El Gobierno ya no tiene ninguna excusa para devolver la paga extra, por lo que CSIF ha reclamado una convocatoria urgente de la Mesa General de las Administraciones Públicas, para generalizar esta devolución al conjunto de los empleados públicos de España
Primera sentencia que obliga al Estado a pagar parte de la extra de 2012 a los funcionarios
22.02.2014, Madrid, Agencias, en La Nueva España.
La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Interior a devolver a un funcionario parte de la paga extra de diciembre de 2012, que fue suprimida por el Gobierno mediante un decreto ley como medida para ayudar a recortar el déficit público. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso. En el texto se reconoce el derecho del funcionario demandante a que le sea abonada la parte proporcional de la paga extra de diciembre devengada entre el uno de junio y el 14 de julio, así como la parte proporcional del complemento específico y demás cantidades que deberían abonarse junto con la paga extraordinaria. Es la primera sentencia de este tipo contra la Administración del Estado y es semejante a otras que ya se produjeron en varias autonomías.
El juez entiende que el decreto ley que suprimió la paga extra y que entró en vigor el 15 de julio no afecta a la parte devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio, fecha hasta la que los funcionarios mantenían el derecho a percibir las dos pagas extra en 2012. El magistrado también explica que, aunque la paga se cobra de forma acumulada al vencimiento de los seis meses durante los que se devenga, no hay ningún impedimento para que en determinadas circunstancias se produzca una liquidación parcial.
Un tribunal obliga al Estado a devolver parte de la paga extra a los funcionarios
Es la primera sentencia en firme contra la Administración General del Estado (AGE)
El juez censura la retroactividad del decreto porque viola el principio de seguridad jurídica
J. SÉRVULO GONZÁLEZ, Madrid, en El País.
El Juzgado Central de lo contencioso administrativo número 4 de Madrid ha dictado una resolución por la que obliga al Ministerio del Interior a devolver la parte proporcional de la paga extraordinaria suprimida en diciembre de 2012 en el decreto de recortes del Gobierno de aquel año. El tribunal ordena al ministerio a que "le sea abonada la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente al periodo comprendido desde el 1 de junio hasta el 14 de julio de 2012, así como la parte proporcional del complemento específico y demás cantidades que deberían abonarse junto con la paga extraordinaria".
Se trata de la primera sentencia en contra de la Administración General del Estado (AGE). Hasta ahora los tribunales se habían pronunciado a favor de los empleados públicos de administraciones locales o regionales. Pero hasta la fecha ninguna de las decisiones judiciales afectaba a los funcionarios de los ministerios, según reconocen en el sindicado CSIF.
En julio de 2012, el Gobierno de Mariano Rajoy decidió suprimir la paga de Navidad a todos los funcionarios y empleados públicos de todas las administraciones para ahorrar entorno a 5.000 millones de euros. El compromiso pasaba por restituir la cantidad correspondiente a la paga extra a partir de 2015, mediante su ingreso en los planes de pensiones de los funcionarios. Pero la complejidad del sistema de empleo público, donde conviven funcionarios, interinos, laborales y eventuales, complica la aplicación de la norma.
La resolución dictada el pasado 30 de enero por el juzgado central del contencioso administrativo número cuatro de Madrid da la razón a un funcionario del cuerpo de ayudantes de instituciones penitenciarias —identificado bajo el nombre de Manuel— dependiente del Ministerio del Interior. El funcionario solicitó en septiembre de 2012 el cobro de la parte proporcional de la paga extra antes de la entrada en vigor del decreto de recortes del Gobierno, el 14 de julio de ese año. Pero la dirección del centro penitenciario donde estaba destinado (Lugo Matorroso) lo rechazó. El funcionario recurrió ante el contencioso administrativo, que ahora ahora resuelve que el ministerio del Interior le pague las cantidades correspondientes a la parte proporcional.
El argumento jurídico principal del tribunal es que "la paga extraordinaria es un concepto retributivo fraccionable".
La resolución judicial censura "la aplicación retroactiva del Real Decreto porque contravendría los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima". Además, el tribunal contencioso administrativo, que remarca que la sentencia es firma y no admite recurso, rechaza la cuestión de inconstitucionalidad porque "el decreto 20/2012 —la norma que incluía la supresión de la extra— no puede afectar al derecho consolidado de percepción de la paga extraordinaria devengada parcialmente hasta la fecha en que el mismo entró en vigor".
"La sentencia supone el colofón de una cadena de pronunciamientos judiciales a lo largo y ancho del Estado y tiene una gran relevancia desde el punto de vista jurídico", señala este sindicato, uno de los más representativos de las Administraciones Públicas. "De entrada, los criterios de la sentencia serían aplicables al conjunto de funcionarios de Interior, es decir, Policías, Guardias Civiles, Funcionarios de Prisiones y administrativos, entre otros. Y desde luego, al resto de los funcionarios de la Administración General del Estado", añade.
CSIF considera que "el Gobierno ya no tiene ninguna excusa para devolver la paga extra, por lo que ha reclamado una convocatoria urgente de la Mesa General de las Administraciones Públicas, para generalizar esta devolución al conjunto de los empleados públicos de España":
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