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LEGISLACION

¿Alguien más se va a pronunciar sobre esto además de los del “Foro Profesional”?...

¿Alguien más se va a pronunciar sobre esto además de los del “Foro Profesional”?...

Cambios en el anteproyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social…

VER EL NUEVO TEXTO DE 14 DE ENERO DE 2014

EL “FORO DE PRIMARIA” SE MUESTRA SATISFECHO CON EL ÚLTIMO BORRADOR DE EMPLEO (noticia de hoy)…

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Un grave tema del que tenemos la sensación que está pasando bastante desapercibido…

Un grave tema del que tenemos la sensación que está pasando bastante desapercibido…

El Gobierno pretende la transformación del SNS a través de la Ley de Mutuas de la Seguridad Social

 Acta Sanitaria

La Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS) considera que el anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social aprobado por el Gobierno supone un “torpedo en la línea de flotación” del Sistema Nacional de Salud (SNS) al poner las bases de una transformación de la asistencia sanitaria actual hacia una asistencia mutualizada privatizada dirigida por los empresarios que romperá los principios de universalidad y equidad del SNS.

 

Comunicado de la FAISS

“El pasado 20 de diciembre de 2013, el Consejo de Ministros aprobaba el “Anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social”; se abandonaba así la tramitación del proyecto de Real Decreto (RD) de reforma de la Incapacidad Temporal (IT), tras casi un año de negociaciones, y podría decirse que el gran Papá Noel del Gobierno ha regalado por Navidad, a la patronal, su ansiada nueva Ley de Mutuas, aparcando lo relativo a la modificación de la gestión de la IT por los facultativos de Atención Primaria, que le enfrentaba a sus sociedades profesionales.

 

Hace unos días, hemos tenido conocimiento, en el seno de la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS), del texto del citado anteproyecto y nuestras impresiones no pueden ser peores, aún más que las del denostado proyecto de RD. El “Anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social” trata fundamentalmente de tres asuntos: La reforma del régimen jurídico de las Mutuas, la modificación de la gestión de la IT y la creación de un “sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos”. Nuestro análisis se centrará sólo en los dos primeros aspectos, por lo que entrañan de grave perjuicio para los derechos de pacientes, trabajadores y profesionales del SNS, además de suponer un “torpedo en la línea de flotación” del Sistema Nacional de Salud (SNS) al poner las bases de una transformación de la asistencia sanitaria actual hacia una asistencia mutualizada privatizada dirigida por los empresarios que romperá los principios de universalidad y equidad del SNS.

 

Respecto al primer aspecto, la reforma del régimen jurídico de las Mutuas, hacemos las siguientes consideraciones:

 

 Se comienza por santificar la denominación de las Mutuas Patronales, Empresariales o Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (MATEPSS), suprimiéndoles esos apellidos de su verdadera esencia y adoptando el bondadoso nombre de “Mutuas de la Seguridad Social”. Si bien, el concepto del anteproyecto reconoce que estas “entidades asociativas privadas colaboradoras en la gestión de la protección pública” no son otra cosa que “asociaciones de empresarios”.

 

 Parece olvidarse que las cotizaciones sociales de la IT son un pago en especie a los trabajadores por ejercer su actividad laboral y, a fin de cuentas, es dinero de éstos y ya no de los empresarios que, a lo largo de todo el anteproyecto son los absolutos protagonistas de la gestión de esos fondos, bajo la forma jurídica de Mutuas, como si fueran suyos y no de sus forzosamente tutelados trabajadores.

 

 En el diseño de este régimen jurídico, todos los órganos directivos y gestores (Junta General, Junta Directiva y Director Gerente) están formados por empresarios o personas designadas por ellos. Sólo en la llamada “Comisión de Control y Seguimiento” aparecen “miembros designados por  las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, así como por una representación de las asociaciones profesionales de los trabajadores autónomos”; pero, además de volver a entrar en ella los empresarios, sus funciones son meramente informativas y más parece una maniobra para contentar que una verdadera coparticipación en la gestión y en el control de las Mutuas pagadas con las cotizaciones sociales.

