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LEGISLACION

Negociaciones puntuales de lo que será la Ley de Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social…

Negociaciones puntuales de lo que será la Ley de Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social…

PSOE, PP y CiU permiten a los abogados y médicos jubilados tener actividad privada

El acuerdo, que se enmarca en la negociación de la reforma de la ley de pensiones, neutraliza una norma que iba a entrar en vigor el 1 de julio

Foto: El salón de actos del Colegio de Médicos durante la celebración, ayer, de la patrona, la Virgen del Perpetuo Socorro.

Oviedo / Madrid, P. Á., en La Nueva España

Marcha atrás. Los médicos, los abogados y el resto de profesionales colegiados podrán continuar compatibilizando la percepción de su pensión de jubilación y el ejercicio de su profesión en el sector privado. Un principio de acuerdo alcanzado, al menos, por el PSOE, el PP y CiU va a dejar en papel mojado una orden ministerial aprobada por el Ministerio de Trabajo el mes pasado y cuya entrada en vigor estaba prevista para el próximo 1 de julio. El citado pacto se enmarca en la negociación de la reforma de la ley de pensiones. El debate formal acerca del mismo se producirá pasado mañana, lunes, en el Congreso de los Diputados.

La norma que obligaba a los profesionales liberales a optar entre la pensión de jubilación y el ejercicio privado de su profesión había generado un notable rechazo entre los afectados en Asturias y en el conjunto de España. Tanto los colegios de médicos como los de abogados habían anunciado su intención de recurrir la norma impulsada por el Ministerio de Trabajo. De hecho, el recurso del Colegio de Médicos de Asturias ya ha entrado en la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, según informó ayer Javier Álvarez Arias de Velasco, responsable de la asesoría jurídica de la corporación médica asturiana.

La diputada asturiana del PSOE Mariví Monteserín confirmó la existencia del pacto, que será incorporado a la Ley de Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social. Monteserín calificó el acuerdo de «lógico» y subrayó que incluirá la concesión a la Seguridad Social de un periodo -aún no determinado- para que efectúe un estudio en profundidad sobre la situación de cada uno de los colectivos profesionales afectados.

El citado pacto entre partidos se enmarca en la negociación de la reforma de la ley de pensiones. Anteayer, el Colegio Oficial de Médicos de Barcelona (COMB) publicó en su página web una información titulada «Se enmienda la incompatibilidad entre pensión y actividad privada». En ella señala que «después de las intensas gestiones que el COMB ha realizado esta semana cerca de los partidos políticos, os informamos que ayer 22 de junio, los grupos parlamentarios de CiU, PP y PSOE, por iniciativa del primero, aprobaron una modificación del Proyecto de Ley de Modernización de la Seguridad Social que dejaría sin efecto la Orden del Ministerio de Trabajo que establece la incompatibilidad entre la percepción de la pensión de jubilación y la actividad profesional por cuenta propia a partir del 1 de julio de 2011».

La web agrega que los términos literales de la disposición adicional aprobada son los siguientes: «El Gobierno presentará un proyecto de ley que regule la compatibilidad entre pensión y trabajo, garantizando el relevo generacional y la prolongación de la vida laboral, así como el tratamiento en condiciones de igualdad de las diferentes actividades. Mientras no se produzca esta regulación, se mantendrá el criterio que se venía aplicando con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden TIN/1362/2011, de 23 de mayo», que es la impulsada por el Ministerio de Trabajo.

La aprobación de la reforma de la ley de pensiones no será inmediata. La citada disposición -precisa el COMB- ha sido aprobada en trámite de ponencia, y la ley de la que formará parte podría ser aprobada «a finales de julio o a principios de septiembre».

