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YA SON MAS A FAVOR QUE EN CONTRA LAS SENTENCIAS DEL RECONOCIMIENTO DE LOS TRIENIOS DE LOS PROPIETARIOS PROVENIENTES DE PROMOCION INTERNA TEMPORAL …

YA SON MAS A FAVOR QUE EN CONTRA LAS SENTENCIAS DEL RECONOCIMIENTO DE LOS TRIENIOS DE LOS PROPIETARIOS PROVENIENTES DE PROMOCION INTERNA TEMPORAL …

El pasado 21 de Julio dábamos en nuestro Blog una primera información relacionada con las Sentencias habidas sobre este tema (VER ARTICULO DE ENTONCES) en la que la situación en las Salas de lo Contencioso-Administrativo arrojaba un balance que resumíamos literalmente así:

 

“ … la Sala 1, estima las pretensiones de los demandantes, mientras las Salas 4 y 5 las desestiman.”

 

Pues bien, ahora hemos de corregir dicho balance con una situación sustancialmente distinta:

 

“La Salas 1 y 4, estiman las pretensiones de los demandantes, mientras las Sala 5, no”. Aunque a esto último hay que añadir el matiz de que hace tiempo que esta última Sala no juzga ningún tema de estos y lo mismo que la Sala nº 4 cambió el criterio porque, creemos, ahora entendió perfectamente el problema, también pudiera ser que lo hiciera la nº 5.

 

En consecuencia, aunque no podamos aún poner el título que ansiamos de ¡¡Hay Justicia!! con mayúsculas, las cosas van bastante bien.

 

Como colofón a esto, y puesto que consideramos muy oportuno hacerlo aquí y ahora, finalizamos este artículo con la trascripción literal de uno de los muchos párrafos de los Fundamentos de Derecho esgrimidos por el titular del la Sala nº 4 de lo Contencioso-Administrativo, para estimar la pretensión de los demandantes, evitando así la persistencia del trato discriminatorio en que el SESPA incurre:   

 

Es discriminatorio

 

 …una clara y difícilmente explicable situación discriminatoria respecto a unos mismos servicios previos prestados en una misma categoría entre personal interino que accede posteriormente a plaza en propiedad y personal con plaza en propiedad que interinamente desempeñaron también esas funciones y que accede a plaza en propiedad en categoría superior …

 

Y el trato peor para quien promociona

 

…que a dos situaciones sustancialmente idénticas (refiriéndose a los servicios prestados de forma temporal en determinada categoría como contratado o interino, y servicios prestados de forma temporal como promoción interna `temporal´, valga la redundancia) se les de valoración diferente y más aún cuando se otorga un trato peor a quien tenía ya plaza en propiedad y no ha hecho sino mejorar y progresar dentro de su carrera profesional obteniendo un mejor puesto no pareciendo lógico que ese esfuerzo realizado por quién era ya su empleado se le dispense peor trato que aquel que no tenía ese vínculo previo con la administración.

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