Los expertos hacen valoraciones positivas sobre algunos aspectos del anteproyecto de ley, pero también críticas
La compleja ley de la frontera de la vida
Mientras unos médicos consideran que el Gobierno debería haber incluido en el anteproyecto de ley la legalización de la eutanasia, otros reclaman un refuerzo de los cuidados paliativos
Oviedo, Pablo ÁLVAREZ, en La Nueva España
Pocos debates generan tanto interés como los referidos al tránsito entre la vida y la muerte. El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 13 el anteproyecto de ley reguladora de los derechos de las personas al final de su vida. El texto, coloquialmente conocido como «ley de muerte digna», deberá ahora ser debatido en las Cortes. No despenaliza la eutanasia ni el suicidio asistido, prácticas que suscitan enorme controversia. La ministra de Sanidad, Leire Pajín, subraya que la normativa «evitará el sufrimiento innecesario y el ensañamiento terapéutico para los pacientes en fase terminal», y agrega que garantiza los mismos derechos para todos los ciudadanos, «vivan donde vivan».
LA NUEVA ESPAÑA ha recabado el juicio de tres médicos asturianos con una larga experiencia profesional en la frontera de la vida. Se trata de Carlos Ponte, responsable de la UVI del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) y presidente de la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública; Belén Álvarez, médica del equipo de apoyo de cuidados paliativos del área sanitaria de Oviedo, y Dolores Escudero, presidenta de la Sociedad Asturiana de Medicina Intensiva.
En sus observaciones, los citados facultativos no eluden valoraciones positivas sobre algunos aspectos del anteproyecto de ley, pero también incluyen críticas a lo que consideran lagunas y desviaciones del texto sobre lo que estiman que debería ser su objetivo primordial.
«Ramón Sampedro no se habría beneficiado de esta normativa», Carlos Ponte
Responsable de la UVI del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA)
«Aunque en positivo, el Gobierno socialista promueve una norma que se limita a concretar algunas garantías en el cumplimiento de la legislación actual sobre cuidados paliativos, últimas voluntades, autonomía del paciente y testamento vital. Leyes que ya han sido sancionadas por las Cortes y distintos parlamentos autonómicos en la última década.
Hay, por tanto, pocas novedades y pocos avances en esta materia, como ha declarado la Asociación DMD (Derecho a una Muerte Digna). Es cierto que el anteproyecto obliga a respetar la decisión del paciente y, en el caso de las profesiones sanitarias, facilita la adecuación entre la intervención o el esfuerzo terapéutico y la utilidad clínica en beneficio del enfermo; pero lejos quedan las promesas del PSOE en el programa electoral de 2004 y lejos también las legislaciones europeas más avanzadas, como ocurre en Bélgica, Holanda, Luxemburgo y Suiza.
El Gobierno se justifica diciendo que "la sociedad aún no está madura para legalizar la eutanasia". Pero cualquier lector atento a la realidad sabe que la opinión pública es mayoritariamente favorable, y con tendencia creciente, a su legalización, y que el verdadero problema es la frontal oposición de la Conferencia Episcopal, a contracorriente incluso de muchos teólogos y católicos de base que refutan la posición de la jerarquía.
Ramón Sampedro no se hubiera beneficiado de esta nueva normativa. La muerte digna, regulada con precisión y garantías, es un derecho humano irrenunciable que sigue pendiente».
«La ley debería garantizar unos cuidados paliativos de calidad», Belén Álvarez
Médica del equipo de apoyo de cuidados paliativos del área sanitaria de Oviedo
«La ley hace demasiado hincapié en garantizar unos derechos a los ciudadanos, en muchas ocasiones difíciles de cumplir, cuando lo que sí debería garantizar es la asistencia a toda la población con unos cuidados paliativos de calidad.
En cuanto a las obligaciones que confiere a los profesionales, entiendo que la ley es muy ambigua en cuanto a los deberes del personal sanitario, subyugada a respetar la voluntad de los pacientes, y con grandes contradicciones sobre lo que considero que siempre debe buscar el médico: el bien del paciente.
En el apartado de obligaciones de las administraciones sanitarias, los contenidos son muy poco concretos. Pienso que deberían desarrollar más aspectos como garantizar la igualdad en el acceso de todos los ciudadanos a los cuidados paliativos, medidas socio-sanitarias para facilitar el cuidado de los pacientes por sus familias, desarrollar más los equipos de cuidados paliativos de atención domiciliaria existentes, fomentar la formación de los profesionales, y crear unidades especificas de cuidados paliativos en los hospitales donde no las hubiese, entre otros».
«A los profesionales nos otorga un poco más de respaldo», Dolores Escudero
Presidenta de la Sociedad Asturiana de Medicina Intensiva
«La norma no es perfecta, pues no aborda todos los aspectos que podía haber incluido, pero sí significa un avance social. Recoge muchas cosas que ya se están haciendo en la práctica clínica, como el derecho al tratamiento del dolor y al acompañamiento. Para los ciudadanos, supone un avance que se empiecen a reconocer los derechos relativos al final de nuestra vida.
La ley es muy inconcreta en algunos epígrafes. Imagino que el legislador ha optado por la prudencia en asuntos como la eutanasia o el suicidio asistido. Quizás el legislador consideró que las mentalidades mediterráneas aún no están preparadas para una legislación más progresista, pero las sociedades van avanzando y hay que darles tiempo.
Considero muy importante que se consagren derechos como que el enfermo terminal pueda estar acompañado, y que la cuestión no quede en manos de los profesionales. Y veo muy bien que se reconozca el derecho a la intimidad personal y familiar, con la asignación de una habitación individual. Luego habrá que ver si la letra se lleva a la práctica.
Es positivo el reconocimiento expreso de las instrucciones previas que hacen primar el principio de autonomía del paciente y que garantizan que al final de la vida se cumplan sus últimas voluntades, por ejemplo la donación de órganos para trasplantes.
A los profesionales, la nueva ley nos otorga un poco más de cobertura y de respaldo en actividades que estamos haciendo a diario consideradas como buena práctica clínica, como la analgesia y la sedación. A veces sucede que, por temor, algunos profesionales son demasiado restrictivos en el uso de la analgesia».
Las claves de la norma
Los objetivos fundamentales de la ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida son la protección de la dignidad de los enfermos que se hallan en fase terminal o de agonía y la garantía del pleno respeto de su libre voluntad en la toma de decisiones sanitarias que afecten a dicho proceso.
Garantiza una serie de derechos, como el derecho a la información asistencial, a la toma de decisiones, al tratamiento del dolor, al acompañamiento y a la intimidad.
Los pacientes tendrán derecho a que se les permita el acompañamiento en los centros e instituciones sanitarias, siempre que ello resulte compatible con las medidas sanitarias necesarias para ofrecer una atención de calidad. Estos pacientes podrán recibir también el auxilio espiritual que soliciten conforme a sus convicciones y creencias.
Los centros e instituciones sanitarias garantizarán a los pacientes hospitalizados la preservación de su intimidad personal y familiar, para lo que deberán facilitar a las personas que deban ser atendidas en régimen de hospitalización una habitación de uso individual durante su estancia.
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