¿Qué hacer entre el 1 de julio, fecha de entrada en vigor de la incompatibilidad entre pensión de jubilación y actividad privada, y el momento en que la enmienda adquiera carta de ciudadanía? El Colegio de Médicos de Barcelona recomienda a los médicos que cumplan 65 años a partir del 1 de julio que «si teníais previsto seguir con la actividad privada, la continuéis desarrollando y no ceséis de ella, y que en cuanto a la pensión de jubilación, no la solicitéis inmediatamente (para evitar una posible denegación), sino que la solicitéis agotando el plazo de tres meses siguientes a la fecha en que tengáis derecho a recibirla, que es el plazo en el que se espera que se haya aprobado la modificación».

No se descarta la posibilidad de que el Ministerio de Trabajo opte por dar marcha atrás en lo referido a la orden, de modo que no llegue a entrar en vigor.

Ella no entra en las quinielas…??

La presidenta del Colegio de Médicos pide «cordura» al próximo consejero de Salud

Oviedo, P. Á.

La presidenta del Colegio de Médicos de Asturias, Carmen Rodríguez Menéndez, reclamó ayer al próximo consejero de Salud del Principado «cordura para tratar con sensatez y seriedad los temas relacionados con nuestra profesión». En el acto de celebración de la patrona de los médicos, Carmen Rodríguez manifestó que «durante los últimos años» la profesión «ha sido despreciada y vapuleada por la Administración autonómica».

Acerca de la nueva norma que impide compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación y la actividad privada, subrayó que «haremos todo lo que esté en nuestra mano para detener esta insensata campaña de acoso y derribo».

Procedimiento de incorporación al sistema de progresión en la carrera horizontal de los funcionarios de carrera y personal laboral fijo que prestan servicios en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos públicos y entes públicos

Procedimiento de incorporación al sistema de progresión en la carrera horizontal de los funcionarios de carrera y personal laboral fijo que prestan servicios en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos públicos y entes públicos
AUTORIDADES Y PERSONAL
Consejería De Administraciones Públicas Y Portavoz Del Gobierno

Resolución de 20 de junio de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se resuelve el procedimiento de incorporación al sistema de progresión en la carrera horizontal de los funcionarios de carrera y personal laboral fijo que prestan servicios en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos públicos y entes públicos.

Texto de la disposición   PDF de la disposición  

Cosas inexplicables, salvo por las miserias de ahorro que suponen para unos (SESPA) y por la inoperancia de los otros (SINDICATOS)…

Cosas inexplicables, salvo por las miserias de ahorro que suponen para unos (SESPA) y por la inoperancia de los otros (SINDICATOS)…

El SESPA “sólo” tardó casi 5 años en desarrollar la homologación de las carreras profesionales…

Entre tanto, el concurso de traslados cerrado hace más de 1 año, trajo a Asturias a trabajadores con grados y niveles no reconocidos hasta ahora.

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

BOPA de hoy 16 de julio de 2011

Resolución de 7 de junio de 2011, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los Grados de Carrera Profesional y los Niveles de Desarrollo Profesional acreditados por otros Servicios de Salud.

VER RESOLUCION INTEGRA EN EL BOPA

Mientras, los estatutarios, esperando a que nuestros representantes dejen de estar de resaca electoral o de vacaciones…

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Tras el emplazamiento dado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias…

Se van recuperando las becas del año pasado unilateral e ilegalmente suspendidas por el Gobierno Regional

CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL Y VIVIENDA

ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA ANCIANOS DE ASTURIAS

Resolución de 9 de junio de 2011, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda, por la que se convocan ayudas para el personal laboral del Organismo Autónomo ERA incluido, durante el curso 2009/2010, en el ámbito del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del Principado de Asturias.

VER TEXTO DE LA DISPOSICION EN EL BOPA

VER NOTICIA ANTERIOR RELACIONADA

Publicado en el BOE de hoy el Real Decreto-ley 7/2011, de 10 de junio, de medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva…

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VER TEXTO INTEGRO EN EL BOE

ENTREVISTAS A I. F. TOXO Y A CANDIDO MENDEZ

"Se refuerza la vía de la reforma laboral"

ENTREVISTA A IGNACIO FERNÁNDEZ TOXO: CCOO intentará avanzar en sus posturas en la negociación parlamentaria

11/06/2011/ B. C. B. / MADRID, en La voz de Asturias

¿Qué le parece la orientación del texto final?