 

 Los únicos controles técnicos que el régimen jurídico prevé para las Mutuas son los que realizarían la Intervención General de la Seguridad Social (IGSS), respecto auditorías de cuentas y cumplimiento, y la Inspección de Trabajo, en cuanto a sus competencias en normativa laboral. Ninguna autoridad pública del Estado central o de las CC AA, ni el INSS (en sus revisiones parciales, caso a caso de las reclamaciones de los trabajadores o de la

Inspección Sanitaria del SNS), controla de forma sistematizada (estructura, proceso, resultados y rendimientos) toda la actividad asistencial sanitaria (consultas, pruebas, tratamientos, intervenciones quirúrgicas) que las Mutuas hacen con cargo a los fondos públicos, como sí ocurre con cualquier Centro de Salud y los hospitales del SNS; es decir, transparencia “cero”. Según diversos estudios, más del 16 % de la asistencia sanitaria común que el SNS presta a los trabajadores es de origen profesional y debería haber sido atendida por las Mutuas (no perjudicando los presupuestos del SNS y saturando sus servicios) y los trabajadores haber percibido superiores prestaciones económicas por IT.

 

El proyecto (de Ley de Mutuas de la Seguridad Social) constituye un recorte de derechos sin precedentes, ya que generaliza una presunción de fraude por parte de los trabajadores, imputándoles la carga de la prueba de que siguen enfermos.

 

En cuanto al segundo aspecto, la modificación de la gestión de la IT común y el reforzamiento de las funciones sanitarias de las Mutuas, creemos que el proyecto constituye un recorte de derechos sin precedentes, ya que generaliza una presunción de fraude por parte de los trabajadores, imputándoles la carga de la prueba de que siguen enfermos. Y por otra parte, las nuevas competencias asistenciales que el anteproyecto da a las Mutuas abre una vía a la

privatización de la asistencia sanitaria de los trabajadores como, en su momento lo hizo la Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del SNS, cuyo alcance de proliferación de Concesiones Administrativas no se vislumbraba.

 

En síntesis, destacamos:

 

 Con la nueva gestión de Propuestas de Alta, si en el cortísimo plazo de 5 días la Inspección Médica no hubiera contestado a la Mutua (o ésta no hubiera recibido la respuesta), al 6.º día se aplicaría un “silencio administrativo positivo” que produciría el “alta presunta”, pero efectiva, del paciente. Creemos perverso e inadmisible este procedimiento y consideramos que para una denegación de derechos a los ciudadanos (alta y extinción del subsidio) es exigible un alta médica explícita y formal, no presunta, por la que algún agente emisor responda. Se consigue así, torticeramente, que las Mutuas

obtengan la capacidad de dar altas, de facto, aunque no formalmente.

 

 Basándose en que las “comunicaciones” entre todos los agentes (Médicos del SNS, INSS, Mutuas) “se realizarán preferentemente por medios electrónicos…”, como preveía el abandonado proyecto de RD, se abre la puerta para que las Mutuas, con la excusa de controlar la adecuación de una prestación económica, tengan acceso a la “totalidad de la historia clínica” de “todos los trabajadores del Sistema de la Seguridad Social”, hayan estado de baja o no en alguna ocasión. Para el control económico de la baja por IT, el acceso a la información clínica debe restringirse exclusivamente a la relacionada con el proceso que origina dicha baja laboral: partes de IT, informes de pruebas y tratamientos o informes específicos justificados son más que suficientes para este fin. Las historias clínicas tienen mucha más información que la referida a los procesos de IT y el alcance global de la atribución que se pretende carece de legitimidad y se presume contrario a los derechos fundamentales protegidos por el artículo 18 de la Constitución Española de 1978, Ley Orgánica 15/1999 y Ley 41/2002 (art. 16.1).

