Blogia
La información es la base de tu opción ... y nosotros nunca te la ocultamos.

Acaso van a informar y, en el caso del Consejo de Administración, aprobar el proyecto de presupuesto del Servicio de Salud del Principado de Asturias para 2012 y ¿no lo tienen con antelación?...

Acaso van a informar y, en el caso del Consejo de Administración, aprobar el proyecto de presupuesto del Servicio de Salud del Principado de Asturias para 2012 y ¿no lo tienen con antelación?...

Hoy se reúnen el Consejo de Salud del Principado, para informar, y el de Administración del SESPA, para aprobar...

Consejería de Sanidad (AGENDA del día):

· 12:00 horas. Oviedo. El Consejero de Sanidad, José María Navia-Osorio, preside la reunión del Consejo de Salud. Sede del SESPA. (Plaza del Carbayón 1 y 2).*

· 13:30 horas. Oviedo. El Consejero de Sanidad, José María Navia-Osorio, preside la reunión del Consejo de Administración del SESPA. (Plaza del Carbayón 1 y 2).*

Usuarios de la Sanidad acusan a Navia-Osorio de «ocultar el presupuesto»

21.12.2011 - L. FONSECA, GIJÓN, en El Comercio.

La primera reunión que el consejero de Sanidad, José María Navia-Osorio, mantendrá hoy con el Consejo de Salud de Principado se vaticina movida. La Asociación de Usuarios de la Sanidad Pública y Privada del Principado (Asencro) acusó al consejero de «esconder los presupuestos» y de convocar «una reunión de pastores como si fuésemos ovejas». Se queja Asencro, por voz de su presidenta Susana Pérez Alonso, de no disponer del anteproyecto de presupuestos, algo a lo que está obligado por ley el consejero, dice.

«No se trata de que vayamos a la reunión a oír al consejero, sino que es él el que debe enviarnos el borrador presupuestario para luego escuchar lo que los miembros del Consejo de Salud tengamos que decir de esas cuentas», explicó de forma detallada Pérez Alonso. Desde el pasado viernes «y pese a ser un gobierno que trabaja a tres turnos», Asencro ha intentado que la Consejería le facilitase el anteproyecto del que hoy se debería debatir en la reunión convocada para las doce del mediodía.

FUNCIONES DEL CONSEJO DE SALUD EN LA LEY 1/92:

Son funciones del Consejo de Salud del Principado de Asturias:

  1. Asesorar y formular propuestas al Consejo de Administración del Servicio de Salud del Principado de Asturias en todos los asuntos relacionados con la atención sanitaria y la protección de la salud.
  2. Velar por que las actuaciones de todos los servicios, Centros y establecimientos sanitarios que satisfagan necesidades del sistema sanitario público se acomoden a la normativa sanitaria y se desarrollen de acuerdo con las necesidades sociales y las posibilidades económicas del sector público.
  3. Informar el anteproyecto de presupuesto del Servicio de Salud del Principado de Asturias previamente a su aprobación.
  4. Informar el anteproyecto del Plan de Salud del Principado de Asturias.
  5. Conocer e informar la memoria anual del Servicio de Salud del Principado de Asturias previamente a su aprobación.
  6. Proponer al Consejero de Sanidad y Servicios Sociales los candidatos a Defensor de los Usuarios del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
  7. Fomentar la participación y colaboración ciudadana con la administración sanitaria.
  8. Realizar cualquier otra función que le sea atribuida legal o reglamentariamente.
  9. 

FUNCIONES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION DEL SESPA SEGÚN LA MISMA LEY:

Atribuciones.

Corresponden al Consejo de Administración del Servicio de Salud del Principado de Asturias las siguientes atribuciones:

  1. Aprobar el anteproyecto de presupuesto económico y financiero del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
  2. Definir los criterios de actuación del Servicio de Salud del Principado de Asturias, de acuerdo con las directrices emanadas de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma.
  3. Aprobar las propuestas de inversiones patrimoniales generales del Servicio de Salud.
  4. Aprobar y elevar a la Consejería competente en materia de salud y servicios sanitarios el estado de cuentas y los documentos relativos a la gestión económica y contable del Servicio de Salud.
  5. Proponer a la Consejería competente en materia de salud y servicios sanitarios para su elevación al Consejo de Gobierno el régimen y cuantía de los precios públicos por la utilización de los centros y servicios para su aprobación.
  6. Establecer, actualizar y rescindir los conciertos o convenios que se consideren precisos para la prestación de servicios asistenciales con entidades privadas.
  7. Autorizar los gastos de inversión del Servicio de Salud entre uno y dos millones de euros.
  8. Aprobar la organización interna de los servicios, centros y unidades.
  9. Elaborar planes y programas de actuación del Servicio de Salud del Principado de Asturias y elevarlos a la Consejería competente en materia de salud y servicios sanitarios para su posible integración en el Plan de salud del Principado de Asturias.
  10. Aprobar los reglamentos de funcionamiento interno del Consejo de Administración y del Consejo de Salud, así como los de régimen Interior de los centros y establecimientos del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
  11. Ratificar el nombramiento y cese de los miembros de los consejos de salud de las áreas, a propuesta de las respectivas representaciones.
  12. Elevar a la Consejería competente en materia de salud y servicios sanitarios la propuesta correspondiente a la relación de puestos de trabajo del Servicio de Salud.
  13. Aprobar la memoria anual del Servicio de Salud.
  14. Cualquier otra de las funciones no asignadas a los restantes órganos del Servicio de Salud del Principado de Asturias que le puedan corresponder legal o reglamentariamente.
  15. 

VER NOTICIA ANTERIOR DIRECTAMENTE RELACIONADA

0 comentarios