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LEGISLACION

LISTADOS DEFINITIVOS DEL NIVEL IV DE DESARROLLO PROFESIONAL…

LISTADOS DEFINITIVOS DEL NIVEL IV DE DESARROLLO PROFESIONAL…

En el BOPA de hoy…

SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (SESPA)

Resolución de 12 de mayo de 2011, de la Dirección Gerencia del Servicio de Salud del Principado de Asturias, por la que se resuelve definitivamente el procedimiento de solicitud de encuadramiento, con carácter extraordinario, correspondiente al nivel IV de Desarrollo Profesional para el personal sanitario de los grupos C y D y personal no sanitario de todos los grupos, del Servicio de Salud del Principado de Asturias…

VER RESOLUCION INTEGRA

Convocatoria en desarrollo del Decreto 37/2011 de la carrera horizontal…

Convocatoria en desarrollo del Decreto 37/2011 de la carrera horizontal…

VER NOTICIA ANTERIOR RELACIONADA

Resolución de 16 de mayo de 2011, de la Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno, por la que se convoca procedimiento de solicitud para la incorporación al sistema de progresión en la carrera horizontal, en la categoría personal de entrada y en la primera categoría, de los funcionarios de carrera y personal laboral fijo que prestan servicios en la Administración del Principado de Asturias, sus organismos públicos y entes públicos, así como la fijación del plazo para la presentación del objetivo individual…

VER RESOLUCION INTEGRA EN EL BOPA DE HOY

Publicado ayer y con efectos también para los laborales…

Publicado ayer y con efectos también para los laborales…

Boletín Nº 110 del Sábado 14 de Mayo de 2011

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO

Decreto 37/2011, de 11 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la carrera horizontal de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias.

VER EL DECRETO EN EL BOPA

VER NOTICIA ANTERIOR RELACIONADA

Aprobada ayer en el Consejo de Ministros…

Aprobada ayer en el Consejo de Ministros…

La Ley de Muerte Digna no legaliza la eutanasia, pero evita el sufrimiento

14.05.11 - EFE | MADRID.

El anteproyecto de ley reguladora de los derechos de las personas al final de su vida, que aprobó ayer el Consejo de Ministros, no despenalizará la eutanasia ni el suicidio asistido y «sólo evitará el sufrimiento innecesario y el ensañamiento terapéutico para los pacientes en fase terminal».

Así lo explicó la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde destacó que la hasta ahora conocida como Ley de Muerte Digna garantiza los mismos derechos para todos los ciudadanos «vivan donde vivan».

El Ejecutivo pretende, así, unificar la normativa en el conjunto del Estado, después de que comunidades como Andalucía, Aragón y Navarra cuenten con leyes que regulan esta materia. El texto garantiza también la seguridad jurídica de los profesionales sanitarios dedicados a los cuidados paliativos.

La ley consagra el derecho a la información asistencial, a la toma de decisiones, al tratamiento del dolor, a la voluntad anticipada o testamento vital, recogido en un registro nacional, y al acompañamiento e intimidad en los últimos días de vida, para lo cual el paciente y su familia dispondrán de una habitación individual. Las personas en fase terminal tendrán derecho a la asistencia domiciliaria en los cuidados paliativos que precisen, lo que les permitirá morir en su casa.

Pajín recalcó que en la elaboración de esta iniciativa han participado expertos, asociaciones de pacientes y profesionales sanitarios, por lo que su pretensión es que alcance el mayor consenso posible durante la tramitación parlamentaria.

La ministra hizo, además, hincapié en que esta ley va dirigida a los pacientes en fase terminal o de agonía, «donde los médicos descartan de una forma clara que vaya a haber expectativas de curación» o que el paciente tenga un pronóstico de vida limitado a semanas o meses.

Se trata de «pasar de un modelo asistencial a un sistema de derechos y garantías», respondiendo además a una demanda de «numerosas organizaciones sanitarias, pacientes y usuarios, de forma reiterada en los últimos tiempos».

Sus objetivos fundamentales son la protección de la dignidad de las personas enfermas que se encuentran en fase terminal o de agonía y la garantía del pleno respeto de su libre voluntad en la toma de decisiones sanitarias que afecten a dicho proceso.

La futura norma establece que toda persona mayor de edad y con plena capacidad de obrar tiene derecho a manifestar anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y el tratamiento asistencial que desea recibir en el proceso final de su vida, incluido tanto el tratamiento analgésico específico como la sedación.

Incluye al personal laboral … también a los sanitarios laborales.

Incluye al personal laboral … también a los sanitarios laborales.

