", añade, de tal forma que considera que el paciente sufrió una "dilación incompatible con el tipo de enfermedad". Por ello condena al Sespa a que abone los gastos de la operación en la clínica privada, más los intereses legales desde la reclamación en vía administrativa.

El Principado tendrá que pagar una operación en un centro privado por la excesiva demora

El coste de la intervención de corazón ascendió a 23.188 euros

Oviedo, P. Á., en La Nueva España

Tras una larga espera para operarse del corazón decidió acudir a una clínica privada. La operación costó 23.188 euros. Un juez ovetense ha decidido ahora que es el Servicio de Salud del Principado (Sespa) quien debe hacerse cargo de esta factura -más los intereses- bajo el argumento de que sometió al paciente a "una dilación incompatible con el tipo de enfermedad" que padecía: una estenosis aórtica debida a una calcificación de la arteria. El paciente, cuya identidad no ha trascendido, reside en Gijón y tiene más de 80 años.

La sentencia del Juzgado de lo concencioso-administrativo número 5 de Oviedo juzga una situación que comenzó en diciembre de 2009, cuando el enfermo acudió a una consulta privada de cardiología y, días después, su médico de familia le dio un volante para el servicio de Cardiología del Hospital de Cabueñes, de Gijón, con el fin de que los especialistas valorasen la posibilidad de operarlo para sustituirle la válvula aórtica.

En esa consulta de Cabueñes, en febrero de 2010, fue derivado al Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) para que el caso fuera valorado de forma conjunta por cardiólogos y cirujanos cardiacos. Se le dijo entonces que le sería comunicada la decisión adoptada. En una segunda consulta en el HUCA, el 1 de marzo, se le dijo que la operación no se llevaría a cabo "antes de cinco o seis meses". Fue entonces cuando el paciente gijonés decidió acudir al Centro Médico de Asturias, donde fue intervenido con éxito el 3 de marzo de 2010. Posteriormente, el HUCA le informó de que sería operado y le citó para una nueva consulta el 5 de mayo.

Riesgo vital

El Sespa se negó a pagarle la intervención, y el paciente presentó una demanda que fue desestimada por el Juzgado de lo social número 3 de Gijón. La nueva resolución judicial sí le da la razón. "La sanidad pública ya tenía un diagnóstico de estenosis sintomática en diciembre de 2009, y ya se sabía que el paciente tenía síncopes de repetición desde octubre de 2009", señala la sentencia del Juzgado de lo concencioso-administrativo número 5 de Oviedo.

El juez concluye que "su decisión de acudir a la sanidad privada para el recambio valvular por prótesis no se antoja irrazonable, dado el riesgo vital que demuestran todos los informes privados y públicos". La sentencia niega al demandante su pretensión de recibir una indemnización por daños morales, ya que "no se acredita un perjuicio psicológico clínicamente demostrado".

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