El Gobierno ha pretendido situarse en un punto de equilibrio entre las posiciones finales de CEOE y los sindicatos, lo que en parte le ha alejado de lo que eran las bases de acuerdo que habíamos ido estableciendo en la negociación.

¿Este marco será efectivo?

El sindicato intentará impedir cualquier regresión de las condiciones laborales de los trabajadores y reducción de derechos. La negociación entre organizaciones empresariales y sindicales será necesaria para poner en marcha Acuerdos Interconfederales sobre sistemas de mediación y arbitraje.

¿Tratarán de influir en los grupos parlamentarios para lograr cambios?

Nuestra práctica no es la de ejercer de lobby, pero trasladaremos a los grupos que el real decreto es una decisión unilateral del Gobierno con la que no nos sentimos vinculados porque que incrementa el poder discrecional del empresario, en materia de flexibilidad interna (distribución del tiempo de trabajo y jornada, movilidad funcional y descuelgue de convenio). Rompe el convenio sectorial estatal ó autonómico, potenciando el de empresa; cuyos efectos conllevan una reducción de derechos. No se avanza en la participación de los trabajadores ni se atribuyen competencias claras para cumplir su función a las comisiones paritarias, impidiendo que sean vinculantes, y que su papel tenga que ser objeto de acuerdo entre las partes. Se abre la vía a los sindicatos de categoría y, aunque se mantiene la ultraactividad de los convenios, se debilita el sistema de negociación colectiva.

¿Cómo afecta a los trabajadores? ¿Ganan cobertura los empleados de las pequeñas empresas?

Les afecta negativamente al impedir su participación en las medidas de flexibilidad interna, romper la unidad del convenio y potenciar los convenios franja, impedir que en las empresas donde no haya representación sindical funcionen las comisiones paritarias, debilitar los sistemas de mediación y arbitraje, y evitar la desjudicialización de la negociación colectiva.

¿Qué le falta y qué le sobra a la propuesta?

El Gobierno no ha respetado los acuerdos del proceso de negociación. El equilibrio está en una reforma acordada entre los interlocutores sociales. La posición del Gobierno refuerza el camino abierto por la reforma laboral.

"Se pone en peligro a los trabajadores"

ENTREVISTA A CANDIDO MÉNDEZ: Dice que el decreto amplía las atribuciones de la reforla boral a la patronal.

11/06/2011/ B. C. B. / MADRID, en La voz de Asturias

¿Qué le parece la orientación del texto final?

Es un decreto ley del Gobierno y no nos sentimos vinculados con esta propuesta. En líneas generales se profundiza en la directriz de la reforma laboral aprobada el pasado año. No sólo no se corrigen las mayores atribuciones a la parte empresarial que introdujo esa reforma en materia de jornada, puesto de trabajo y descuelgue, sino que se amplían sus atribuciones. Además, se debilitan los convenios y no se avanza en la participación real de los representantes de los trabajadores en las empresas.

¿El nuevo marco de negociación colectiva será efectivo?

La mejor reforma es la reforma pactada. Nosotros tendremos que reforzar e impulsar la negociación de convenios para proteger los derechos de los trabajadores.

¿Tratarán de influir en los grupos parlamentarios para lograr cambios?

Vamos a pedirles que se mantenga la vigencia de los convenios, si no hay un resultado positivo en la negociación, y crear un procedimiento de mediación y arbitraje.

¿Cómo afecta a los trabajadores?

El cambio puede afectar a la protección de los derechos de los trabajadores. El decreto del Gobierno permite romper un convenio sectorial con uno de empresa en cualquier momento de la vigencia del de ámbito superior. Esto puede provocar una situación complicada ya que la patronal había asumido en el proceso negociador tres garantías que no aparecen en el documento del Gobierno: que se comunicara a las comisiones paritarias del convenio sectorial superior a la empresa la apertura de ese convenio; que estuvieran presentes asesores sindicales firmantes del convenio y que sus condiciones no pudieran ser inferiores al convenio superior o sectorial.