Mil más para la carrera profesional

El Principado aprueba el sistema para regular el cobro del plus de los funcionarios, del que ya se benefician unos 5.500 trabajadores

VER ACUERDO POR EL QUE SE INCLUYEN LOS SANITARIOS LABORALES

Oviedo, Pablo GONZÁLEZ, en La Nueva España

El Consejo de Gobierno aprobó ayer el reglamento por el que se regirá la carrera horizontal, más conocida como la carrera profesional, de los funcionarios que trabajan exclusivamente para la Administración del Principado, sus entes y empresas autónomas. Este reglamento, que se publicará en los próximos días en el «Boletín Oficial del Principado» (BOPA), abre la puerta a que se sumen a la carrera profesional 1.241 funcionarios que trabajan en la Administración del Principado (esto no incluye ni a personal docente ni sanitario estatutario) a los 5.427 trabajadores públicos que ya perciben este plus salarial en concepto de pago a cuenta después de los problemas judiciales que acarreó este plus salarial al Principado, que en un principio fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) tras un recurso presentado por sindicatos como CSIF o CSI. Las nuevas incorporaciones supondrán un coste anual de 2 millones de euros.

En total, podrán cobrar la carrera profesional 6.668 funcionarios, con un coste anual de unos 10 millones de euros. En el mejor de los casos, la carrera profesional supone una mejora salarial de aproximadamente 200 euros mensuales. Los nuevos funcionarios del Principado que pueden optar a la carrera profesional deberán estar atentos a la apertura del plazo de adhesión, que se supone arrancará una vez que el reglamento sea publicado en el BOPA. Una vez adheridos, y según explicó ayer Ana Rosa Migoya, consejera de Administraciones Públicas, habrá un proceso para comprobar si los incorporados cumplen con los requisitos, lo que desembocará en una lista de admitidos y no admitidos y un tiempo para presentar alegaciones. A partir de aquí comenzarán la evaluaciones de los funcionarios, que, según los cálculos de Migoya, habrán concluido a lo largo del mes de julio.

El reglamento recoge los criterios que se tendrán en cuenta para que los funcionarios puedan cobrar este plus salarial. El requisito principal es ser funcionario de carrera y tener una antigüedad de cinco años en la Administración. También se tendrá en cuenta la formación que a lo largo de estos años el trabajador público haya adquirido en relación con el puesto que ocupa. En principio, el resto de los criterios, muchos de ellos considerados subjetivos por los sindicatos, tienen que ver con el logro de objetivos colectivos e individuales. «Es un decreto amplio», señalaba ayer Ana Rosa Migoya tras el Consejo de Gobierno en el que se aprobó el reglamento.

La carrera profesional fue una promesa electoral que realizó Vicente Álvarez Areces, presidente del Principado, a los funcionarios poco antes de las elecciones autonómicas de 2007. La carrera profesional se aprobó en acuerdo del Consejo de Gobierno sin respaldo legal. Los sindicatos recurrieron la medida, que fue tumbada por el TSJA. Esto obligó al Gobierno del Principado a poner en marcha una ley que entró en vigor en enero de 2010.

Lo contaron hace 5 días nuestros compañeros del Blog del H. M. Naranco …

Lo contaron hace 5 días nuestros compañeros del Blog del H. M. Naranco …

ESTE MIÉRCOLES EN EL CONSEJO DE GOBIERNO
Aprobado el reglamento de la carrera horizontal de los funcionarios
Pretende conseguir la implicación de los trabajadores en el logro de los objetivos de la Administración
VER LA NOTICIA ADELANTADA EN EL BLOG DE LOS COMPAÑEROS DEL HOSPITAL MONTE NARANCO EL PASADO DIA 7 DE MAYO
OVIEDO, 11 May. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles en su reunión ordinaria el reglamento de la carrera horizontal de los funcionarios de la Administración del Principado de Asturias.
Según informó en rueda de prensa la portavoz del Ejecutivo, Ana Rosa Migoya, el reglamento, que desarrolla la carrera horizontal de los funcionarios de la Administración, sus organismos públicos y entes públicos, consta de seis Títulos, 66 artículos y varias disposiciones y anexos.
En el Título Preliminar se recogen los aspectos relativos al objeto y ámbito de aplicación del Reglamento. El modelo de carrera horizontal y evaluación que desarrolla será de aplicación a los funcionarios de carrera de la Administración del Principado de Asturias, sus organismos públicos y entes públicos, que se encuentren en situación de servicio activo o en cualquier otra que conlleve reserva de plaza o de un concreto puesto de trabajo.
El Título I, ’Carrera horizontal’, regula a través de sus cinco capítulos, la definición, características, estructura, requisitos y sistema de progresión en la carrera horizontal. En este apartado se especifica que el reconocimiento de las distintas categorías personales en que se estructura la carrera horizontal de los funcionarios, conlleva el proceso de evaluación de los siguientes bloques de valoración: La evaluación del desempeño, los objetivos colectivos e individuales, la formación, innovación y transferencia del conocimiento y los puestos de especial desempeño.
El Título II, ’Evaluación del desempeño’, recoge en cinco capítulos las normas generales de la evaluación del desempeño, la figura del evaluado y del evaluador, las funciones de éstos últimos, el contenido de la evaluación y los efectos en la carrera horizontal. Además, se configuran las denominadas ’Unidades de evaluación’, que posibilitarán la ejecución ordenada y sistemática de los informes de evaluación con carácter anual.
El Título III, ’Objetivos colectivos e individuales’, recoge en ocho artículos la definición y proceso a seguir en orden a la fijación anual de los objetivos de gestión.
A través de este bloque de valoración se pretende conseguir la implicación de los funcionarios en el logro de los objetivos de la Administración, de forma que el progreso profesional en el puesto de trabajo desempeñado contribuya a mejorar la prestación de los servicios, permitiendo orientar al personal funcionario en su propio progreso y en función de las necesidades de futuro de la organización
El Título IV, ’Formación, innovación y transferencia del conocimiento’, recoge a través de sus dos capítulos las actividades de los funcionarios públicos en términos de formación, innovación, docencia y de transmisión del conocimiento en materias vinculadas al puesto de trabajo, así como la implicación en los proyectos de la Administración mediante su participación en grupos de trabajo, equipos de investigación, programas de innovación y mejora de la calidad.
Por último, el Título V, ’Puestos de especial desempeño’, incorpora el reconocimiento de la especificidad de determinados puestos de trabajo, atendiendo a la dispersión geográfica y otros factores que pudieran dificultar la provisión, la permanencia o la organización del trabajo.