 

 Las Mutuas podrán suscribir convenios con los SRS (Servicios Regionales de Salud) de las CC AA para adelantar asistencias de trabajadores de baja. En realidad, eso ya se hace pero, al no haber convenios, los SRS no abonan nada por las asistencias autorizadas a través de las Inspecciones Médicas; siendo la compensación para las Mutuas la reducción del pago de IT por acortamiento de los procesos gracias al adelantamiento de asistencias. En el fondo, el sistema, presentado como una mejora, va a ser un forzamiento a los SRS para que suscriban dichos convenios y abonen parte de su presupuesto por las referidas asistencias, detrayendo fondos de la asistencia general del SNS para beneficiar a las Mutuas que ya obtienen una ventaja con la reducción derivada de los acortamientos de los procesos de IT por saltarse las listas de espera habituales para el resto de pacientes del sistema. Ello, va a suponer que, con cargo a los fondos públicos, se priorizará la asistencia de los trabajadores frente al resto, lo que rompe el principio de equidad del Sistema.

 

Por todo ello, exigimos al Gobierno la retirada o rectificación profunda del anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social en todos aquéllos aspectos que se critican en el presente Comunicado y que se desarrollarán en un Informe complementario. También llamamos a las organizaciones de profesionales sanitarios (sociedades, colegios y sindicatos), a las asociaciones de pacientes, a los sindicatos generales, a los partidos políticos y a otras organizaciones sociales afectadas a rechazar y oponerse a este proyecto de Ley contra los derechos de pacientes, trabajadores y profesionales del SNS.”

 

VER el anteproyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

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Ya en vigor desde hoy…

Ya en vigor desde hoy…

Asturias inicia este miércoles su nuevo calendario de vacunación, que adelanta la triple vírica a los doce meses

OVIEDO, EUROPA PRESS

La Consejería de Salud del Gobierno asturiano inaugura este miércoles, 1 de enero, su nuevo calendario de vacunación, que incluye el adelanto de la administración de la triple vírica (la vacuna contra el sarampión, la rubeola y las paperas) a los 12 meses de edad, y no a los 15, como se hacía hasta ahora.

A través de una nota de prensa, la Consejería ha explicado que se actualiza la edad y pauta en la administración de esta vacuna y la del meningococo C, al tiempo que reorganiza las vacunaciones en la preadolescencia, adelantando a los 13 años las previstas para los 14. La Dirección General de Salud Pública subraya que las vacunaciones universales han sido la medida preventiva más eficaz para reducir la mortalidad y la morbilidad en la infancia.

Con el objetivo de ir aproximándose a este calendario común y adaptarlo a las condiciones particulares de organización y funcionamiento del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa), la Dirección General de Salud Pública, tras la valoración del comité asesor de vacunaciones del Principado de Asturias, ha decidido adaptar el calendario actual. Así, la Consejería de Sanidad modificó por resolución de 21 de octubre de 2013, actualizada el pasado 11 de diciembre, el calendario oficial de vacunación infantil, que entra en vigor hoy.

Los principales cambios son, además del ya conocido de la triple vírica, la actualización de la pauta de vacunación frente al meningococo C, que se aplicará a los 4 y 12 meses y  a los 13 años; la vacunación frente a la hepatitis B finaliza a los 13 años; y la reorganización de las vacunaciones en la preadolescencia, de modo que se adelantan a los 13 años las previstas para los 14.

Asturias invierte anualmente 1.550.000 euros en la compra de dosis para el calendario de vacunación infantil. Actualmente, el programa de vacunaciones  infantiles  presenta unas altas coberturas, que van desde un 98% en menores de un año a un 78% en preadolescentes. Todas las vacunas incluidas en el calendario se administran en los centros de salud, donde ya están previstos los cambios, que los ciudadanos pueden consultar en la web www.astursalud.es:

Nuevo Calendario de vacunación infantil. Asturias 2014

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Seis veces más de lo que suben las pensiones… y según el gobierno no pierden poder adquisitivo, ¡¡qué cosas!!

Seis veces más de lo que suben las pensiones… y según el gobierno no pierden poder adquisitivo, ¡¡qué cosas!!

El tope del copago para los pensionistas sube el 1,5 %

El límite de los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida pasa de 4,20 a 4,26 euros

Foto.- La Ministra de Sanidad a la que sólo le preocupan los pensionistas a la hora de pedirles el voto.

