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La Sentencia, y lo recalca expresamente, no entra a juzgar si las operaciones que se han suspendido en el servicio de urología -algunas de ellas a enfermos de cáncer- entraban o no en el elenco de servicios mínimos fijados por el Sespa, ni tampoco el funcionamiento del citado servicio, ni la responsabilidad del doctor Abascal en los aplazamientos...

La Sentencia, y lo recalca expresamente, no entra a juzgar si las operaciones que se han suspendido en el servicio de urología -algunas de ellas a enfermos de cáncer- entraban o no en el elenco de servicios mínimos fijados por el Sespa, ni tampoco el funcionamiento del citado servicio, ni la responsabilidad del doctor Abascal en los aplazamientos...

¿Mil y un maneras de leer una misma Sentencia?...

La justicia obliga al Sespa a reponer a Abascal en la jefatura de urología del HUCA

Una sentencia concluye que la suspensión de empleo y sueldo del médico no estaba justificada y vulneró sus derechos fundamentales

Foto: El Dr. Ramón Abascal.

Oviedo, Pablo ÁLVAREZ, en La Nueva España

Ramón Abascal deberá ser repuesto en su cargo de jefe del servicio de urología del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), del que había sido apartado por el Servicio de Salud del Principado (Sespa) el pasado 20 de diciembre. En esa fecha fue suspendido de empleo y sueldo con motivo de las supuestas irregularidades acontecidas en su servicio en el cumplimiento de los servicios mínimos de la huelga de médicos que la sanidad asturiana sufre desde hace tres meses. Una sentencia judicial fechada ayer concluye que esta medida del Sespa no estaba justificada y supuso la vulneración de los derechos constitucionales del doctor Abascal. En consecuencia, declara su nulidad radical. Además, la Administración deberá abonarle los 3.800 euros de salario que dejó de pagarle durante los días en los que la sanción ha estado vigente.

En su sentencia, María del Pilar Muiña, magistrada del Juzgado de lo social número 1 de Oviedo, precisa que su resolución se refiere muy concretamente a la «medida cautelar adoptada» por la Administración sanitaria. Y añade que, por consiguiente, no ha entrado a juzgar si las operaciones que se han suspendido en el servicio de urología -algunas de ellas a enfermos de cáncer- entraban o no en el elenco de servicios mínimos fijados por el Sespa, ni tampoco el funcionamiento del citado servicio, ni la responsabilidad del doctor Abascal en el aplazamiento de las intervenciones y el funcionamiento de la unidad...

El posible incumplimiento de los servicios mínimos y las denuncias por operaciones suspendidas en el servicio de urología -y en otros departamentos- del HUCA continúan siendo investigados por la Administración sanitaria.

Recapitulemos. El pasado 20 de diciembre el Sespa suspendió de empleo y sueldo al jefe de urología en tanto se tramitaba un expediente disciplinario a esta unidad. La Administración alegó, según recoge la sentencia, que con esta decisión se pretendía «evitar» que siguiera produciéndose «un funcionamiento anormal del servicio de urología, siendo necesaria esa medida para garantizar el derecho a la vida y a la salud de los pacientes».

El ministerio fiscal sostuvo que la sanción al doctor Abascal conculcaba sus derechos fundamentales. Y lo mismo ha concluido la magistrada, quien ya el pasado viernes había dictado un auto cautelar en el que ordenaba suspender la sanción provisional. Ayer, se reafirmó en los mismos argumentos, pero con un despliegue de razonamientos mucho más amplio. A juicio de la titular del Juzgado de lo social, no existía una motivación suficiente para suspender cautelarmente al urólogo ovetense. «La suspensión de las intervenciones programadas (en los días 19 y 20 de diciembre) no fue acordada por el demandante (doctor Abascal), que en esos días no tenía asignadas funciones quirúrgicas (...), por lo que las intervenciones fueron suspendidas por los médicos asignados al quirófano (...)», señala la magistrada.