¿Qué le falta y qué le sobra a la propuesta del Ejecutivo?

Le falta el consenso de los interlocutores sociales, que es básico, y eso la sitúa en un difícil equilibrio para desarrollar las materias básicas de la negociación colectiva. Mientras, en el mantenimiento de la vigencia de los convenios, el Gobierno ha mantenido el equilibrio. Sin embargo, se otorga mayor discrecionalidad a los empresarios para hacer convenios de empresa y alterar las condiciones de trabajo de los actuales convenios.

El fin de una excepción en la incompatibilidad de las pensiones que afecta a numerosas profesiones…

El fin de una excepción en la incompatibilidad de las pensiones que afecta a numerosas profesiones…

LEGISLACION DE AMBITO ESTATAL

Los médicos que se jubilen de la sanidad pública no podrán ejercer en la privada

La orden ministerial, que entrará en vigor el 1 de julio, impulsa a facultativos de la región a anticipar su retiro

El Colegio de Médicos recurrirá la norma

VER LA ORDEN MINISTERIAL PUBLICADA EN EL BOE

Oviedo, Pablo ÁLVAREZ, en La Nueva España
O pensión de jubilación o consulta privada. A partir del próximo 1 de julio, los médicos de la sanidad pública que se jubilen se verán enfrentados a un dilema que hasta el momento no se les había planteado. Así lo establece una orden del Ministerio de Trabajo publicada el pasado 26 de mayo en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).

Se pone fin de esta manera a una práctica de larga tradición entre los facultativos, que pese a jubilarse de su plaza pública proseguían con su actividad privada. En Asturias, este modo de actuar se agudizó en el último año y medio, desde que empezó a aplicarse a los médicos la jubilación obligatoria al cumplir 65 años. Hasta ese momento, era habitual que los facultativos no se retiraran hasta los 70 años, posibilidad de la que siguen disfrutando los profesionales de la medicina que, a su vez, son profesores de la Universidad de Oviedo. También pueden continuar hasta los 70 los médicos que no son estatutarios, sino laborales.

La orden ministerial consta de un único artículo, que determina la «incompatibilidad entre el percibo de la pensión de jubilación de la Seguridad Social y el ejercicio de actividad de los profesionales colegiados». En realidad, no sólo afecta a los médicos, sino también a todos aquellos profesionales colegiados que han ejercido su profesión por cuenta ajena y que acceden a una pensión de la Seguridad Social. Por ejemplo, abogados que son profesores universitarios y que, una vez jubilados, pretendan continuar ejerciendo la abogacía en bufetes privados.

Con todo, los médicos son el colectivo en el que más repercutirá esta nueva normativa. El Colegio de Médicos de Asturias ya anunció ayer que recurrirá la nueva normativa. Su presidenta, Carmen Rodríguez, sostiene que «la nueva orden ministerial, que entrará en vigor el próximo 1 de julio, supone una mutilación y privación de las libertades de los profesionales y de la sociedad en general. Asturias es, en estos momentos, la única comunidad autónoma en la que la exclusividad de los médicos es obligatoria. La confluencia de estas dos medidas impide a la sociedad asturiana tener la opción de elegir medicina pública o medicina privada, libertades que existen en el resto de las autonomías»..

El Colegio de Médicos de Asturias ha puesto un recurso en el Tribunal Constitucional contra la exclusividad desde el año 2002 y actuará «con toda la fuerza que la legalidad le permita contra esta nueva orden ministerial», añade.

La novedad legislativa ha causado revuelo. Por lo pronto, ya son varios los médicos asturianos -muy conocidos algunos de ellos, por ejemplo, jefes de servicio de hospitales- que han iniciado las gestiones para tramitar su jubilación antes del próximo 1 de julio. Por ser también profesores universitarios (o laborales, o por otras razones que les habían convertido en excepción), superan los 65 años pero aspiraban a llegar a los 70 en activo, opción a la que ahora están dispuestos a renunciar a cambio de conservar su actividad privada. Se trata de facultativos que tienen consulta privada y que desean continuar con ella. O que aspiran a incorporarse a una clínica o policlínica privada después de retirarse, como han hecho no pocos de los jubilados en los últimos 18 meses. Algunos de ellos han recalado en el Centro Médico de Asturias o en la Clínica Asturias, entre otros establecimientos.