31.12.2013, EFE/Madrid

El Ministerio de Sanidad ha incrementado el 1,5 % el tope máximo que los pensionistas pagan por sus medicamentos de modo que, a partir del 1 de enero, verán aumentados en unos céntimos los límites máximos establecidos mensualmente de copago farmacéutico.

De este modo, el límite máximo de copago mensual de los medicamentos pertenecientes a los denominados grupos ATC de aportación reducida (destinados a enfermedades crónicas y graves, como antidepresivos, insulinas, anticoagulantes, algunos oncológicos y antirretrovirales contra el VIH, entre otros) pasa de 4,20 a 4,26 euros.

Para el resto de medicamentos que financia la Seguridad Social, el tope pasa de 8,14 a 8,26 euros mensuales para los pensionistas con rentas anuales inferiores a 18.000 euros; de 18,32 a 18,59 euros para los que las pensiones de entre 18.000 y 100.000 euros anuales; y de 61,08 a 62 para las que superen los 100.000 euros al año.

El porcentaje de subida se ha calculado de forma automática de acuerdo con la evolución del IPC en el periodo comprendido entre enero y noviembre de este año que, según el Ministerio de Sanidad, es del 1,5 %.

No obstante, según el último dato difundido por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la tasa del IPC acumulado en el citado periodo es del 0,2 %.

Según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE), a partir del 1 de enero se actualizará la cuantía máxima correspondiente a los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, así como los límites máximos de aportación mensual para los pensionistas.

La regulación de la aportación de los usuarios y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria está recogida en la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

Esta ley establece unos porcentajes de copago de los medicamentos que varían entre el 10 % y el 60 % de su coste con topes de aportación en función de la renta del usuario.

Así, los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida les corresponde una aportación del 10 % de su precio, con una aportación máxima que se actualiza cada mes de enero de acuerdo con la evolución del IPC de los últimos doce meses, según indica una disposición adicional de los Presupuestos Generales del Estado.

 

Mato eleva el copago a los jubilados hasta seis veces por encima de la subida de las pensiones

Hace tres días, las pensiones se revalorizaron un 0,25%; ahora los topes de los medicamentos crecen un 1,5%

ELPLURAL.COM

Tres días después de que el Gobierno anunciara la congelación del Salario Mínimo Interprofesional y la revalorización sólo un 0,25% de las pensiones, llega el efecto colateral. Si la subida de la luz no fuera suficiente para dejar en nada el pírrico aumento de las pensiones, ahora Ana Mato aumenta el copago farmacéutico a los pensionistas.

La ministra de Sanidad ha subido los topes máximos que pueden pagar los pensionistas, así como el precio máximo que tenían los medicamentos de aportación reducida. Y todo sube en virtud de la evolución del IPC, que por supuestos sube mucho más que las pensiones.

 

Subida de topes

Así, los pensionistas que antes sólo podían pagar al mes 8,14, 18,32 o 61,08 euros según renta; ahora pagarán 8,26 euros, 18,59 euros y 62 euros respectivamente. Eso supone una subida de 1,47% para los dos primeros tramos,  y una del 1,5% para el último tramo. Es decir, que suben hasta 6 veces más de lo que lo hacen las pensiones, en virtud de la reforma del Gobierno de Mariano Rajoy.

 

Aportación reducida

La subida del IPC también afecta a los medicamentos y productos sanitarios con aportación reducida, entre los que se encuentran los que se usan en enfermedades crónicas o graves, o los que el Sistema Nacional de Salud (SNS) da con receta oficial a los enfermos de sida. Estos productos tienen ahora un copago máximo del 10% y el tope a pagar está en los 4,2 euros, que ahora será de 4,26%, lo que supone una subida del 1,42%.

A pesar de ser de los más bajos de Europa…

A pesar de ser de los más bajos de Europa…

El salario mínimo interprofesional quedará congelado para 2014 en 645,3 euros al mes

El Consejo de Ministros decide no actualizar la renta básica por segunda vez desde 1966

Los sindicatos cargan contra la ministra Báñez

27.12.2013, Madrid, Agencias, en La Nueva España.