María del Pilar Muiña alude a un documento de 2009, elaborado con el consentimiento de la gerencia del HUCA, «en el que se establece que los responsables de la programación médico-quirúrgica son los dos jefes de sección, sin perjuicio de la notificación formal al jefe de servicio».

«Esos datos, sin perjuicio de lo que en su día pueda resolverse en el expediente disciplinario, permiten concluir que al menos su responsabilidad o participación en los hechos que se le imputan es discutible», matiza la sentencia. La juez añade que el jefe de urología tenía solicitado un permiso desde el 21 de diciembre hasta el 9 de enero, circunstancia que permitía tramitar el expediente sin obstáculos.

El doctor Abascal ha estado representado por el abogado Javier Álvarez Arias de Velasco, responsable de la asesoría jurídica del Colegio de Médicos de Asturias. En su demanda subrayaba que, al sancionarlo, el Sespa había vulnerado tres artículos de la Constitución española. La magistrada sólo ve violentado uno de ellos, el 24.º, en sus apartados 1 y 2, referidos, respectivamente, a la tutela judicial efectiva y al derecho a la presunción de inocencia.

Además de las retribuciones que había dejado de percibir, el urólogo reclamaba 18.000 euros como indemnización por el «desprestigio» que la sanción le había ocasionado, dado que ejerce tanto en la sanidad pública como en el sector privado. La magistrada deniega esta petición y lo hace tras efectuar un meticuloso análisis de la información publicada por LA NUEVA ESPAÑA, que difundió la noticia en exclusiva.

Según la juez, «no existe prueba alguna de que (la noticia de la sanción) haya sido transmitida a ese periódico desde el Servicio de Salud». Por otra parte, agrega, «debe tenerse en cuenta que en la información publicada tampoco se hacía mención alguna a los hechos que se le imputan en la resolución por la que se acuerda iniciar el expediente disciplinario, pues ni se alude al incumplimiento de servicios mínimos por su parte ni a la desatención a pacientes graves, pues de forma genérica se alude a la suspensión de sus funciones al haberse abierto una investigación en el área de urología por supuestas irregularidades durante el desarrollo de la huelga médica, por lo que no se le está imputando directamente esa irregularidad al actor».

Abundando en los contenidos de LA NUEVA ESPAÑA, la magistrada indica que la noticia de la sanción «responde, también, a las críticas que en días anteriores se habían efectuado en el mismo periódico por los pacientes afectados por las suspensiones (de cirugías) y que se recogen igualmente en el mismo artículo al que alude el actor». La juez recuerda que a la resonancia de la información contribuyeron los miembros del servicio de urología del HUCA con un comunicado de apoyo a su jefe, del que también se hizo amplio eco este diario.

La celeridad de la sentencia -dictada sólo dos semanas y pico después de la sanción al doctor Abascal- se debe a que éste optó por la vía de denunciar una violación de sus derechos fundamentales, cauce que obliga a una resolución rápida. El juicio se celebró el pasado jueves, la magistrada ya dictó un auto cautelar al día siguiente y ayer alumbró una sentencia de veintiuna páginas. Con casi total seguridad, María del Pilar Muiña tuvo que dedicar a este asunto unas cuantas horas del pasado fin de semana de tres días.

Alegato de la magistrada a favor de los pacientes

En su sentencia la juez incluye dos aseveraciones de particular interés. En una de ellas formula un rotundo alegato de los derechos de los pacientes afectados por la huelga de médicos. En la otra justifica la no pertinencia de la sanción a Ramón Abascal:

1) «En caso de existir algún derecho a percibir una indemnización por daños y perjuicios, los únicos legitimados para reclamar los mismos serían los pacientes que vieron suspendidas sus intervenciones quirúrgicas, en unos casos hasta en dos ocasiones cuando se trataba de patologías graves y en otros casos cuando se trataba de enfermos oncológicos con las graves consecuencias físicas y psíquicas que ello ocasiona».