En la práctica, algunos profesionales deberán hacer números y decidir si les compensa poner fin a su actividad en la sanidad pública a lo largo de este mes de junio, aunque aún no hayan cumplido la edad preceptiva para retirarse.

A lo largo de las últimas décadas, los médicos de la sanidad pública podían jubilarse a los 65 años, pero en su mayoría optaban por prolongar su vida laboral hasta los 70 años. Unos, aduciendo su amor a la profesión. Para otros la motivación era menos romántica: después de echar unas cuentas que no eran demasiado complejas, concluían que la pensión máxima de jubilación no va más allá de la mitad, o incluso de un tercio, de lo que suele percibir un médico de la sanidad pública en los años previos a su retiro. Actualmente, el tope de una pensión pública está situado en 2.497 euros mensuales.

Desde algunas instancias médicas se sostiene que esta nueva norma implica «un duro golpe» para las consultas privadas en Asturias. Quienes defienden esta postura recuerdan que desde hace varios años la Consejería de Salud del Principado impone la dedicación exclusiva a los médicos que se incorporan a una plaza en el sistema público de salud. La normativa de ámbito estatal obliga a las administraciones autonómicas a que habiliten un mecanismo para que los profesionales puedan renunciar a la exclusividad, pero el Gobierno asturiano no la ha cumplido. El asunto está pendiente desde hace años de que se pronuncie el Tribunal Constitucional. Sea como fuere, lo cierto es que la mayor parte de las consultas privadas de la región pertenece a facultativos veteranos, que son los que ahora se ven afectados por la nueva orden del Ministerio que dirige Valeriano Gómez.

La dinámica del nuevo parlamento autonómico y de la elección del presidente del gobierno del Principado…

La dinámica del nuevo parlamento autonómico y de la elección del presidente del gobierno del Principado…

22-M

El nuevo Parlamento asturiano se constituirá previsiblemente a finales de junio

OVIEDO, 23 May. (EUROPA PRESS) -

La sesión constitutiva de la Junta General del Principado de Asturias tendrá lugar a finales de junio previsiblemente, aunque no se puede establecer una fecha concreta, dado que depende de cuándo se proclamen los resultados por parte de la Junta Electoral. A partir de ese día, habría que contabilizar quince días hábiles para la celebración de la sesión constitutiva. En 2007, la Junta Electoral tardó ocho días en proclamar los resultados, según las fuentes parlamentarias consultadas por Europa Press.

Según consta en el Reglamento de la Cámara, el parlamento asturiano se reunirá "el día y hora señalados en el Decreto de convocatoria, y, en su defecto, a las doce horas del decimoquinto día hábil siguiente al de la proclamación de los Diputados electos".

El Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias incluye además en su articulado que la Junta General electa "será convocada por el presidente del Principado cesante, dentro de los quince días siguientes a la celebración de las elecciones".

La sesión constitutiva será presidida inicialmente por una Mesa de edad, constituida por el Diputado electo de mayor edad de los presentes como Presidente, asistido por los dos de menor edad en calidad de Secretarios. Se procederá seguidamente a la elección del Presidente y demás componentes de la Mesa de la Cámara.

Concluidas las votaciones, los elegidos ocuparán sus puestos en la presidencia. A continuación, los Diputados prestarán juramento o promesa de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía. El juramento o promesa será prestado, en primer lugar por el Presidente, a continuación lo harán los restantes miembros de la Mesa, por su orden, y, finalmente, los demás Diputados por orden alfabético. Acto seguido el Presidente declarará constituida la Cámara y levantará la sesión.