El Gobierno tiene previsto aprobará hoy en Consejo de Ministros la congelación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2014 en 645,30 euros mensuales, de acuerdo con la propuesta remitida por el Ejecutivo a los sindicatos. CC OO y UGT rechazaron esta medida porque, aseguraron, supondrá una nueva pérdida de poder adquisitivo de esta renta, que desde 2007 ha ido perdiendo peso sobre el salario medio.

 

Hace un año, el Gobierno decidió subir el salario mínimo para 2013 un 0,6%, en línea con la subida máxima pactada por sindicatos y patronal en el segundo acuerdo para el empleo y la negociación colectiva para el período de 2012 a 2014. La congelación para el próximo año es la segunda acordada por este Gobierno después de la llevada a cabo para 2012, nada más llegar al poder, que, a su vez, había sido la primera desde 1966.

 

Los secretarios de Acción Sindical de CC OO y UGT, Ramón Górriz y Toni Ferrer, han remitido una carta a la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, en la que se oponen a la congelación porque se aleja del compromiso suscrito por España en la Carta Social Europea, según la cual el salario mínimo interprofesional debe alcanzar el 60% del salario medio neto de cada país.

 

Asimismo, los sindicatos se han quejado de lo acelerado del proceso de consulta, puesto que recibieron ayer el borrador de real decreto con la petición de que respondan antes de las nueve y media de la mañana de hoy, viernes, cuando está previsto que se apruebe en Consejo de Ministros.

 

Según los cálculos de los sindicatos, el salario mínimo ha perdido 5,5 puntos de su capacidad adquisitiva en los últimos cuatro años y consideran que una nueva caída limitará las posibilidades de recuperación del consumo. El español es de los más bajos de la zona euro.

 

LO QUE SI SUBIRÁ ES ESTO, ENTRE OTRAS MUCHAS COSAS:

La luz subirá entre el 2% y el 4% en enero

Este déficit de tarifa será de unos 3.600 millones y se producirá por la suspensión de partidas de dinero público inicialmente comprometidas con el sistema eléctrico.

El coste para los consumidores de esta nueva deuda será de unos 300 millones al año.

nuevatribuna.es

La tarifa de la luz subirá entre el 2% y el 4% en enero si el Gobierno mantiene el anuncio de que la parte regulada del recibo eléctrico, que tiene un peso cercano al 60%, subirá "no más allá" del 2%.

 

Fuentes cercanas al Gobierno indicaron que es probable que el Ejecutivo se decante en el Consejo de Ministros de este viernes por una subida en la parte baja de esta horquilla, a la vista de las dificultades económicas de muchos hogares y de la pérdida de competitividad que implica una medida de este tipo.

 

En su informe remitido al Gobierno, la CNMC ha recomendado elevar la parte del recibo relacionada con el coste de la energía, cuyo peso ronda el 40%, un 7,2% o un 3,4%, en función del periodo de referencia que se tome (el último trimestre disponible o el último semestre). De esta forma, el recibo subirá un 1,4% o un 2,9% solo por la subasta.

 

El ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, anunció recientemente que la otra parte del recibo, la regulada, subirá "no más allá" de un 2% para recoger el coste de amortización anual del nuevo déficit de tarifa de 2013.

 

Este déficit de tarifa será de unos 3.600 millones y se producirá por la suspensión de partidas de dinero público inicialmente comprometidas con el sistema eléctrico. El coste para los consumidores de esta nueva deuda será de unos 300 millones al año.

 

La subida de peajes del 2% asociada a este nuevo déficit de tarifa tendrá un impacto al alza sobre el recibo cercano al 0,8%, de modo que la horquilla final de revisión de la tarifa en enero oscilará entre porcentajes del 2% y del 4%.

 

En todo caso, el nuevo mecanismo de la CNMC evita aplicar el resultado de la subasta eléctrica del pasado jueves, que ha quedado invalidada por el Gobierno y que habría provocado una subida de la luz del 11%, tras cerrarse con alzas del 25,6% en el coste de la energía.

 

Consejo de Ministros

Hoy se decide la subida de la luz y la congelación del SMI

El recibo se incrementará entre un 2,5% y un 4% - El SMI se congelará por segunda vez en esta legislatura

27.12.2013, EFE/Madrid.