2) «Si tenemos en cuenta que el último día de huelga convocado era el día 21 de diciembre, y que el actor (doctor Abascal) permanecía de permiso desde el día 21 de diciembre hasta el día 9 de enero, es evidente que durante ese período ni existía conflicto laboral alguno que pudiese motivar la suspensión de las intervenciones, y el actor no iba a permanecer en su puesto, por lo que ni incumpliría sus funciones ni realizaría ninguna desatención como se le imputa, pudiendo tramitarse durante ese tiempo el expediente disciplinario sin necesidad de acordar una medida provisional y gravosa como la adoptada».

Lecturas interesadas…

El Sespa deberá readmitir al jefe de Urología del HUCA, al que apartó por la huelga médica

El juez dice que el Servicio de Salud vulneró la presunción de inocencia y no probó con hechos que el doctor Ramón Abascal hubiese incumplido los servicios mínimos

09.01.13 - LAURA FONSECA | GIJÓN, en El Comercio.

El Servicio de Salud del Principado (Sespa) deberá readmitir al jefe de Urología del HUCA, Ramón Abascal, al que el 21 de diciembre apartó de sus funciones por supuestos incumplimientos en los servicios mínimos decretados para los días de huelga médica. El Sespa le hizo responsable de la suspensión de varias intervenciones quirúrgicas de pacientes oncológicos en las semanas en que tuvo lugar el paro convocado por el Sindicato Médico en protesta por la nueva jornada. Sin embargo, ahora, una jueza considera que la resolución del Sespa que le apartó de manera fulminante del cargo suspendiéndole de empleo y sueldo «vulnera el derecho a la presunción de inocencia» y «no está suficientemente motivada», lo que supone una «violación de los derechos fundamentales».

El facultativo no sólo tendrá que ser readmitido en su puesto y devuelto a su despacho (al que el centro cambió la cerradura horas después de comunicar la medida), sino que será indemnizado con 3.800 euros, cálculo estimativo del sueldo que dejó de percibir sobre la base de una nómina de 5.925,79 euros brutos.

La defensa la llevó el Colegio de Médicos, a través de su letrado Javier Álvarez Arias de Velasco, quien solicitó un juicio exprés por violación a los derechos fundamentales, lo que contribuyó a que el caso se resolviera con celeridad pese a coincidir con festivos navideños. El fallo del Juzgado de lo Social número 1 de los de Oviedo fue emitido ayer y supone un importante varapalo al Sespa, ya que no sólo echa abajo una de las pocas acciones disciplinarias emprendidas contra la prolongada huelga médica, sino que concluye que el médico expedientado no incurrió en irregularidad alguna.

Apenas unas horas después de conocido el fallo que declara nula la actuación del Principado, la presidenta del Colegio de Médicos se congratuló de la decisión judicial «en la que se afirma con contundencia que la Consejería de Sanidad que dirige Faustino Blanco vulneró los derechos fundamentales de índole constitucional». Carmen Rodríguez señaló, además, que el fallo «deja claras las consecuencias de los comportamientos prepotentes, injustos, absurdos y caprichosos que al final tenemos que pagar todos los ciudadanos». El colegio anunció que presentará una querella criminal por prevaricación contra los responsables de la consejería.

El caso de Carolina Espina

El juicio por esta causa se celebró el 3 de enero, una semana después de que se presentara la demanda contra la resolución disciplinaria. El detonante de la decisión del Sespa fue el caso de Carolina Espina, una ovetense aquejada de un cáncer de recto con metástasis en la glándula suprarrenal que vio cómo su operación preferente se anulaba por segunda vez pese a lo grave de la dolencia.

La juez María del Pilar Muiña Valledor no considera probado que el jefe de Urología del HUCA hubiese vulnerado ningún derecho de ese u otros pacientes y, por el contrario, sí estima que la Consejería de Sanidad transgredió derechos fundamentales del facultativo, de ahí que decretara «la nulidad radical» de la resolución. Asimismo, la magistrada entiende insuficientes los motivos expuestos en el juicio por el director médico del HUCA y por la subdirectora de Atención Sanitaria del Área IV, asegurando que no presentaron pruebas concluyentes.