Según los resultados electorales, la composición de ese nuevo Parlamento asturiano estará formado por 16 diputados de Foro Asturias, 15 del PSOE, 10 del PP y 4 de IU-Verdes.

Dentro de los diez días siguientes al término de la sesión constitutiva del Parlamento, el Presidente de la Cámara convocará al Pleno para la elección del próximo Presidente del Principado, que podría ser Francisco Álvarez-Cascos, ya que ha obtenido el mayor número de diputados y podría recabar apoyos del PP. Un acuerdo Foro-PP le permitiría gobernar con mayoría absoluta.

Los expertos hacen valoraciones positivas sobre algunos aspectos del anteproyecto de ley, pero también críticas…

Los expertos hacen valoraciones positivas sobre algunos aspectos del anteproyecto de ley, pero también críticas…

La compleja ley de la frontera de la vida

Mientras unos médicos consideran que el Gobierno debería haber incluido en el anteproyecto de ley la legalización de la eutanasia, otros reclaman un refuerzo de los cuidados paliativos

Oviedo, Pablo ÁLVAREZ, en La Nueva España

Pocos debates generan tanto interés como los referidos al tránsito entre la vida y la muerte. El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 13 el anteproyecto de ley reguladora de los derechos de las personas al final de su vida. El texto, coloquialmente conocido como «ley de muerte digna», deberá ahora ser debatido en las Cortes. No despenaliza la eutanasia ni el suicidio asistido, prácticas que suscitan enorme controversia. La ministra de Sanidad, Leire Pajín, subraya que la normativa «evitará el sufrimiento innecesario y el ensañamiento terapéutico para los pacientes en fase terminal», y agrega que garantiza los mismos derechos para todos los ciudadanos, «vivan donde vivan».

LA NUEVA ESPAÑA ha recabado el juicio de tres médicos asturianos con una larga experiencia profesional en la frontera de la vida. Se trata de Carlos Ponte, responsable de la UVI del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) y presidente de la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública; Belén Álvarez, médica del equipo de apoyo de cuidados paliativos del área sanitaria de Oviedo, y Dolores Escudero, presidenta de la Sociedad Asturiana de Medicina Intensiva.

En sus observaciones, los citados facultativos no eluden valoraciones positivas sobre algunos aspectos del anteproyecto de ley, pero también incluyen críticas a lo que consideran lagunas y desviaciones del texto sobre lo que estiman que debería ser su objetivo primordial.

«Ramón Sampedro no se habría beneficiado de esta normativa», Carlos Ponte

Responsable de la UVI del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA)

«Aunque en positivo, el Gobierno socialista promueve una norma que se limita a concretar algunas garantías en el cumplimiento de la legislación actual sobre cuidados paliativos, últimas voluntades, autonomía del paciente y testamento vital. Leyes que ya han sido sancionadas por las Cortes y distintos parlamentos autonómicos en la última década.

Hay, por tanto, pocas novedades y pocos avances en esta materia, como ha declarado la Asociación DMD (Derecho a una Muerte Digna). Es cierto que el anteproyecto obliga a respetar la decisión del paciente y, en el caso de las profesiones sanitarias, facilita la adecuación entre la intervención o el esfuerzo terapéutico y la utilidad clínica en beneficio del enfermo; pero lejos quedan las promesas del PSOE en el programa electoral de 2004 y lejos también las legislaciones europeas más avanzadas, como ocurre en Bélgica, Holanda, Luxemburgo y Suiza.

El Gobierno se justifica diciendo que "la sociedad aún no está madura para legalizar la eutanasia". Pero cualquier lector atento a la realidad sabe que la opinión pública es mayoritariamente favorable, y con tendencia creciente, a su legalización, y que el verdadero problema es la frontal oposición de la Conferencia Episcopal, a contracorriente incluso de muchos teólogos y católicos de base que refutan la posición de la jerarquía.

Ramón Sampedro no se hubiera beneficiado de esta nueva normativa. La muerte digna, regulada con precisión y garantías, es un derecho humano irrenunciable que sigue pendiente».

