Ordenación de Recursos Humanos del SESPA: una negociación en sus primeros pasos ¡¡que nadie se ponga nervioso!!
El documento, según los sindicatos. El nuevo marco normativo
Salud utiliza el plan de recursos humanos para enviar médicos a las alas de Asturias
• El documento establece que un trabajo temporal en la periferia prime la obtención de una plaza en el centro
• El SIMPA acusa al Sespa de vulnerar la seguridad jurídica y augura «una conflictividad generalizada»
Oviedo, Pablo ÁLVAREZ, para La Nueva España
Las alas de Asturias sufren escasez de médicos y la Consejería de Salud del Principado quiere disponer de instrumentos legales claros para paliar este déficit. El plan de ordenación de recursos humanos incluye una serie de fórmulas que facilitarán la movilidad del personal entre las diversas áreas sanitarias de la región. Incluso establece que la aceptación de una plaza temporal en las zonas periféricas de Asturias otorgará ventajas para acceder a otra plaza en las áreas centrales.
El desequilibrio territorial en la dotación de médicos es uno de los problemas severos de la sanidad pública asturiana. De hecho, constituye una de las razones que han llevado a las autoridades sanitarias a impulsar la realización de guardias y de tardes por parte de los médicos de atención primaria de las zonas urbanas, una medida que se ha topado con la radical oposición de buena parte de los facultativos. La estrategia diseñada por el Servicio de Salud del Principado (Sespa) consistía en liberar a los médicos que cubrían las tardes en los centros de salud urbanos con el fin de enviarlos a las alas de Asturias. El déficit de médicos también aflige a los hospitales de Jarrio y Cangas del Narcea.
Hasta ahora, el Sespa podía recurrir al Estatuto Marco del Personal Estatutario y decretar una comisión de servicios forzosa. Sin embargo, lo habitual ha sido consensuar soluciones. En los últimos meses, el Principado puso en marcha contratos temporales que estipulaban la estancia en las alas de la región durante una parte de la duración de los mismos.
Con el plan de ordenación de recursos humanos -que ahora deberá ser negociado con los sindicatos en la Mesa General de la Función Pública-, la Administración clarifica la situación y establece el marco que delimitará las futuras contrataciones de personal sanitario. Y lo hace definiendo varios tipos de nombramientos «con distinta vinculación territorial y funcional». El documento estipula, por ejemplo, que los contratos «podrán contener cláusulas de vinculación temporal fuera del área sanitaria correspondiente a su nombramiento», opción a la que se recurrirá «para categorías profesionales o especialidades cuya carencia pueda ser previsible en alguna o algunas áreas sanitarias».
El plan establece, asimismo, una fórmula concebida para «favorecer la fidelización de los profesionales en las áreas sanitarias periféricas». Establece que «el desempeño de nombramientos temporales en éstas, por período mínimo de un año, podrá estar vinculado a la prioridad para su designación en posteriores nombramientos temporales en áreas sanitarias no periféricas». También recoge la posibilidad de que profesionales «vinculados a los servicios centrales» puedan «atender funciones itinerantes en los distintos centros del Sespa»
En el capítulo de movilidad, el Sespa se compromete a desarrollar los concursos correspondientes «con periodicidad bienal». De otro lado, la gerencia del Sespa se arroga la facultad de «trasladar temporalmente al personal estatutario fuera del ámbito determinado en su nombramiento (...) cuando concurra la falta de personal o de demandantes de empleo».
En una primera valoración del plan de recursos humanos por parte de los sindicatos, la tónica general fue la prudencia. La excepción la marcó el Sindicato Médico de Asturias (SIMPA), que sostiene que el documento «supone un enorme retroceso de los derechos laborales del personal estatutario y en particular del personal médico y facultativo». «Es un plan que se extralimita en la materia que regula y un atentado a la seguridad jurídica de los profesionales. De no modificarse en aspectos esenciales, augura una conflictividad generalizada», sostiene el SIMPA. Desde el Sindicato de Enfermería (SATSE) se subraya que el plan «tiene que ser negociado por apartados», y se advierte: «No puede ser una excusa para implantar el modelo que la Administración quiere».
UGT observa «puntos interesantes y otros que no nos gustan mucho», y sostiene que con las aportaciones de las fuerzas sociales «puede mejorar». Comisiones Obreras señala que el resultado final «será positivo si se adecua a las demandas de los sindicatos», y precisa que «vamos a pedir cambios. Y el sindicato Sicepa-Usipa enfatiza: «Echamos en falta algo básico: una actualización de las funciones de las distintas categorías sanitarias y no sanitarias».
«Se extralimita en la materia que regula y es un atentado contra la seguridad jurídica», Ángel Colmeiro, Sindicato Médico (SIMPA)
«No puede ser una excusa para implantar el modelo que la Administración quiere» Sindicato de Enfermería (SATSE)
«Tiene puntos interesantes y otros que no nos gustan mucho; el texto puede mejorar», UGT
«Será positivo si se adecua a las demandas de los sindicatos; vamos a pedir cambios», Comisiones Obreras
Nombramientos con vinculación al área sanitaria: «Los nombramientos de personal (...) estarán vinculados al área sanitaria, sin especificación del nivel atención primaria-atención especializada. En el mismo sentido, la vinculación al área sanitaria podrá ser determinada para servicios o unidades (...)».
Vinculaciones de nombramientos a otras áreas áreas sanitarias: «Los nombramientos del personal podrán contener cláusulas de vinculación temporal fuera del área sanitaria correspondiente a su nombramiento (...) La movilidad se hará efectiva cuando las necesidades asistenciales de la población de un área sanitaria no puedan ser garantizadas con los recursos humanos propios de ésta (...)».
Vinculaciones de nombramientos temporales en áreas periféricas: «Con la finalidad de favorecer la fidelización de los profesionales en las áreas sanitarias periféricas (...), el desempeño de nombramientos temporales en éstas, por período mínimo de un año, podrá estar vinculado a la prioridad para su designación en posteriores nombramientos temporales en áreas sanitarias no periféricas».
Nombramientos vinculados a los servicios centrales: «De forma que estos profesionales puedan atender funciones itinerantes en los distintos centros del Sespa».
Movilidad voluntaria: «Se entenderá prioritaria, por lo que se establece el compromiso de proceder a su regulación de manera preferente, desarrollando con periodicidad bienal los concursos de movilidad correspondientes».
Movilidad por razón del servicio: La Gerencia del Sespa «podrá trasladar temporalmente al personal estatutario fuera del ámbito determinado en su nombramiento, por necesidades del servicio debidamente acreditadas, cuando concurra la falta de personal o de demandantes de empleo en determinadas categorías y/o especialidades, con razones asistenciales de carácter urgente e imprevisibles».
Comisiones de servicios: «Cuando exista una plaza vacante y concurran necesidades asistenciales, dicha plaza podrá ser cubierta por medio de dicho sistema, si bien su autorización deberá estar fundamentada en criterios objetivos»
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