Más de 29.000 asturianos se prejubilarán hasta 2019
El Real Decreto Ley del 15 de marzo de 2013 permite que los trabajadores que cumplan 61 años antes del 31 de diciembre de 2018 puedan acogerse al modelo antiguo de jubilación parcial anticipada por contrato relevo, siempre y cuando empresas y empleados hubieran firmado un acuerdo en este sentido antes del 31 de marzo de 2013 para añadirlo a sus convenios colectivos.
En Asturias, solo las grandes empresas acudían a la fórmula de contrato relevo para poner en marcha jubilaciones anticipadas, pero la puerta abierta por el Gobierno en la disposición transitoria del nuevo real decreto de 2013 tuvo un efecto llamada y fue aprovechado masivamente por trabajadores y empresas. Se calcula que unos 29.000 empleados asturianos accederán a la jubilación anticipada por esta vía hasta 2019, año en que finaliza el periodo establecido por el real decreto. Entre los requisitos que se necesitan para el contrato relevo se encuentra tener una antigüedad mínima en la empresa de seis años, una cotización mínima de 33 años, 25 para quienes tengan una discapacidad. El porcentaje de reducción debe ser como mínimo de un 25% y como máximo de un 50%, aunque podrá ser de un 75% si el relevista es contratado a tiempo completo y con un contrato indefinido. Las diferencias con el modelo nuevo son sensibles tanto para empleados como para empresas, en materia de cálculo de años de jubilación, así como de coberturas salariales y de seguridad social.
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