Muy malas noticias en el terreno jurídico
EL TSJ HA AVALADO LA DECISIÓN DE MADRID DE INCREMENTAR LA JORNADA
Los sindicatos recurrirán ahora al T. Supremo la jornada de 37,5 horas
La Sala Social del TSJ de Madrid ha rechazado el recurso presentado contra la ampliación del tiempo de trabajo semanal al personal de la Administración.
Los sindicatos recurrentes llevarán el caso al Supremo.
S. Valle, 08/05/2012, en Diario Médico.
La Comunidad de Madrid tiene potestad para elevar la jornada laboral de los trabajadores de la Administración pública, tanto al funcionario como al personal laboral, a 37,5 horas semanales. Y esto es así de acuerdo con lo que establece el Estatuto Básico del Empleado Público, que "aspira a ordenar el sistema de empleo público en su conjunto respetando las facultades de autoorganización de las Administraciones públicas así como el doble colectivo de personal, funcionario y laboral, al servicio de esas Administraciones".
La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid llega a esa conclusión en la sentencia con la que ha desestimado el recurso presentado por los sindicatos CCOO, UGT, CSI-CSIF y Csit-up, contra la decisión del Gobierno de Esperanza Aguirre de elevar la jornada laboral semanal a los trabajadores de la Administración de Madrid.
El recurso de los sindicatos planteaba la inconstitucionalidad de la ley autonómica 6/2011, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, en la que se fundamenta las instrucciones de la ampliación de jornada laboral, por considerar que la modificación del tiempo de trabajo es una competencia estatal y en el caso del personal laboral está sujeta a negociación colectiva.
El tribunal autonómico rechaza esta interpretación de la ley y señala que la comunidad autónoma ha respetado el límite de 40 horas semanales que fija la legislación estatal para la jornada laboral y, además, hace referencia al Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público del Estado, que fija la jornada semanal en un mínimo de 37 horas y 30 minutos.
Los sindicatos han anunciado su intención de recurrir el fallo a la Sala Social del Tribunal Supremo. UGT ha enviado un comunicado en el que destaca el voto en contra de uno de los magistrados de la Sala Social del TSJ de Madrid, que, como recoge el texto de la sentencia, ha expresado su disconformidad con la decisión final del tribunal.
Discrepancia judicial
En su pronunciamiento, el magistrado Juan Miguel Torres Andrés señala que la decisión del órgano judicial debió ser favorable "a plantear ante el Tribunal Constitucional cuestión de inconstitucionalidad respecto a la disposición adicional primera de la ley autonómica 6/2011 de medidas fiscales y administrativas". Torres Andrés encuentra indicios de violación de la libertad sindical, en la forma de negociación colectiva. La discrepancia del juez se argumenta a lo largo de 20 páginas de las 50 que tiene el texto de la sentencia.
La Comunidad de Madrid ha sido una de las pioneras en aplicar la ampliación de la jornada laboral a sus trabajadores. La medida generó muchas reacciones en contra, pero el Gobierno autonómico llegó a un acuerdo con el sindicato Amyts (ver DM del 29-II-2012).
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