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Más sobre el Acuerdo para el SUAP… incluimos el borrador del texto propuesto para la firma…

Más sobre el Acuerdo para el SUAP… incluimos el borrador del texto propuesto para la firma…

Los salarios de las urgencias de Primaria y Hospitalaria, equiparados

Los médicos y enfermeros de las urgencias de primaria cobrarán complementos de 344 y 75 euros, respectivamente

 

Redacción Médica

 

El Servicio de Salud del Principado (Sespa) y los sindicatos han alcanzado un acuerdo que para que el personal del Servicio de Urgencias de Atención Primaria (SUAP) se equipare salarialmente con el de Servicio de Asistencia Médica Urgente (SAMU), con lo que se satisface una reclamación de más de una década. 

 

El pacto se alcanzó por unanimidad en la Mesa Sectorial de Sanidad. Según explican los sindicatos CC.OO. y Usipa, los médicos, enfermeras y celadores del SUAP, para los que se consiguió la mejora salarial, no cobraban festivos, noches ni turnos.

 

El acuerdo está pendiente ahora de ser detallado entre las partes reunidas en la mesa sectorial y de que la Consejería de la que es titular Francisco del Busto lo traslade, pero en esencia se trata de aplicar los mismos complementos que en el SUAP.

 

En líneas generales, los facultativos cobrarán un complemento por hacer jornadas de mañana, tarde y noche, de 344 euros, mientras que los enfermeros percibirán un complemento por turnicidad de 75 euros mensuales y también por cada hora de noche en día laborable, en domingo o festivo.

 

BORRADOR DE ACUERDO EN LA MESA SECTORIAL DE SANIDAD DE ASTURIAS:

 

ACUERDO DE MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL ESTATUTARIO, DE .................., SOBRE LA ADOPCION DE MEDIDAS PARA LA MEJORA RETRIBUTIVA Y ORGANIZATIVA DE LOS DISPOSITIVOS SUAP (SERVICIO DE URGENCIAS DE ATENCIÓN PRIMARIA).

 

En Oviedo, a ..... de 2016, la Administración del Principado de Asturias y las organizaciones sindicales FSES, CCOO, UGT, SICEPA-USIPA/SAIF y USAE, presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Estatutario, convienen en suscribir el siguiente Acuerdo

 

PREAMBULO

 

Desde anteriores legislaturas se han venido planteando por parte del colectivo de los Servicios de Urgencia de Atención Primaria (SUAP), diferentes reivindicaciones respecto a sus condiciones laborales y salariales cuyo abordaje quedó pendiente, en espera de desarrollar un sistema integrado de la prestación de servicios urgentes en todo el Servicio de Salud del Principado de Asturias. Habiendo transcurrido más de una década desde el estudio inicial del citado proyecto, tanto la Administración como el colectivo SUAP son conscientes de la necesidad de ir avanzando en la definición de un nuevo modelo de organización de las urgencias que mejore la calidad del servicio y las condiciones de trabajo de sus profesionales.

 

Con este objetivo, y teniendo en cuenta las especiales características del trabajo desarrollado por este colectivo (jornada nocturna, peligrosidad, penosidad, festividad…) la Administración considera necesario en este momento dar el primer paso y regular adecuadamente sus condiciones laborales mejorando tanto sus retribuciones, para equiparlas al personal homólogo de Emergencias, como ordenando la prestación de sus servicios a través del Jefe de Unidad de Coordinación del Programa Marco de Atención a Urgencias y Emergencias Sanitarias.

 

En atención a lo expuesto, por medio del presente Acuerdo se adoptan medidas para la mejora retributiva y organizativa en el ámbito de la atención urgente en Atención Primaria del Servicio de Salud del Principado de Asturias, y en consecuencia se formula el presente

 

A C U E R D O

 

PRIMERA.– MEJORA RETRIBUTIVA

 

Dentro del marco de mejoras de las condiciones de trabajo del personal afectado por el presente compromiso se reconoce al personal del SUAP la equiparación retributiva con el personal homólogo de Emergencias (SAMU).

 

En consecuencia, con efectos del 1 de enero de 2016 el personal facultativo tendrá derecho a percibir como parte de su complemento específico, el componente singular por realización de jornada de mañana, tarde y noche, valorado en 344,26 € mensuales en el año 2015.

 

Por su parte, el personal de enfermería del Servicio de Urgencias de Atención Primaria tendrá derecho a ser remunerado por los siguientes conceptos retributivos, al igual que el personal de enfermería del Servicio de Atención Médica Urgente:

 

– Componente singular por turnicidad, valorado en 75,31€ mensuales en el año 2015.

 

– Complemento de atención continuada por cada hora de noche en día laborable, por cada hora de noche en domingo o de festivo y por cada hora en domingo o festivo; con las peculiaridades previstas para las fiestas navideñas para el citado personal del SAMU.

 

– El personal celador perteneciente a la plantilla orgánica del SUAP deberá percibir el concepto de Componente singular por turnicidad, valorado en 32,82 Euros mensuales en el año 2015.

 

SEGUNDA.– DEPENDENCIA ORGANIZATIVA

 

El personal del SUAP pasará a depender, funcionalmente, de la Unidad de Coordinación del Programa Marco de Atención a Urgencias y Emergencias Sanitarias, que será quien formule los programas y objetivos asistenciales de los dispositivos SUAP en todo el territorio del Servicio de Salud del Principado de Asturias. A este respecto, también se prevé una futura dependencia orgánica de la citada coordinación, de modo que todas las plazas que resulten vacantes, sean transformadas en plazas dependientes de la plantilla orgánica de los Servicios Centrales.

 

Además, las partes coinciden en la necesidad de seguir trabajando en la reestructuración de la atención sanitaria de urgencia, que deberá efectuarse dando un tratamiento unitario a la gestión y el funcionamiento de los distintos dispositivos que actualmente la integran.

 

Igualmente, la Administración se orientará, una vez determinada la organización de la atención urgente, a actualizar el marco de las condiciones laborales del personal de Urgencias de Atención Primaria. En concreto, se tratará de alcanzar acuerdos en los siguientes aspectos:

 

a) La ordenación de los tiempos de trabajo efectivo correspondiente al personal del SUAP.

 

b) El procedimiento de integración voluntaria del personal del SUAP en plazas de los Equipos de AP una vez alcanzada la edad de 55 años y/o 20 años de actividad asistencial en dichos dispositivos.

 

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