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Esto me suena a la histórica demanda de los empresarios, desde los tiempos del INSALUD, de que tuvieran preferencia los trabajadores en activo para disminuir el absentismo, que rechazamos siempre de plano por atentar al principio de igualdad…

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La situación social del paciente podrá acortar su estancia en la lista de espera sanitaria

El decreto del Principado prevé que en determinadas circunstancias del enfermo la demora no podrá superar los 90 días

 

LAURA FONSECA, GIJÓN, en El Comercio

 

Un mes para operaciones que siendo programables, es decir, no urgentes, «no admiten demoras» por encima de los treinta días. Tres meses para enfermos «cuya situación clínica o social admite una demora relativa», siendo lo recomendable operarles en el plazo inferior a los 90 días. Y más de tres meses para pacientes «cuya patología permite la demora del tratamiento, ya que aquella no produce secuelas importantes». Esta será la clasificación que la Consejería de Sanidad otorgará a los enfermos pendientes de una intervención quirúrgica en hospitales dependientes del Servicio de Salud del Principado (Sespa). Así aparece reflejado en el futuro decreto de tiempos máximos elaborado por la administración sanitaria. El último borrador de la normativa al que ha tenido acceso EL COMERCIO recoge que habrá tres tipos de prioridades a la hora de entrar en lista de espera. Los enfermos que catalogados como 'Prioridad 1' deberán ser operados en 30 días, los que lo hagan en 'Prioridad 2' aguardarán hasta un tope de 90 días y los de 'Prioridad 3' más de tres meses.

 

Pero junto a la clasificación de estos tiempos de actuación, que tendrán categoría de ley, el decreto diseñado por la consejería que dirige Francisco del Busto introduce una novedad importante y es que a la hora de establecer la demora sanitaria no solo se tendrá en cuenta el diagnóstico y el estado clínico del paciente sino también «su situación social». Precisamente este fue uno de los aspectos que diversos expertos pusieron en el centro del debate en el transcurso de las comparecencias en la comisión de investigación parlamentaria de listas de espera. Los especialistas llevan tiempo demandando la inclusión de otros factores, además del clínico, a la hora de fijar los plazos de demora para una operación, una consulta o una prueba diagnóstica. Conocer la situación del enfermo ayudaría a la hora de priorizar y dar mayor o menor velocidad a cada caso. No es lo mismo un paciente jubilado que espera por una operación de espalda que un trabajador en activo que aguarda por el mismo proceso, señalan como ejemplo. En España no es habitual que los médicos tengan en cuenta estas circunstancias cuando el enfermo entra en lista de espera, sin embargo, sí ocurre en sistemas de salud del entorno europeo.

 

Preferente, quince días

Los tiempos de espera para consultas externas, pruebas diagnósticas y procedimientos terapéuticos se clasificarán de manera diferente a los quirúrgicos. La 'Prioridad 1' será para casos preferentes y deberán ser resueltos en quince días. La 'Prioridad 2' corresponderá para las consultas consideradas ordinarias y estas no tendrán una demora predeterminada.

 

Todos los enfermos que entren en lista de espera recibirán un certificado en el que constará su inclusión en el registro, así como el diagnóstico, el proceso por el que están esperando, el servicio médico responsable, el facultativo que hace la indicación y el hospital en el que, en principio, se realizará la asistencia sanitaria. El decreto fija demoras de 180 días para seis procesos quirúrgicos, 60 días para citas en diez especialidades y también de 60 días para cinco tipos de técnicas diagnósticas. Excluye los trasplantes de órganos y circunstancias sobrevenidas de situaciones de catástrofes, una calificación que se suele aplicar en caso de huelga sanitaria.

 

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