 

El Consejo de Ministros aprueba hoy la subida del precio de la electricidad a partir del 1 de enero, después de que el Gobierno decidiera anular la subasta por la que se determina el coste de producción de la energía, y la congelación del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

 

Además de otros factores, el Ejecutivo cuenta para tomar su decisión con la propuesta elaborada ayer por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que establece un nuevo mecanismo transitorio para calcular el coste de la energía que recogerá la tarifa eléctrica de último recurso (TUR), la que tiene la mayoría de los hogares.

 

La aplicación de este nuevo modelo implicaría una subida en el primer trimestre del 1,4 % o del 2,9 % sólo por el concepto de producción de la energía.

 

A este aumento habría que sumar la parte regulada del recibo eléctrico -los denominados peajes con los que se pagan costes como transporte y distribución de la electricidad y las primas a las energías renovables- que fija el Gobierno y que, según anunció el ministro de Industria, José Manuel Soria, el pasado 20 de diciembre, será inferior al 1 %.

 

Según las fuentes del sector consultadas por Efe, en el caso de que el Gobierno asuma la propuesta elaborada por Competencia, la subida total del recibo de la luz podría estar en torno al 2,5 % o al 4 %.

 

La decisión final sobre cuál será el precio de la electricidad para la mayor parte de los consumidores domésticos es todavía una incógnita y habrá que esperar al Consejo de Ministros de hoy.

 

Congelación del salario mínimo

Por otro lado, la cuantía del SMI se mantendrá en 645,30 euros mensuales (21,51 euros diarios), lo que supone la segunda congelación de esta renta en lo que va de legislatura.

 

El SMI se creó en 1963 y se mantuvo congelado durante los tres años siguientes, en tanto que a partir de 1967 se ha ido actualizando anualmente, salvo entre 1976 y 1979, años en los que se subió dos veces cada ejercicio por el elevado aumento de la inflación.

 

En 1980, con la aprobación del Estatuto de los Trabajadores se estableció su revisión anual, previa consulta con las organizaciones sindicales y patronales más representativas.

 

Desde 1982 el Consejo de Ministros suele fijar el salario mínimo para el ejercicio siguiente en su última reunión del año

No es novedad pero conviene no olvidarlo…

No es novedad pero conviene no olvidarlo…

Cuarto año consecutivo de congelación salarial para el trabajador público de la sanidad

El Gobierno destinará 3.839 millones a la realización de políticas sanitarias

Jueves, 26 de diciembre de 2013, Redacción Médica, Madrid.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el año 2014. Se completa de esta manera el camino de las cuentas, que destinarán 3.839 millones de euros de crédito a llevar a cabo diferentes programas en materia sanitaria, y en la que los funcionarios verán cómo, por cuarto año consecutivo, su retribución se mantiene ‘congelada’.

 

La cuantía total de este crédito, destinada a la ejecución de programas integrados en los estados de gasto de los presupuestos del Estado, los organismos autónomos de la Administración General del Estado; la Seguridad Social; las agencias estatales y los organismos públicos cuya normativa específica confiere carácter limitativo a los créditos de su presupuesto de gastos, es de 354.626 millones de euros. De ellos, más de 6.000 se destinarán a Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i) mientras que 1.809 irán a Servicios Sociales y Promoción Social.

 

Dentro de los programas sanitarios en los que se distribuye el gasto, destaca el correspondiente a Dirección y Servicios Generales de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que se sitúan en 69,4 millones de euros, uno más que lo marcado en el anteproyecto. También ha variado la cifra correspondiente a Políticas de Salud y Ordenación Profesional, pero en este caso reduciéndose en casi 800.000 euros. El Plan Nacional de Drogas, por su parte, se mantiene en torno a los 15 millones.

 

Dentro del ámbito del Estado, la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y Farmacia dispondrá de 251 millones, por 39 de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación y 35 de la Dirección General de Sanidad y Consumo. En lo que a las agencias se refiere, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) contará con 47,5 millones.

Primero nos atracan y cuando nos devuelven algo de lo robado pretenden que les demos unas efusivas gracias…

Primero nos atracan y cuando nos devuelven algo de lo robado pretenden que les demos unas efusivas gracias…

4º MOSCOSO Y EL PILAR…¡¡a tus pies Montoro!!

