GANADOS LOS TRIENIOS DE LOS TRABAJADORES LABORALES
¡¡ En junio del 2003 iniciamos la demanda y dos años más tarde tenemos la confirmación definitiva del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en la que se nos da la razón…!!
El pasado día 10 de este mes, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, confirma en su integridad la Sentencia de la Magistratura de Mieres que reconocía el derecho a la percepción de los trienios por parte de los trabajadores con contratos laborales del SESPA que aún hay en Atención Primaria y en Atención Especializada del área VIII.
La demanda promovida, por CC.OO. afecta a casi una decena de trabajadores afiliados a esta organización Auxiliares Administrativos y Personal de Mantenimiento.
La Sentencia que ya es firme, tiene su mayor trascendencia en el fundamento en el que determina que la introducción en nuestro ordenamiento de la Directiva Comunitaria 70/99 de 28 de Junio de 1999 – garantía de igualdad de trato entre trabajadores, sean estos fijos o temporales - es irreversible. A continuación os trascribimos textualmente dicho párrafo del Fundamento de Derecho Segundo:
“ … la reforma operada por la citada Ley 12/2001, de 9 de julio introduce en el apartado sexto del Artlo 15 (del Estatuto de los Trabajadores) el principio de igualdad de derecho de los trabajadores indefinidos y temporales con proscripción de cualquier discriminación en materia de antigüedad y ello NO por aplicación de un concreto régimen jurídico pactado en el contrato SINO POR LA INTRODUCCION DE FORMA IRREVERSIBLE EN NUESTRO ORDENAMIENTO DE UN MANDATO CONTENIDO EN LA DIRECTIVA 1999/70/CE, de 28 de junio de 1999 en el marco general de garantía de la igualdad de trato entre trabajadores”.
Ahora la cuestión es la aplicación de esto mismo a los temporales estatutarios, y no sólo a los laborales, pero ahí chocamos con la redacción dada al recientemente publicado Estatuto Marco en su Artlo. 44 … ¡¡ veremos que dicen nuestros técnicos al respecto !!.
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