Empieza esa época en la que, cada cuatro años, aparecen todos los sindicalistas, especialmente los liberados, por los centros de trabajo puede que ahora, incluso, convoquen alguna asamblea
Instrucciones para la celebración de elecciones sindicales al Comité de Empresa del Hospital del Oriente de Asturias.
Boletín Nº 281 del jueves 4 de diciembre de 2014
OTRAS DISPOSICIONES
CONSEJERÍA DE SANIDAD
SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)
Resolución de 20 de noviembre de 2014, del Director Gerente del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se dictan instrucciones ante la celebración de elecciones sindicales al Comité de Empresa del Hospital del Oriente de Asturias.
Promovida la celebración de elecciones sindicales para la determinación de la composición del Comité de Empresa del Hospital del Oriente de Asturias, y estando previsto que el acto de votación se celebre en el próximo mes de diciembre de 2014, resulta conveniente, por parte del Servicio de Salud del Principado de Asturias, establecer unas normas comunes de actuación que faciliten el normal funcionamiento de todo el proceso electoral.
La participación de los profesionales sanitarios en los procesos de elecciones sindicales viene entendiéndose como un permiso para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público, encuadrado dentro del artículo 48.j) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como del artículo 14.2 del Decreto 72/2013, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de jornada, horario, vacaciones y permisos de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos.
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