El plan de empleo sumergido entró en vigor ayer

El plan de empleo sumergido entró en vigor ayer

Publicado en el Boletín Oficial del Estado del viernes día 6 de los corrientes

Emplear a trabajadores 'en negro' se sancionará con hasta 10.000 euros de multa desde el 1 de agosto

EP / MADRID

El plan de empleo sumergido entró en vigor ayer, momento a partir del cual y hasta el próximo 31 de julio, los empresarios que lo deseen podrán dar de alta a la Seguridad Social a los empleados que no tienen declarados sin recibir la sanción administrativa correspondiente, según informa el Boletín Oficial del Estado (BOE) del viernes.

El Real Decreto-Ley, aprobado el pasado viernes día 29 de abril por el Gobierno, contempla que los empresarios podrán voluntariamente regularizar la situación de los trabajadores que se encuentren ocupados por los mismos de manera irregular y podrán acogerse a cualquier modalidad de contratación, si bien el contrato no podrá ser inferior a seis meses.

Pasado este 'periodo de gracia', que concluye el próximo 31 de julio, se endurecen las sanciones administrativas a empresas y trabajadores, llegando a multiplicar las multas hasta por cinco en algunos casos.

En concreto, el plan establece que una empresa que incumpla la obligación de alta de un trabajador en la Seguridad Social tendrá a partir de agosto una sanción mínima de 3.126 euros, cinco veces superior a la actual de 626 euros, y máxima de 10.000 euros, frente a los 6.250 euros actuales.

Por otro lado, cuando el trabajador que compatibilice el cobro de la prestación por desempleo con trabajos 'en negro' la empresa verá incrementada la sanción mínima de 6.251 euros a 10.000 euros, mientras que la máxima se mantendrá en los 187.515 euros.

Además, la iniciativa comprende una intensificación de la actividad y la eficacia de las actuaciones de vigilancia y control del trabajo no declarado por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el marco de las distintas acciones emprendidas contra el fraude en los últimos años. En esta misma línea, el plan incluye la realización de campañas de sensibilización pública.

LOS INFRACTORES, EXCLUIDOS DOS AÑOS DE LAS AYUDAS.

El Real Decreto también contempla que las empresas que hayan cometido infracciones muy graves perderán automáticamente las ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción, y podrán ser excluidos del acceso a tales ayudas por un periodo máximo de dos años, que se reduce a un año cuando la infracción es grave.

Por último, el Ministerio de Trabajo se compromete, transcurridos seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto, a realizar una evaluación y seguimiento de los resultados de las medidas y oirá a la Comisión Consultiva Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Atendiendo a las conclusiones de dicha evaluación, procederá a adoptar o promover las medidas de adaptación o modificación que resulten adecuadas.

VER EL TEXTO INTEGRO DEL REAL DECRETO-LEY

Trabajo encuentra respaldo político para encarecer la prejubilación

Trabajo encuentra respaldo político para encarecer la prejubilación

CiU apoya la medida y el PP, partidario en principio, reclama explicaciones

El País M. V. GÓMEZ - Madrid -

Los cálculos del ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, para sacar adelante su plan de encarecer las prejubilaciones en las grandes empresas con beneficios eran ciertos. Antes de hacerse públicas sus intenciones, en su departamento creían que podrían contar con el apoyo de varios grupos de la oposición. Ayer lo comprobó. El grupo catalán CiU se mostró a favor de la medida. Los también catalanes de ERC anunciaron una iniciativa para endurecer los expedientes de regulación de empleo (ERE). Menos decidido fue el PP, que, aunque se mostró partidario de la medida, exigió que Gómez dé explicaciones en el Congreso.(leer  más)