«La ley debería garantizar unos cuidados paliativos de calidad», Belén Álvarez

Médica del equipo de apoyo de cuidados paliativos del área sanitaria de Oviedo

«La ley hace demasiado hincapié en garantizar unos derechos a los ciudadanos, en muchas ocasiones difíciles de cumplir, cuando lo que sí debería garantizar es la asistencia a toda la población con unos cuidados paliativos de calidad.

En cuanto a las obligaciones que confiere a los profesionales, entiendo que la ley es muy ambigua en cuanto a los deberes del personal sanitario, subyugada a respetar la voluntad de los pacientes, y con grandes contradicciones sobre lo que considero que siempre debe buscar el médico: el bien del paciente.

En el apartado de obligaciones de las administraciones sanitarias, los contenidos son muy poco concretos. Pienso que deberían desarrollar más aspectos como garantizar la igualdad en el acceso de todos los ciudadanos a los cuidados paliativos, medidas socio-sanitarias para facilitar el cuidado de los pacientes por sus familias, desarrollar más los equipos de cuidados paliativos de atención domiciliaria existentes, fomentar la formación de los profesionales, y crear unidades especificas de cuidados paliativos en los hospitales donde no las hubiese, entre otros».

«A los profesionales nos otorga un poco más de respaldo», Dolores Escudero

Presidenta de la Sociedad Asturiana de Medicina Intensiva

«La norma no es perfecta, pues no aborda todos los aspectos que podía haber incluido, pero sí significa un avance social. Recoge muchas cosas que ya se están haciendo en la práctica clínica, como el derecho al tratamiento del dolor y al acompañamiento. Para los ciudadanos, supone un avance que se empiecen a reconocer los derechos relativos al final de nuestra vida.

La ley es muy inconcreta en algunos epígrafes. Imagino que el legislador ha optado por la prudencia en asuntos como la eutanasia o el suicidio asistido. Quizás el legislador consideró que las mentalidades mediterráneas aún no están preparadas para una legislación más progresista, pero las sociedades van avanzando y hay que darles tiempo.

Considero muy importante que se consagren derechos como que el enfermo terminal pueda estar acompañado, y que la cuestión no quede en manos de los profesionales. Y veo muy bien que se reconozca el derecho a la intimidad personal y familiar, con la asignación de una habitación individual. Luego habrá que ver si la letra se lleva a la práctica.

Es positivo el reconocimiento expreso de las instrucciones previas que hacen primar el principio de autonomía del paciente y que garantizan que al final de la vida se cumplan sus últimas voluntades, por ejemplo la donación de órganos para trasplantes.

A los profesionales, la nueva ley nos otorga un poco más de cobertura y de respaldo en actividades que estamos haciendo a diario consideradas como buena práctica clínica, como la analgesia y la sedación. A veces sucede que, por temor, algunos profesionales son demasiado restrictivos en el uso de la analgesia».

Las claves de la norma

Los objetivos fundamentales de la ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida son la protección de la dignidad de los enfermos que se hallan en fase terminal o de agonía y la garantía del pleno respeto de su libre voluntad en la toma de decisiones sanitarias que afecten a dicho proceso.

Garantiza una serie de derechos, como el derecho a la información asistencial, a la toma de decisiones, al tratamiento del dolor, al acompañamiento y a la intimidad.

Los pacientes tendrán derecho a que se les permita el acompañamiento en los centros e instituciones sanitarias, siempre que ello resulte compatible con las medidas sanitarias necesarias para ofrecer una atención de calidad. Estos pacientes podrán recibir también el auxilio espiritual que soliciten conforme a sus convicciones y creencias.

Los centros e instituciones sanitarias garantizarán a los pacientes hospitalizados la preservación de su intimidad personal y familiar, para lo que deberán facilitar a las personas que deban ser atendidas en régimen de hospitalización una habitación de uso individual durante su estancia.

VER EL TEXTO DEL ANTEPROYECTO DE LA LEY