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Incluye la modificación de la Troncalidad…

Incluye la modificación de la Troncalidad…

Sanidad publica el Proyecto de Real Decreto de Registro de los Consejos y Colegios Profesionales

Acta Sanitaria

 

El Ministerio de Sanidad ha hecho público el Proyecto de Real Decreto por el que se regulan los registros públicos de profesionales de los Consejos Generales de los Colegios Oficiales de las profesiones sanitarias, del que el director general de Ordenación Profesional, Carlos Moreno, ya adelantó recientemente a Acta Sanitaria que había sido remitido a la Secretaría General Técnica “para iniciar su tramitación”.

 

Este representante de la cartera sanitaria del Gobierno indicó, precisamente, sobre el texto hecho público este viernes, 24 de julio, que en el mismo se incluye la modificación de la Troncalidad. Ésta tiene el objetivo principal de que los alumnos puedan disponer de la opción de elección única de tronco y especialidad justo después del examen para Médico Interno Residente (MIR).

 

Según expone el borrador, el Real Decreto futuro regulará “los criterios generales, requisitos y principios de los registros públicos de los Consejos Generales de Colegios de las profesiones sanitarias, de acuerdo con el artículo 5.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias”.

 

En este sentido, el Proyecto de la norma señala que el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), en su reunión del 14 de marzo, “adoptó un acuerdo sobre los registros de profesionales sanitarios, estableciendo, entre otros principios generales a los que las Administraciones sanitarias deberán ajustarse cuando establezcan los criterios generales y requisitos mínimos de los registros de los colegios profesionales y consejos autonómicos”… (leer más)

 

 

Los registros de profesionales sanitarios incluirán la recertificación

Enfermería estudia el contenido del nuevo articulado

 

R. M. Platel / Jesús Vicioso, Madrid, en Redacción Médica

 

Sanidad ha dado un paso más para la puesta en marcha del Real Decreto por el que se regulan los Registros Públicos de Profesionales de los Consejos Generales de los Colegios de las Profesiones Sanitarias y ha presentado una segunda versión de la propuesta que incluye los datos que deben completar los profesionales y que deben constar en este fichero.

 

El documento recoge que en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este RD, los consejos generales, consejos autonómicos y colegios afectados deberán adaptar sus registros a lo dispuesto en la normativa.  Además, contarán con el desarrollo profesional, la carrera y la recertificación.

 

Más allá del nombre y los apellidos, el número de DNI, la fecha de nacimiento, el sexo o la nacionalidad, el texto formula una serie de cuestiones que involucran más a la esfera laboral del profesional, tales como como la titulación, la especialidad o el lugar de ejercicio. En este punto, cabe destacar que pregunta acerca de la situación profesional, donde el profesional debe indicar si está en activo, con contrato fijo, indefinido, temporal o autónomo y si la jornada de trabajo es a tiempo completo o parcial.

 

Además, deberá subrayar el tipo de vinculación laboral, es decir, si el profesional es autónomo o trabaja por cuenta ajena. En este caso se indicará si trabaja para una entidad pública (servicio de salud u otras administraciones públicas) o para una entidad privada… (leer más)

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