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Hace año y medio que lo reconoció el Tribunal Supremo y por fin alguien en Asturias se digna a hacer algo para la extensión de la doctrina a nuestra Comunidad Autónoma...

Hace año y medio que lo reconoció el Tribunal Supremo y por fin alguien en Asturias se digna a hacer algo para la extensión de la doctrina a nuestra Comunidad Autónoma...

Por el derecho de los trabajadores del SESPA, que prestan servicios asistenciales a los residentes enfermos en turnos rotatorios, al expreso reconocimiento del tiempo invertido en la transmisión de información sobre los pacientes entre turno y turno como tiempo efectivo de trabajo y, que se proceda a computar este intervalo de tiempo como jornada efectiva de trabajo en el cómputo de jornada anual...

ANUNCIOS EN EL BOPA DE HOY:

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Notificación de emplazamiento a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 811/2018 que se tramita ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

 

Ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, se tramita Procedimiento Ordinario 811/2018, interpuesto por la Corriente Sindical de Izquierda, frente a desestimación presunta, por silencio administrativo negativo, del recurso administrativo interpuesto por mis mandantes frente a la desestimación presunta, por silencio administrativo negativo, de la solicitud formulada en su día por la Sección Sindical de la CSI en el ámbito del SESPA por la que interesaba que se declarase el derecho de los trabajadores del SESPA que prestan servicios asistenciales a los residentes enfermos en turnos rotatorios al expreso reconocimiento del tiempo invertido en la transmisión de información sobre los pacientes entre turno y turno como tiempo efectivo de trabajo y, proceda a computar este intervalo de tiempo como jornada efectiva de trabajo en el cómputo de jornada anual, con todas las consecuencias inherentes a tal reconocimiento, incluyendo la compensación de los excesos de jornada que resulten del mismo.

Dada la falta de datos necesarios para su emplazamiento individualizado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 49 en relación con el artículo 21 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se emplaza a los posibles interesados en el referido procedimiento, a fin de que puedan comparecer y personarse en autos ante el referido juzgado, en el plazo de nueve días a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

 

Oviedo, a 19 de diciembre de 2018.—El Director Gerente.—Cód. 2019-00002.

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