En el B.O.E. del sábado, 21 de diciembre, que publica la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, figura una Disposición adicional, la cuarta, que establece una modificación del artículo 48 del Estatuto Básico del Empleado Público por la que el permiso "por asuntos particulares" se aumenta un día más, pasando a ser desde este mismo año, de 4 días en vez de 3...

Cumpliendo con esta modificación del gobierno central, la Dirección General de la Función Pública en Asturias ha hecho pública la siguiente INSTRUCCIÓN:

VER TEXTO INTEGRO EN EL QUE SE ACLARA LO DE ESTE 4º MOSCOSO Y LO DEL DIA DEL PILAR QUE ESTE AÑO FUE SABADO…

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Generalizada la presunción de fraude por parte de los trabajadores… todos estaremos en IT fraudulenta mientras el médico de A.P. no demuestre lo contrario… ¡¡si tienen tiempo de hacerlo!!

Generalizada la presunción de fraude por parte de los trabajadores… todos estaremos en IT fraudulenta mientras el médico de A.P. no demuestre lo contrario… ¡¡si tienen tiempo de hacerlo!!

El Gobierno da más poder a las mutuas para decidir el alta del trabajador

Las mutuas harán un seguimiento de las bajas laborales desde el primer día y pedirán el alta cuando lo consideren oportuno, aunque el servicio público de salud tendrá siempre la última palabra.

expansion.com

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de mutuas, por el que se concederá a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral injustificado.

 

En concreto, las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común "ya desde el primer día de la baja", según ha destacado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

 

Así, la mutua podrá formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica "motivada". Su propuesta será enviada entonces al médico del Servicio Público de Salud que emitió el parte de baja a través de los servicios de Inspección del Servicio Público de Salud correspondiente, que dispondrán de un plazo de cinco días hábiles desde la recepción de la propuesta de alta para comunicar a la mutua si la estima o la rechaza.

 

Si en dicho plazo no se notificara a la mutua el parte de confirmación de baja, se considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta. La mutua deberá entonces informar al trabajador y a la empresa de la extinción de la prestación.

 

En España se pierden al año por absentismo una media de 11,4 días por trabajador, frente a los 8,4 días que se pierden en Finlandia, los siete que se pierden en Dinamarca, los 6,8 días de Canadá o los 4,9 días de Estados Unidos.

 

Además de la reducción del absentismo, el anteproyecto de ley de mutuas persigue otros objetivos, como el de dotarlas de un nuevo marco normativo para mejorar su gobernanza y transparencia, según Báñez.

 

Sueldos

En esta materia, en el anteproyecto se modifica la regulación de los órganos de gobierno de las mutuas y se potencia la figura del presidente. La norma, que será ahora remitida a los agentes sociales y al CES para el correspondiente informe preceptivo, contempla que las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adaptarán a las correspondientes del sector público.

 

"En línea con la Ley de Transparencia y la reforma de las Administraciones Públicas se hace un control de los órganos de dirección de las mutuas y de sus altos cargos, cuyos sueldos se equiparan a los del sector público", ha explicado la ministra.

 

Otro de los objetivos de la ley de mutuas será el de facilitar el cobro de la prestación por cese de actividad de los autónomos, prestación que gestionan las mutuas, debido a que se deniegan muchas de las solicitudes que efectúan los trabajadores por cuenta propia (en 2012 el 82% de las solicitudes fueron rechazadas).

 

La ministra ha resaltado además que la norma facilita la colaboración entre comunidades autónomas y mutuas para que las primeras puedan utilizar los recursos "ociosos" de las segundas en beneficio de los usuarios del Sistema Nacional de Salud. Según Báñez, actualmente no se utilizan el 40% de los recursos de las mutuas.

 

Las mutuas son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Concretamente, se ocupan de la gestión de las contingencias profesionales de casi 13 millones de trabajadores, las contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad de casi 600.000 autónomos.

 

En 2012 ingresaron más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes, y más de 131 millones por cese de actividad.

 

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