En la sentencia se indica, además, que los días en que se llevó a cabo la programación de los servicios mínimos para los paros médicos de diciembre, el doctor Abascal se encontraba de vacaciones (lo estuvo del 16 de noviembre al 18 de diciembre). Ya en su puesto de trabajo, «la suspensión de las intervenciones programadas no fue acordada por el demandante, que esos días (en concreto el 19 y 20 de diciembre) no tenía asignada funciones quirúrgicas». Finalmente, la juez apunta que el HUCA podría haber actuado de oficio e intervenir el servicio de Urología si creía que éste incurrió en irregularidades durante la huelga. Contra la sentencia cabe recurso, pero no contra la readmisión. Al filo de las 21 horas de ayer, la Consejería de Sanidad emitió un comunicando indicando que acataba la sentencia y que tomaría «las decisiones procesales que considere más convenientes de acuerdo con sus servicios jurídicos».

17 denuncias de pacientes, la mayor parte por las largas listas de espera

09.01.13 - L. F. | GIJÓN, en El Comercio.

Diecisiete denuncias desde que arrancó la huelga médica, el pasado 8 de octubre. El servicio de Urología del HUCA acumula ese número de quejas de pacientes que de una u otra manera se han visto afectados por el paro. Las denuncias las recoge una a una la sentencia judicial del caso Abascal. Sin embargo, tal y como apunta la juez, ninguna de las quejas va dirigida contra el facultativo. «La mayor parte de ellas tienen su origen en las largas listas de espera», resume. Entre las denuncias hay una de un paciente con cáncer de vejiga que no fue operado por la huelga. La demanda fue presentada el 28 de diciembre, cuando Abascal ya estaba apartado de su cargo. Otro enfermo se queja de llevar en lista de espera desde el 30 de marzo y un tercero acusa a una médico de Urología de «un error al señalar el riñón afectado». El Sespa informó en su día de que Urología era el servicio con más demandas por la huelga. Abascal solicitó también una indemnización por daños morales, pero la juez lo rechazó. El Simpa también se felicitó por la sentencia.

Lecturas tendenciosas…

El Colegio de Médicos prepara una querella criminal contra la Consejería de Sanidad

Oviedo, P. Á., en La Nueva España

La presidenta del Colegio de Médicos de Asturias, Carmen Rodríguez, difundió ayer un comunicado en el que anuncia que esta corporación «está preparando el inicio de la vía penal mediante el planteamiento de querella criminal por prevaricación» contra los responsables de la Consejería de Sanidad.

A juicio de la presidenta de los Médicos, la sentencia que repone a Ramón Abascal en la jefatura del servicio de urología del Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) «deja claras las consecuencias de los comportamientos prepotentes, injustos, absurdos y caprichosos que al final tenemos que pagar todos los ciudadanos». La doctora Rodríguez subraya que fueron los servicios jurídicos del Colegio los que plantearon un «juicio exprés» por violación de derechos fundamentales del urólogo.

Entre tanto, el Servicio de Salud del Principado (Sespa) también hizo pública una nota en la que indica que «acata» la resolución judicial y añade que adoptará «las decisiones procesales que considere más convenientes». El Sespa considera que «el derecho de los pacientes a la salud y a recibir una atención sanitaria adecuada a sus necesidades prevalece sobre cualquier reivindicación laboral». En consecuencia, se compromete «a seguir tomando todas las decisiones que considere oportunas para que no se ponga en riesgo la salud de los pacientes».

Por su parte, el Sindicato Médico de Asturias (SIMPA) lamentó que el Principado «cargue sobre la atención sanitaria treinta y cinco de los sesenta y ocho millones previstos en el plan de ajuste para 2013».

Está previsto que el Consejo de Gobierno del Principado apruebe en su reunión de hoy el decreto que regula la nueva jornada laboral en el ámbito sanitario, motivo originario de la huelga médica que, de forma intermitente, viene desarrollándose en Asturias desde el pasado 8 de octubre.

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