Negar la asistencia sería una falta sancionable
Rodríguez Sendín rechaza no dar atención a quienes carezcan de tarjeta sanitaria
El presidente de la Organización Médica Colegial (OMC), Juan José Rodríguez Sendín, cree que nadie puede prohibir a los profesionales "atender a un enfermo, sea blanco, negro o amarillo", en relación a la decisión del Gobierno de retirar la tarjeta sanitaria a los extranjeros en situación irregular, como recoge el real decreto-Ley.
14/05/2012, en Diario Médico
Durante la presentación del nuevo Código Deontológico para la profesión en la Facultad de Medicina de la Universidad de Valladolid, Rodríguez Sendín dijo que en su opinión el decreto-Ley aprobado por el Gobierno "se ha hecho deprisa" y "no se han tenido en cuenta algunas cosas", como "qué hacer con un paciente que reclama atención médica y no tiene la tarjeta sanitaria".
Ante esto, el presidente de la OMC defiende que hay que prestar servicio a esta población en virtud del citado código, pues de lo contrario "se incurriría en una falta sancionable. Bajo ningún concepto se puede negar la atención a un enfermo, independientemente de que luego se le pase una factura por ello".
Una norma en desarrollo
El consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Antonio María Sáez Aguado, también presente en el acto, reconoció que real decreto que "deberá desarrollar algunas cosas que en él sólo se definen". El político volvió a sugerir que en el caso de los pacientes que deban sufragar una parte del transporte sanitario, "se tenga en cuenta a los que sufren determinadas enfermedades" o que se diferencie "entre aquéllos que tienen que desplazarse dentro de una ciudad y los que lo hacen desde el medio rural".
Ética para la excelencia
Por lo que se refiere al nuevo código, el presidente de la Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de Valladolid, Juan Carlos Martín Escudero, destacó que se trata de un conjunto de normas "autoimpuestas por encima del mínimo legal" para "buscar la excelencia".
En ese sentido, Rodríguez Sendín señaló como principales novedades respecto al anterior Código, que data de 1999, la inclusión de cinco nuevos capítulos o la ampliación de otros, "sobre todo en lo relativo al dopaje". Sin embargo, reconoció que aún quedan algunas cuestiones por resolver, como la objeción de conciencia o el final de la vida.
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