Ni blanco ni negro, más bien gris
Asturias
El Colegio Médico impugnará los traslados forzosos del Sespa por «ilegales»
LAURA FONSECA, GIJÓN, para EL COMERCIO
También rechaza que se imponga la dedicación exclusiva a los jefes de servicio, ya que «contraviene el Estatuto Marco»
La jubilación obligatoria a los 65 años permitirá al nuevo Hospital Central renovar la mitad de sus jefaturas
Aún no ha sido aprobado, ni tan siquiera debatido con las fuerzas sociales, y ya tiene enfrente una amenaza de impugnación. El Colegio de Médicos de Asturias anunció ayer que invalidará el nuevo Plan de Recursos Humanos del Servicio de Salud (Sespa) si el Principado persiste en su pretensión de habilitar y aplicar el traslado forzoso y la movilidad geográfica entre los facultativos de la sanidad pública asturiana.
El letrado de la organización colegial explicó que la nueva planificación laboral elaborada por el Sespa -que plantea, además de la jubilación obligatoria a los 65 años, la posibilidad de que los facultativos roten por las diferentes áreas sanitarias- «es contraria a la legislación vigente». Javier Álvarez Arias de Velasco indicó que la Ley General de Sanidad, que data de 1985, regula la movilidad «pero sólo dentro del área sanitaria» donde se produce la contratación y siempre que esté debidamente argumentada e individualizada.
Este abogado considera por tanto ilegal o, al menos, «fuera de toda lógica», la propuesta del Sespa de recurrir a los traslados forzosos como herramienta para hacer frente a la falta de personal en las zonas de la periferia. Javier Álvarez recordó que la idea de los traslados generalizados ya fue puesta en marcha en mayo del pasado año, cuando se obligó a los médicos eventuales a aceptar contratos de medio año a cambio de que trabajaran un mes en algunas de las alas (Oriente, Jarrio y Cangas del Narcea, fundamentalmente». Esta resolución, que lleva la firma de la gerente del Sespa, fue impugnada ya el pasado año por el Colegio de Médicos al considerarla contraria a la legalidad vigente. El juicio por esta causa no se celebrará hasta octubre.
Otras irregularidades
Pero la movilidad forzosa no es a lo único a lo que se opone el Colegio de Médicos, que mantiene posturas similares a las planteadas desde el sindicato de facultativos (Simpa) e, incluso, por el personal de Enfermería (Satse), además de celadores, auxiliares y administrativos (Usipa). Vincular la dedicación exclusiva como condición ’sine qua non’ a las jefaturas de servicio supone, según el abogado del colegio, otra ilegalidad. Javier Álvarez explicó que el Estatuto Marco, normativa que está por encima del futuro Plan de Recursos Humanos del Sespa, recoge en su artículo 77, párrafo dos, que todo licenciado sanitario tiene derecho a renunciar a la dedicación exclusiva. De ahí que «el Principado no pueda obligar a los jefes de servicio a trabajar sólo en la sanidad pública», razonó Javier Álvarez.
La polémica sobre la exclusividad de los médicos del Servicio de Salud viene de atrás. En 2003, a través de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos del Principado, el Gobierno regional introdujo dicha normativa que, inmediatamente fue recurrida e impugnada por el Colegio de facultativos. El asunto está ahora en manos del Tribunal Constitucional, que aún no se ha pronunciado al respecto. La aplicación de la exclusividad médica vinculada a las jefaturas se encuentra, por tanto, paralizada a la espera de la decisión judicial que sentará precedente en todo el país.
El borrador del Plan de Recursos Humanos, adelantado por EL COMERCIO, plantea la jubilación forzosa para el personal sanitario, incluidos los facultativos, a partir de los 65 años. Hasta la fecha, y debido a la falta de una regulación como el referido plan laboral regional, los galenos asturianos solían solicitar una prórroga y continuaban en activo hasta los 70 años. Según estimaciones del colegio médico, entre 15 y 20 profesionales solicitaban cada año en Asturias retrasar su jubilación más allá de los 65 años.
Futuro HUCA
El nuevo Plan de Recursos Humanos, que plantea el retiro de 331 médicos entre 2008 y 2013 (el 80% de ellos, en hospitales), no sólo tendrá repercusiones sobre la actual plantilla compuesta por 3.450 médicos, sino también sobre el futuro Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA). Según estimaciones de sus responsables, la entrada en vigor de la jubilación a los 65 años permitirá renovar cerca de la mitad de las actuales jefaturas médicas. En el HUCA, unos 50 médicos se verían afectados por la jubilación forzosa. De ellos, la mitad son jefes de sección y jefes de servicio.
LAS DISTINTAS REFERENCIAS NORMATIVAS QUE HABRA QUE CONSIDERAR, ENTRE OTRAS, EN LA MOVILIDAD FORZOSA EN ASTURIAS:
Artículo 36 de la Ley “Estatuto Marco”. Movilidad por razón del servicio.
El personal estatutario previa resolución motivada y con las garantías que en cada caso se dispongan podrá ser destinado a centros o unidades ubicadas fuera del ámbito previsto en su nombramiento de conformidad con lo que establezcan las normas o los Planes de Ordenación de Recursos Humanos de su Servicio de Salud, negociadas en las Mesas correspondientes.
Artículo ochenta y siete de la Ley General de Sanidad
Los recursos humanos pertenecientes a los Servicios del Área se considerarán adscritos a dicha unidad de gestión, garantizando la formación y perfeccionamiento continuados del personal sanitario adscrito al Área.
El personal podrá ser cambiado de puesto por necesidades imperativas de la organización sanitaria, con respeto de todas las condiciones laborales y económicas dentro del Área de Salud.
De los principios generales de la Ley General de Sanidad
Artículo tres
1. Los medios y actuaciones del sistema sanitario estarán orientados prioritariamente a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades.
2. La asistencia sanitaria pública se extenderá a toda la población española. El acceso y las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva.
3. La política de salud estará orientada a la superación de los desequilibrios territoriales y sociales.
¡¡nunca es todo blanco o negro!!
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