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Alicante

Un juzgado de lo Social admite la primera jubilación parcial de una trabajadora de Sanidad

La medida supone el primer acceso a este derecho de empleados de la Agencia Valenciana de Salud

 

18.05.09 - ESTHER BROTONS, ALICANTE, en lasprovincias.es

 

Una trabajadora del centro de salud Juan XXIII de Alicante ha conseguido la primera jubilación parcial con contrato de relevo de la Comunitat. Aunque cabe un recurso, la sentencia que todavía no puede aplicarse abre ya una vía judicial para más de 48.000 profesionales del sistema sanitario público de la Comunitat afectados por un derecho del que, hasta el momento, no están disfrutando. El sindicato de CC.OO. ha llevado adelante el proceso.

Los hechos se remotan a cuando la demandante, que es personal fijo de la Agencia Valencia de Salud, presentó una solicitud de acceso a la jubilación parcial al cumplir los 61 años. La trabajadora reunía los requisitos para reducir su jornada en un porcentaje del 85%, por lo que se tenía que contratar a otra persona para sustituir ese tiempo de trabajo que quedaba vacante.

Sin embargo, la Conselleria le denegó su petición, al igual que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), segundo organismo al que se dirigió. Fue entonces cuando los servicios jurídicos de CC.OO presentaron la demanda en el Juzgado de los Social número 5 de Alicante, que ahora se ha pronunciado reconociendo por primera vez en la Comunitat al abono de la pensión por jubilación parcial al personal estatutario del servicio público de salud.

 

Argumento

 

El argumento de los organismos para denegar la petición era que la posibilidad de la jubilación parcial estaba condicionada al desarrollo por parte de los órganos competentes de las autonomías de un plan de ordenación de recursos humanos que no se había llevado a cabo.

Una explicación que no ha convencido al juez y cuyo fallo a favor de la demandante ha puesto de manifiesto la "irresponsabilidad" de los organismos que "se pasan la pelota uno a otro y todavía no se han sentado a hablar para resolverlo", señala el secretario general de Comunicación del sindicato de CC.OO en L’Alacantí-Les Marines, Salvador Roig, quien considera que en este retraso a desarrollar el reglamento hay detrás una cuestión económica.

De hecho, la sentencia puntualiza que este plan de ordenación de recursos humanos "no es condición previa para el reconocimiento de este derecho pues el propio artículo indica que los órganos competentes de las comunidades autónomas ’podrán’, es decir, se establece con carácter facultativo y no de forma obligatoria o taxativa, siendo en cualquier caso un mecanismo para facilitar el acceso a la jubilación parcial ya reconocido".

Además, el juez se refiere a otros fallos que han ido en la misma línea como una sentencia del TSJ de Castilla y León, donde se resalta que la carencia del plan "no puede imputarse al funcionario sino a la Administración" y otra de Canarias. Por todo ello, el fallo declara "el derecho de la actora a acceder a la prestación de jubilación parcial en cuantía del 85% sobre su base reguladora" condenando al INSS al abono de la pensión ya que la demandante cumplía con todos los requisitos.

Roig, quien aplaudió el fallo juidicial, apuntó que actualmente hay otras diez demandas interpuestas en la misma línea, y prevé que esta resolución supondrá "un goteo" de nuevos casos de trabajadores sanitarios, además de empleados de administraciones públicas, que también querrán acceder a la jubilación parcial. 

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