Publicada la Bolsa de trabajo (Lista provisional) de admitidos y excluidos, Diplomado/a Enfermería, para Establecimientos Residenciales de Ancianos (ERA).
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO
INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ’ADOLFO POSADA’
Resolución de 7 de agosto de 2009, de la Dirección del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos y se nombra la Comisión de Valoración que ha de determinar los méritos a tener en cuenta para la valoración de los aspirantes para la creación de una Bolsa de Trabajo de Titulado Grado Medio, Grupo B (Diplomado/a Enfermería), Establecimientos Residenciales para Ancianos (ERA), en turno de acceso libre y en régimen de contratación temporal (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 7 de mayo de 2009).
De conformidad con el art. 24 del Reglamento aprobado por Decreto 68/1989, de 4 de mayo, y las bases de la convocatoria, y en uso de la delegación conferida por Resolución de la Ilma. Sra. Consejera de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno de 4 de septiembre de 2007 (BOPA de 13 de septiembre de 2007),
RESUELVO
Primero.—Aprobar la lista provisional certificada de personas admitidas y excluidas al concurso para la valoración de los aspirantes por la Comisión de Valoración para la creación de una Bolsa de Trabajo de Titulado Grado Medio, Grupo B (Diplomado/a Enfermería), Establecimientos Residenciales para Ancianos (ERA), en turno de acceso libre y en régimen de contratación temporal.
La relación de personas excluidas junto con el defecto motivador de la exclusión se publica como anexo a esta resolución, mientras que la relación completa de aspirantes se halla expuesta en el tablón de anuncios del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, c/ Julián Clavería, 11, de Oviedo, y en el Servicio de Atención Ciudadana (Edificio Administrativo, c/ Coronel Aranda, 2, planta plaza de Oviedo), teléfono 012 y 985279100 para fuera de Asturias, y en la página Web de este Instituto: http://www.asturias.es
Segundo.—Abrir un plazo de diez días hábiles para que las personas interesadas puedan señalar posibles errores en la lista que se publica y para que, en su caso, las excluidas por defecto susceptible de subsanación puedan instar la misma. Transcurrido dicho plazo sin hacerlo decaerán de su derecho y quedará elevada a definitiva la referida lista, haciéndose pública dicha elevación en los tablones de anuncios de los organismos indicados en el apartado precedente. "Leer Más"
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